• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en materia disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Octubre 07, 2020

Recurso ordinario de apelación. Extradición. Proxenetismo. Trata de personas. Reclutamiento con fines de explotación sexual. Competencia. Artículo 3¬, inc.1 del Tratado de Extradición bilateral. Ley N.° 25.304. Principio de ubicuidad. Unidad de juzgamiento. Interpretación de Tratados Internacionales. Jurisdicción extranjera. Competencia por el territorio

Corte Suprema de Justicia de la Nación, Expte. CFP 1640/2012/CS1, “Santos, Leandro Ernesto s/ extradición - art. 54”, 17 de septiembre de 2020

En el caso, el juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N.° 11 había declarado procedente la extradición de Leandro Ernesto Santos a la República Oriental del Uruguay,  para que fuera sometido a proceso ante los tribunales especializados en Crimen Organizado de la Ciudad de Montevideo,  por los delitos de proxenetismo (artículo 10 de la Ley N.º 8080 en redacción dada por la Ley N.º 16.707) y trata de personas, en la modalidad de reclutamiento con fines de explotación sexual (artículo 78 de la Ley N. º 18.250). Contra esa decisión, interpuso recurso de apelación ordinario la defensa del requerido. 

 

A su turno, el Procurador General de la Nación interino solicitó que se declarara improcedente la extradición y que se le diera intervención para hacer efectivo el juzgamiento en la República Argentina por los hechos de captación de mujeres con fines de explotación sexual en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que se describían en el expediente, en el contexto de promesas formuladas a las víctimas de una carrera de modelaje y que tenían como fases el reclutamiento en Uruguay, el transporte a Punta del Este y Buenos Aires, lugares de acogida en ambas ciudades y en Montevideo, todo ello con fines de explotación sexual. Sustentó su pedido en la naturaleza de "orden público" que reviste la jurisdicción penal internacional de la República Argentina y las funciones que incumben al Ministerio Público Fiscal de defender la jurisdicción y competencia de los tribunales para, sobre esa base, impulsar el ejercicio de la acción penal pública. 

 

El Tribunal Supremo consideró que los delitos comprometidos calificaban de "transfronterizos", es decir que fueron cometidos a distancia y ejecutados en ambos países con base en el principio de ubicuidad, al comenzar a ejecutarse en la República Oriental del Uruguay para culminar y agotar el itinere en la República Argentina.  En consecuencia, encontró que resultaba improcedente la extradición solicitada en virtud del 3.º, inciso 1, del Tratado de Extradición bilateral, aprobado por la Ley N.° 25.304, que otorga competencia del país requerido con exclusión de la jurisdicción extranjera, aun cuando fuera competente sobre bases territoriales o extraterritoriales.

 

De esta manera, la Corte Suprema resolvió de conformidad en lo pertinente con lo dictaminado por el Procurador General de la Nación interino, y revocó la resolución apelada, declaró improcedente la extradición de Leandro Ernesto Santos solicitada por la República Oriental del Uruguay; y dio intervención al señor Procurador General de la Nación interino para que hiciera efectivo el juzgamiento del acusado en la República Argentina por los hechos en que se sustentó el pedido de extradición. 

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Detienen a presuntos miembros de una poderosa organización criminal dedicada a estafar a víctimas de accidentes de tránsito y compañías de seguros
Abogados, médicos, influencers y redes sociales forman parte del complejo entramado .
Detención por homicidio agravado por el vínculo: se efectivizaron dos allanamientos en el marco de la investigación por femicidio
Texto: Personal de la Comisaría 5ta de Wilde, dependiente de la Policía Departamental de Seguridad Avellaneda (S.R. AMBA SUR I), llevó a cabo la efectivización de dos órdenes de allanamiento dispuestas en el marco de la Investigación Penal Preparatoria n.° 20-00-017479-24, caratulada “Homicidio agravado por el vínculo (femicidio)”, con intervención de la Unidad Funcional de Instrucción n.° 2 de Avellaneda, a cargo de la Dra. Carballal.
Tres personas aprehendidas por tentativa de ingreso a finca y secuestro de herramientas de forzamiento
Personal del Comando de Patrullas Avellaneda, perteneciente a la Policía Departamental de Seguridad Avellaneda (S.R. AMBA SUR I), logró la aprehensión de tres personas mayores de edad en el marco de una causa por averiguación de ilícito, bajo la modalidad de ingreso a finca, hecho que fuera advertido a través del sistema de monitoreo urbano.
Libertad condicional. Inconstitucionalidad. Artículo 14 inc. 10 del Código Penal. Ley n.° 27.375. Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Narcomenudeo. Ejecución penal. Principio de igualdad. Progresividad de la pena. Resocialización. Derechos Humanos. Convención Americana sobre Derechos Humanos. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Tribunal de Casación Penal de La Plata, Sala V, “S. S. V. I. s/ Recurso de Casación”, 25 de junio de 2025
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2025

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en materia disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Octubre 07, 2020

Recurso ordinario de apelación. Extradición. Proxenetismo. Trata de personas. Reclutamiento con fines de explotación sexual. Competencia. Artículo 3¬, inc.1 del Tratado de Extradición bilateral. Ley N.° 25.304. Principio de ubicuidad. Unidad de juzgamiento. Interpretación de Tratados Internacionales. Jurisdicción extranjera. Competencia por el territorio

Corte Suprema de Justicia de la Nación, Expte. CFP 1640/2012/CS1, “Santos, Leandro Ernesto s/ extradición - art. 54”, 17 de septiembre de 2020

En el caso, el juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N.° 11 había declarado procedente la extradición de Leandro Ernesto Santos a la República Oriental del Uruguay,  para que fuera sometido a proceso ante los tribunales especializados en Crimen Organizado de la Ciudad de Montevideo,  por los delitos de proxenetismo (artículo 10 de la Ley N.º 8080 en redacción dada por la Ley N.º 16.707) y trata de personas, en la modalidad de reclutamiento con fines de explotación sexual (artículo 78 de la Ley N. º 18.250). Contra esa decisión, interpuso recurso de apelación ordinario la defensa del requerido. 

 

A su turno, el Procurador General de la Nación interino solicitó que se declarara improcedente la extradición y que se le diera intervención para hacer efectivo el juzgamiento en la República Argentina por los hechos de captación de mujeres con fines de explotación sexual en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que se describían en el expediente, en el contexto de promesas formuladas a las víctimas de una carrera de modelaje y que tenían como fases el reclutamiento en Uruguay, el transporte a Punta del Este y Buenos Aires, lugares de acogida en ambas ciudades y en Montevideo, todo ello con fines de explotación sexual. Sustentó su pedido en la naturaleza de "orden público" que reviste la jurisdicción penal internacional de la República Argentina y las funciones que incumben al Ministerio Público Fiscal de defender la jurisdicción y competencia de los tribunales para, sobre esa base, impulsar el ejercicio de la acción penal pública. 

 

El Tribunal Supremo consideró que los delitos comprometidos calificaban de "transfronterizos", es decir que fueron cometidos a distancia y ejecutados en ambos países con base en el principio de ubicuidad, al comenzar a ejecutarse en la República Oriental del Uruguay para culminar y agotar el itinere en la República Argentina.  En consecuencia, encontró que resultaba improcedente la extradición solicitada en virtud del 3.º, inciso 1, del Tratado de Extradición bilateral, aprobado por la Ley N.° 25.304, que otorga competencia del país requerido con exclusión de la jurisdicción extranjera, aun cuando fuera competente sobre bases territoriales o extraterritoriales.

 

De esta manera, la Corte Suprema resolvió de conformidad en lo pertinente con lo dictaminado por el Procurador General de la Nación interino, y revocó la resolución apelada, declaró improcedente la extradición de Leandro Ernesto Santos solicitada por la República Oriental del Uruguay; y dio intervención al señor Procurador General de la Nación interino para que hiciera efectivo el juzgamiento del acusado en la República Argentina por los hechos en que se sustentó el pedido de extradición. 

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Detienen a presuntos miembros de una poderosa organización criminal dedicada a estafar a víctimas de accidentes de tránsito y compañías de seguros
Abogados, médicos, influencers y redes sociales forman parte del complejo entramado .
Detención por homicidio agravado por el vínculo: se efectivizaron dos allanamientos en el marco de la investigación por femicidio
Texto: Personal de la Comisaría 5ta de Wilde, dependiente de la Policía Departamental de Seguridad Avellaneda (S.R. AMBA SUR I), llevó a cabo la efectivización de dos órdenes de allanamiento dispuestas en el marco de la Investigación Penal Preparatoria n.° 20-00-017479-24, caratulada “Homicidio agravado por el vínculo (femicidio)”, con intervención de la Unidad Funcional de Instrucción n.° 2 de Avellaneda, a cargo de la Dra. Carballal.
Tres personas aprehendidas por tentativa de ingreso a finca y secuestro de herramientas de forzamiento
Personal del Comando de Patrullas Avellaneda, perteneciente a la Policía Departamental de Seguridad Avellaneda (S.R. AMBA SUR I), logró la aprehensión de tres personas mayores de edad en el marco de una causa por averiguación de ilícito, bajo la modalidad de ingreso a finca, hecho que fuera advertido a través del sistema de monitoreo urbano.
Libertad condicional. Inconstitucionalidad. Artículo 14 inc. 10 del Código Penal. Ley n.° 27.375. Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Narcomenudeo. Ejecución penal. Principio de igualdad. Progresividad de la pena. Resocialización. Derechos Humanos. Convención Americana sobre Derechos Humanos. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Tribunal de Casación Penal de La Plata, Sala V, “S. S. V. I. s/ Recurso de Casación”, 25 de junio de 2025

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar