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Septiembre 18, 2020

Ley de Responsabilidad del Estado de la Ciudad de Buenos Aires. Daños y perjuicios por actividad o inactividad. Responsabilidad objetiva y directa. Improcedencia de aplicar normas del Código Civil y Comercial. Sanciones pecuniarias disuasivas: improcedencia. Sanciones conminatorias

Ley N.º 6325 (B.O. del GCABA N.° 5957 del 16/09/2020). Ley de Responsabilidad del Estado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Según la norma, rige la responsabilidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por los daños que su actividad o inactividad le produzca a los bienes o derechos de las personas. La responsabilidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es objetiva y directa.

 

Las disposiciones de la Ley son de aplicación al sector público de la Ciudad de Buenos Aires que comprende a los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, las Comunas, los organismos descentralizados, entidades autárquicas, y organismos de la seguridad social.

 

Las disposiciones del Código Civil y Comercial no son aplicables a la responsabilidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de manera directa ni subsidiaria, rigiéndose por las normas y principios del derecho administrativo local. 

La sanción pecuniaria disuasiva es improcedente contra la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sus agentes y funcionarios.

 

Las estipulaciones de la ley no obstan a la procedencia de las sanciones conminatorias.

 

(Nota del ed.): Jurisp. vinculada: v. CSJN, 3 de marzo de 2020; in re "Bernardes, Jorge Alberto c/ ENA - Ministerio de Defensa s/ amparo por mora de la administración", en esp., v.  Considerandos 12 y 13.

 

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En el marco de una investigación penal preparatoria impulsada por la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio n.º 7 del Departamento Judicial Avellaneda–Lanús, personal del Gabinete Técnico Operativo de la Comisaría 1ra. de Lanús dio cumplimiento a una orden de allanamiento judicial en un inmueble, como parte de una causa por infracción a la Ley n.° 14.346, que reprime los malos tratos y actos de crueldad hacia los animales
Wilde: Tres personas resultaron lesionadas tras accidente con un camión municipal
En el marco de una causa por lesiones culposas, la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio n.° 4 del Departamento Judicial Avellaneda–Lanús investiga un hecho ocurrido en la localidad de Wilde, en el cual un camión municipal tipo volcador, utilizado para tareas de recolección de residuos, impactó contra una vivienda, generando lesiones a tres personas.
Acto administrativo. Programa social. Informe. Memorándum. Validez. Falsedad. Causa. Motivación. Ilegitimidad. Arbitrariedad. Amparo. Situación de vulnerabilidad.
Cámara Federal de Corrientes, “Base, Patricia Itatí c/Ministerio de Capital Humano (Estado Nacional) y otro s/Amparo Ley 16.986”, 27 de junio de 2025.
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