• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Marzo 11, 2021

Recurso Extraordinario federal. Cuestiones de competencia. Acción declarativa. Fuero federal. Denegación. Ordenanzas municipales. Medicamentos. Planteo de inconstitucionalidad. Normas federales. Ley N.° 16.463. Cuestión federal. Competencia rationae materia: improrrogabilidad

Corte Suprema de Justicia de la Nación, Expte. FCB 34429/2018, “Droguería Kellerhoff SA c/ Municipalidad Santa Rosa Calamuchita s/ acción meramente declarativa de inconstitucionalidad”, 4 de marzo de 2021

La Sala A de la Cámara Federal de Córdoba por mayoría, confirmó la sentencia de la instancia anterior que había declarado la incompetencia de la justicia federal para entender en la acción declarativa que promovió Droguería Kellerhoff S.A. contra la Municipalidad de Santa Rosa de Calamuchita, Provincia de Córdoba, a fin de obtener la declaración de inconstitucionalidad del art. 207 y ss. del código tributario y de las ordenanzas N.° 285/85 y 1678/2016 de dicho municipio, que instituyen una tasa de “Inspección Veterinaria, Bromatológica, Química y Control Higiénico sobre productos alimenticios y de consumo", por entender que ellas desconocen lo establecido en la Ley nacional N.° 16.463 que regula en todo el territorio el régimen legal de las actividades de comercialización y distribución de medicamentos, afectándose así principios y derechos constitucionales.

 

La actora cuestionó que la demandada le exigía inscribirse en un registro local y abonar la mencionada tasa como condición para ingresar al ejido municipal su carga de medicamentos destinada a distribuirse entre sus clientes en el territorio local. Invocó que esa conducta era contraria a lo establecido en la ley nacional de medicamentos (Ley N.° 16.463 y su decreto reglamentario) y violaba los preceptos de la Constitución Nacional que garantizan las libertades de circulación y tránsito, prohíben el establecimiento de aduanas interiores y encomiendan al Gobierno Federal la regulación del comercio.

 

La justicia federal de esa provincia se declaró incompetente para conocer en las actuaciones, contra lo cual la actora interpuso recurso extraordinario, el que fue concedido.

 

La Corte, con remisión al dictamen de la Procuración General de la Nación, revocó la sentencia recurrida y declaró la competencia de la justicia federal.

 

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite surge que, si bien las resoluciones dictadas en materia de competencia no constituyen sentencias definitivas recurribles por la vía del art. 14 de la Ley N.° 48, cabe apartarse de dicho principio cuando la decisión apelada deniega el fuero federal reclamado por el recurrente.

 

De esta forma, recordó que para dilucidar cuestiones de competencia debe estarse primero a los hechos relatados en la demanda y luego, solo en la medida en que se adecue a ellos, al derecho que se invoca como fundamento de la pretensión. Señaló que el planteo de la demandante se fundaba directa y exclusivamente en prescripciones constitucionales, por lo que la cuestión federal era la predominante en la causa.

 

Consideró que, si bien la actora dirigía su acción de inconstitucionalidad contra normas locales, la pretensión exigía dilucidar si la actividad de la municipalidad interfería en el ámbito que le es propio a la Nación con respecto a la regulación del comercio interjurisdiccional y, por lo tanto, funcionaba como una aduana interior prohibida en la Carta Magna.

 

Por lo expuesto, opinó que si la solución de la causa dependía esencialmente de la aplicación e interpretación de normas de derecho federal debía tramitar ante la justicia federal. En ese sentido, remarcó que cuando la competencia de esta surge ratione materiae es improrrogable, privativa y excluyente de los tribunales provinciales.

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Corte Interamericana de Derechos Humanos. Opinión Consultiva. Derecho al cuidado. Autonomía personal. Igualdad sustantiva. Derechos interdependientes. Derecho a cuidar. Derecho a ser cuidado. Derecho al autocuidado. Corresponsabilidad social. Políticas públicas. Sistemas integrales de cuidado. Grupos vulnerables. Enfoque interseccional. Obligaciones estatales. Exigibilidad judicial.
Corte Interamericana de Derechos Humanos, “Opinión Consultiva OC-31/25”, 12 de junio de 2025 solicitada por la República Argentina.
Bahía Blanca: condena en juicio abreviado por distribución agravada de material de abuso sexual infantil
A instancias del Ministerio Público Fiscal, el Tribunal Oral en lo Criminal n.° 1 dictó sentencia condenatoria —en el marco de un juicio abreviado— contra una persona adulta por cinco hechos de distribución y/o facilitación de representaciones de menores de 18 años en actividades sexuales explícitas, agravados por tratarse de víctimas menores de 13 años, en concurso real. La pena impuesta fue de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión, con accesorias legales
Avellaneda: dos aprehendidos por encubrimiento tras hallazgo de motocicleta con pedido activo
En un operativo coordinado por la Unidad de Prevención de la Policía Local (UPPL) de Avellaneda, y bajo la dirección de la Unidad Funcional de Instrucción n.° 3 del Departamento Judicial Avellaneda–Lanús, se procedió a la aprehensión de dos personas adultas por el delito de encubrimiento, tras el secuestro de un motovehículo que presentaba pedido de secuestro activo
Ministerio Público Fiscal. Defensa del consumidor. Intervención. Competencia. Autonomía funcional. Legalidad. Interés general. Artículo 120 Constitución Nacional. Artículo 52 Ley n.° 24.240. Ley n.° 27.148. Daño punitivo. Asimetría. Proceso sumarísimo. Arbitrariedad de sentencia.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Cáceres Carrera, Facundo Ariel y otro c/ Ford Argentina S.C.A. y otro s/ sumarísimo”, 7 de agosto de 2025
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2025

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Marzo 11, 2021

Recurso Extraordinario federal. Cuestiones de competencia. Acción declarativa. Fuero federal. Denegación. Ordenanzas municipales. Medicamentos. Planteo de inconstitucionalidad. Normas federales. Ley N.° 16.463. Cuestión federal. Competencia rationae materia: improrrogabilidad

Corte Suprema de Justicia de la Nación, Expte. FCB 34429/2018, “Droguería Kellerhoff SA c/ Municipalidad Santa Rosa Calamuchita s/ acción meramente declarativa de inconstitucionalidad”, 4 de marzo de 2021

La Sala A de la Cámara Federal de Córdoba por mayoría, confirmó la sentencia de la instancia anterior que había declarado la incompetencia de la justicia federal para entender en la acción declarativa que promovió Droguería Kellerhoff S.A. contra la Municipalidad de Santa Rosa de Calamuchita, Provincia de Córdoba, a fin de obtener la declaración de inconstitucionalidad del art. 207 y ss. del código tributario y de las ordenanzas N.° 285/85 y 1678/2016 de dicho municipio, que instituyen una tasa de “Inspección Veterinaria, Bromatológica, Química y Control Higiénico sobre productos alimenticios y de consumo", por entender que ellas desconocen lo establecido en la Ley nacional N.° 16.463 que regula en todo el territorio el régimen legal de las actividades de comercialización y distribución de medicamentos, afectándose así principios y derechos constitucionales.

 

La actora cuestionó que la demandada le exigía inscribirse en un registro local y abonar la mencionada tasa como condición para ingresar al ejido municipal su carga de medicamentos destinada a distribuirse entre sus clientes en el territorio local. Invocó que esa conducta era contraria a lo establecido en la ley nacional de medicamentos (Ley N.° 16.463 y su decreto reglamentario) y violaba los preceptos de la Constitución Nacional que garantizan las libertades de circulación y tránsito, prohíben el establecimiento de aduanas interiores y encomiendan al Gobierno Federal la regulación del comercio.

 

La justicia federal de esa provincia se declaró incompetente para conocer en las actuaciones, contra lo cual la actora interpuso recurso extraordinario, el que fue concedido.

 

La Corte, con remisión al dictamen de la Procuración General de la Nación, revocó la sentencia recurrida y declaró la competencia de la justicia federal.

 

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite surge que, si bien las resoluciones dictadas en materia de competencia no constituyen sentencias definitivas recurribles por la vía del art. 14 de la Ley N.° 48, cabe apartarse de dicho principio cuando la decisión apelada deniega el fuero federal reclamado por el recurrente.

 

De esta forma, recordó que para dilucidar cuestiones de competencia debe estarse primero a los hechos relatados en la demanda y luego, solo en la medida en que se adecue a ellos, al derecho que se invoca como fundamento de la pretensión. Señaló que el planteo de la demandante se fundaba directa y exclusivamente en prescripciones constitucionales, por lo que la cuestión federal era la predominante en la causa.

 

Consideró que, si bien la actora dirigía su acción de inconstitucionalidad contra normas locales, la pretensión exigía dilucidar si la actividad de la municipalidad interfería en el ámbito que le es propio a la Nación con respecto a la regulación del comercio interjurisdiccional y, por lo tanto, funcionaba como una aduana interior prohibida en la Carta Magna.

 

Por lo expuesto, opinó que si la solución de la causa dependía esencialmente de la aplicación e interpretación de normas de derecho federal debía tramitar ante la justicia federal. En ese sentido, remarcó que cuando la competencia de esta surge ratione materiae es improrrogable, privativa y excluyente de los tribunales provinciales.

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Corte Interamericana de Derechos Humanos. Opinión Consultiva. Derecho al cuidado. Autonomía personal. Igualdad sustantiva. Derechos interdependientes. Derecho a cuidar. Derecho a ser cuidado. Derecho al autocuidado. Corresponsabilidad social. Políticas públicas. Sistemas integrales de cuidado. Grupos vulnerables. Enfoque interseccional. Obligaciones estatales. Exigibilidad judicial.
Corte Interamericana de Derechos Humanos, “Opinión Consultiva OC-31/25”, 12 de junio de 2025 solicitada por la República Argentina.
Bahía Blanca: condena en juicio abreviado por distribución agravada de material de abuso sexual infantil
A instancias del Ministerio Público Fiscal, el Tribunal Oral en lo Criminal n.° 1 dictó sentencia condenatoria —en el marco de un juicio abreviado— contra una persona adulta por cinco hechos de distribución y/o facilitación de representaciones de menores de 18 años en actividades sexuales explícitas, agravados por tratarse de víctimas menores de 13 años, en concurso real. La pena impuesta fue de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión, con accesorias legales
Avellaneda: dos aprehendidos por encubrimiento tras hallazgo de motocicleta con pedido activo
En un operativo coordinado por la Unidad de Prevención de la Policía Local (UPPL) de Avellaneda, y bajo la dirección de la Unidad Funcional de Instrucción n.° 3 del Departamento Judicial Avellaneda–Lanús, se procedió a la aprehensión de dos personas adultas por el delito de encubrimiento, tras el secuestro de un motovehículo que presentaba pedido de secuestro activo
Ministerio Público Fiscal. Defensa del consumidor. Intervención. Competencia. Autonomía funcional. Legalidad. Interés general. Artículo 120 Constitución Nacional. Artículo 52 Ley n.° 24.240. Ley n.° 27.148. Daño punitivo. Asimetría. Proceso sumarísimo. Arbitrariedad de sentencia.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Cáceres Carrera, Facundo Ariel y otro c/ Ford Argentina S.C.A. y otro s/ sumarísimo”, 7 de agosto de 2025

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar