• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en materia disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Julio 19, 2021

Bien inmueble. Conviviente. Legitimación pasiva de la acción de desalojo. Bien adquirido mediante esfuerzo compartido. Derechos de los convivientes

Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Pergamino, Provincia de Buenos Aires, Expte. 37497, Causa N.° 4240-21: "Pérez, Alfredo Andrés c/ Reynoso, Sonia Mabel s/desalojo”, 6 de julio de 2021

La Sra. Jueza del Juzgado de Paz de Colón hizo lugar a la demanda de desalojo promovida por Alfredo Andrés Pérez y condenó a Sonia Mabel Reynoso y/o quién resultase ocupante, a entregar a la parte actora, dentro del término de 30 días el inmueble objeto de la presente causa, libre de toda ocupación, bajo apercibimiento de disponer el desalojo con intervención de la fuerza pública. Asimismo, se declaró incompetente para entender respecto de la reconvención por división de bienes de sociedad de hecho, unión convivencial, atribución del hogar y compensación económica y finalmente aplicó las costas a la parte demandada, que resultó vencida. 

 

Lo resuelto fue apelado por la parte condenada, quien expresó que la sentencia de grado había omitido valorar la prueba y el planteo acerca de que su ocupación en la finca no es ilegal o ilegítima, y ponderó que debía ubicarse dentro de un proceso de separación de pareja y distribución de bienes. Expresó que el inmueble, objeto de la pretensión, fue adquirido durante el concubinato que tuviera con el actor, que se omitió considerar que siempre trabajó y contribuyó al mantenimiento y progreso económico de la pareja, al tiempo que también entendió que respecto del resto de las cuestiones la sentenciante era competente en razón de la materia y territorio, por lo que solicitó se resolviera la cuestión de fondo pendiente, esto es: los derechos que le asisten por compensación económica, de los que el inmueble que se pretendía desalojar, se hallaba en discusión, no habiéndose valorado que la pareja vivió en la finca en cuestión, desde el año 2002 al 2013, antes de la compra formal del inmueble el día 03/02/2014, la que se efectivizó con el dinero ahorrado en forma conjunta. 

La Cámara Civil y Comercial de Pergamino resolvió hacer lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y en consecuencia revocar la sentencia en cuanto hace lugar al desalojo dejando sin efecto el mismo.

Para así decidir, tuvo en cuenta que de acuerdo al razonamiento doctrinario y jurisprudencial por el cual más allá de la titularidad del boleto de compraventa, los concubinos resultaban ambos poseedores "animus domini" y con ello la legitimación pasiva para resistir el desalojo y así la discusión sobre el origen de los fondos para su adquisición se debería plantear en el ámbito de otro proceso ajeno al presente.

El tribunal consideró que la convivencia de larga data, la adquisición de bienes durante la relación de pareja, el carácter de trabajadora de la demandada, que el bien que se pretende desalojar integraría el conjunto de los bienes que ambos deben resolver como consecuencia de la ruptura de la relación, como el reclamo por parte de la demandada con anterioridad al inicio de las presentes, debían ser las pautas tenidas en cuenta para decidir del modo dicho puesto que tornaban verosímil la posición expuesta para repeler una acción como la intentada.

Así, encontró razonable interpretar el valor indiciario de las circunstancias señaladas que se han estimado como jurídicamente relevantes: convivencia prolongada, adquisición de bien durante el desarrollo de la misma, plazo temporal extendido entre el inicio de la convivencia y la suscripción del boleto de compraventa, contestación de intimación por parte del actor negando titularidad sobre el bien objeto del desalojo, mantenimiento de la actora en el inmueble de referencia. 

Para la Cámara, este conjunto de hechos abonaba lógica, fáctica y jurídicamente la idea de que la ocupación de la demandada no había sido ilegal e indebida, por lo que faltaría el presupuesto habilitante de la legitimación pasiva de la acción de desalojo, sin perjuicio de los eventuales derechos sobre los bienes que podrían corresponder a las partes en virtud de su carácter de convivientes a tratar en la jurisdicción respectiva.

 

Por lo expuesto, el Tribunal hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, revocó la sentencia dejando sin efecto el desalojo y confirmó la declaración de incompetencia para el tratamiento de la reconvención deducida.

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Amparo. Salud. OSDE. Obra social. Cobertura. Enfermedades crónicas. Rinosinusitis crónica. Poliposis nasal. Formulario Terapéutico. Calidad de vida. Regímenes especiales. Ley n.° 24.901. Enfermedades poco frecuentes. Ley n.° 26.689.
Cámara Civil Y Comercial Federal Sala III, Expte n.° 19596/2022, “T.G. c/OSDE s/ amparo de salud”, 15 de mayo de 2025.
Recurso extraordinario. Inaplicabilidad de ley. Daños y perjuicios. Compraventa. Automotor. Desperfecto de fabricación. Garantía. Art. 17 de la Ley n.° 24240. Derechos del consumidor. Recurso insuficiente. Absurdo no demostrado. Precedente "Capaccioni". Inaplicabilidad.
Dictamen del Procurador General de la Provincia de Buenos Aires, Expte C-128286-1, "Dietrich Sergio Reinaldo c/ FCA Automobiles Argentina SA y otro/a s/ Daños y Perj. Incump. Contractual (Exc. Estado)", 28 de mayo de 2025
Dos hombres aprehendidos tras allanamientos por amenazas agravadas en Dock Sud
Los procedimientos se realizaron en el marco de una investigación por un hecho ocurrido en marzo, cuando un joven denunció haber sido amenazado con un arma de fuego por un conocido del barrio.
Desmantelan red de estafas virtuales operada desde una cárcel bonaerense
Una red de estafas virtuales que operaba desde una cárcel fue desmantelada en Quilmes tras una investigación que logró identificar al líder del esquema, un recluso condenado por tentativa de homicidio.
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

    • Cuadernos temáticos 2019

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en materia disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Julio 19, 2021

Bien inmueble. Conviviente. Legitimación pasiva de la acción de desalojo. Bien adquirido mediante esfuerzo compartido. Derechos de los convivientes

Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Pergamino, Provincia de Buenos Aires, Expte. 37497, Causa N.° 4240-21: "Pérez, Alfredo Andrés c/ Reynoso, Sonia Mabel s/desalojo”, 6 de julio de 2021

La Sra. Jueza del Juzgado de Paz de Colón hizo lugar a la demanda de desalojo promovida por Alfredo Andrés Pérez y condenó a Sonia Mabel Reynoso y/o quién resultase ocupante, a entregar a la parte actora, dentro del término de 30 días el inmueble objeto de la presente causa, libre de toda ocupación, bajo apercibimiento de disponer el desalojo con intervención de la fuerza pública. Asimismo, se declaró incompetente para entender respecto de la reconvención por división de bienes de sociedad de hecho, unión convivencial, atribución del hogar y compensación económica y finalmente aplicó las costas a la parte demandada, que resultó vencida. 

 

Lo resuelto fue apelado por la parte condenada, quien expresó que la sentencia de grado había omitido valorar la prueba y el planteo acerca de que su ocupación en la finca no es ilegal o ilegítima, y ponderó que debía ubicarse dentro de un proceso de separación de pareja y distribución de bienes. Expresó que el inmueble, objeto de la pretensión, fue adquirido durante el concubinato que tuviera con el actor, que se omitió considerar que siempre trabajó y contribuyó al mantenimiento y progreso económico de la pareja, al tiempo que también entendió que respecto del resto de las cuestiones la sentenciante era competente en razón de la materia y territorio, por lo que solicitó se resolviera la cuestión de fondo pendiente, esto es: los derechos que le asisten por compensación económica, de los que el inmueble que se pretendía desalojar, se hallaba en discusión, no habiéndose valorado que la pareja vivió en la finca en cuestión, desde el año 2002 al 2013, antes de la compra formal del inmueble el día 03/02/2014, la que se efectivizó con el dinero ahorrado en forma conjunta. 

La Cámara Civil y Comercial de Pergamino resolvió hacer lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y en consecuencia revocar la sentencia en cuanto hace lugar al desalojo dejando sin efecto el mismo.

Para así decidir, tuvo en cuenta que de acuerdo al razonamiento doctrinario y jurisprudencial por el cual más allá de la titularidad del boleto de compraventa, los concubinos resultaban ambos poseedores "animus domini" y con ello la legitimación pasiva para resistir el desalojo y así la discusión sobre el origen de los fondos para su adquisición se debería plantear en el ámbito de otro proceso ajeno al presente.

El tribunal consideró que la convivencia de larga data, la adquisición de bienes durante la relación de pareja, el carácter de trabajadora de la demandada, que el bien que se pretende desalojar integraría el conjunto de los bienes que ambos deben resolver como consecuencia de la ruptura de la relación, como el reclamo por parte de la demandada con anterioridad al inicio de las presentes, debían ser las pautas tenidas en cuenta para decidir del modo dicho puesto que tornaban verosímil la posición expuesta para repeler una acción como la intentada.

Así, encontró razonable interpretar el valor indiciario de las circunstancias señaladas que se han estimado como jurídicamente relevantes: convivencia prolongada, adquisición de bien durante el desarrollo de la misma, plazo temporal extendido entre el inicio de la convivencia y la suscripción del boleto de compraventa, contestación de intimación por parte del actor negando titularidad sobre el bien objeto del desalojo, mantenimiento de la actora en el inmueble de referencia. 

Para la Cámara, este conjunto de hechos abonaba lógica, fáctica y jurídicamente la idea de que la ocupación de la demandada no había sido ilegal e indebida, por lo que faltaría el presupuesto habilitante de la legitimación pasiva de la acción de desalojo, sin perjuicio de los eventuales derechos sobre los bienes que podrían corresponder a las partes en virtud de su carácter de convivientes a tratar en la jurisdicción respectiva.

 

Por lo expuesto, el Tribunal hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, revocó la sentencia dejando sin efecto el desalojo y confirmó la declaración de incompetencia para el tratamiento de la reconvención deducida.

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Amparo. Salud. OSDE. Obra social. Cobertura. Enfermedades crónicas. Rinosinusitis crónica. Poliposis nasal. Formulario Terapéutico. Calidad de vida. Regímenes especiales. Ley n.° 24.901. Enfermedades poco frecuentes. Ley n.° 26.689.
Cámara Civil Y Comercial Federal Sala III, Expte n.° 19596/2022, “T.G. c/OSDE s/ amparo de salud”, 15 de mayo de 2025.
Recurso extraordinario. Inaplicabilidad de ley. Daños y perjuicios. Compraventa. Automotor. Desperfecto de fabricación. Garantía. Art. 17 de la Ley n.° 24240. Derechos del consumidor. Recurso insuficiente. Absurdo no demostrado. Precedente "Capaccioni". Inaplicabilidad.
Dictamen del Procurador General de la Provincia de Buenos Aires, Expte C-128286-1, "Dietrich Sergio Reinaldo c/ FCA Automobiles Argentina SA y otro/a s/ Daños y Perj. Incump. Contractual (Exc. Estado)", 28 de mayo de 2025
Dos hombres aprehendidos tras allanamientos por amenazas agravadas en Dock Sud
Los procedimientos se realizaron en el marco de una investigación por un hecho ocurrido en marzo, cuando un joven denunció haber sido amenazado con un arma de fuego por un conocido del barrio.
Desmantelan red de estafas virtuales operada desde una cárcel bonaerense
Una red de estafas virtuales que operaba desde una cárcel fue desmantelada en Quilmes tras una investigación que logró identificar al líder del esquema, un recluso condenado por tentativa de homicidio.

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar