El pasado 15 de julio de 2021 el Tribunal en lo Criminal N.° 5 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, condenó, a través del procedimiento de juicio abreviado, a un exmiembro de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, a la pena de dos años y seis meses de prisión, cuyo cumplimiento dejó en suspenso, por considerarlo miembro de una asociación ilícita.
El pasado 15 de julio de 2021 el Tribunal en lo Criminal N.° 5 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, integrado de forma unipersonal por la Jueza, Dra. María del Carmen Mora, condenó, a través del procedimiento de juicio abreviado, a un exmiembro de la Policía de la Provincia de Buenos Aires a la pena de dos años y seis meses de prisión, cuyo cumplimiento dejó en suspenso, por considerarlo miembro de una asociación ilícita.
La mencionada asociación ilícita estaba integrada por diversos efectivos de esa fuerza de seguridad, de diversa jerarquía, junto a otros civiles, todos ellos dedicados a conformar una empresa criminal que, entre otras cosas, se dedicaba a la extorsión y al cobro ilegal de dinero a diversos comerciantes de la feria conocida como “La Salada”, y también a otros comercios en los alrededores de la feria (o en otras localidades donde actuaba la organización criminal), con el objeto de permitirles ejercer el comercio, brindarles protección, evadir los controles que imponen diversas normativas vigente (entre ellas, las que regulan el comercio de autopartes y la actividad de talleres mecánicos y afines), permitir la comercialización de estupefacientes y colaborar con la actividad, además de participar en diversos hechos contra la propiedad, la libertad y la integridad física de las personas, entre muchas otras actividades delictivas.
La investigación estuvo a cargo de la Unidad de Coordinación General para Delitos Complejos y Crimen Organizado de la Fiscalía General de Lomas de Zamora. Se inició a raíz de una denuncia formulada por la Auditoría General de Asuntos Internos del Ministerio de Seguridad Bonaerense, y contó con la colaboración investigativa de los Auditores del mismo y la realización de detenciones y allanamientos por parte de efectivos de la Gendarmería Nacional Argentina y de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires.
Durante el curso de la investigación, el expolicía condenado formalizó, con la asistencia de su letrado defensor de confianza, un acuerdo de colaboración con la Fiscalía bajo los términos del art. 41 ter del Código Penal y bajo las previsiones de la Ley N.° 27.304 (“ley del imputado colaborador”), que fueron adaptadas a la legislación local por el Juez de Garantías, Dr. Sebastián Ariel Monelos, titular del Juzgado de Garantías N.° 4 de Lomas de Zamora, quien también intervino durante la etapa preliminar del proceso.
En ese marco, a partir de haberse formalizado el acuerdo de colaboración entre el imputado, la defensa y la fiscalía, el Juez de Garantías aceptó el mismo y lo homologó por considerar que el aporte de información realizado por el imputado era trascendental para la investigación, en tanto corroboraba otras medidas de prueba y elementos de convicción que se hallaban en el expediente, extremos estos que posteriormente fueron avalados en el marco de la elevación de la causa a juicio y reafirmados con el dictado del pronunciamiento condenatorio por parte de la Jueza del Tribunal en lo Criminal N.° 5 de Lomas de Zamora, Dra. María del Carmen Mora.
Según informó la Fiscalía General de Lomas de Zamora, este pronunciamiento es la primera condena en ese Departamento Judicial a través de la cual se recepta y aplica la figura del imputado colaborador, siendo la misma determinante para la fijación del monto de la pena a cumplir por parte del condenado.
El pasado 15 de julio de 2021 el Tribunal en lo Criminal N.° 5 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, condenó, a través del procedimiento de juicio abreviado, a un exmiembro de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, a la pena de dos años y seis meses de prisión, cuyo cumplimiento dejó en suspenso, por considerarlo miembro de una asociación ilícita.
El pasado 15 de julio de 2021 el Tribunal en lo Criminal N.° 5 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, integrado de forma unipersonal por la Jueza, Dra. María del Carmen Mora, condenó, a través del procedimiento de juicio abreviado, a un exmiembro de la Policía de la Provincia de Buenos Aires a la pena de dos años y seis meses de prisión, cuyo cumplimiento dejó en suspenso, por considerarlo miembro de una asociación ilícita.
La mencionada asociación ilícita estaba integrada por diversos efectivos de esa fuerza de seguridad, de diversa jerarquía, junto a otros civiles, todos ellos dedicados a conformar una empresa criminal que, entre otras cosas, se dedicaba a la extorsión y al cobro ilegal de dinero a diversos comerciantes de la feria conocida como “La Salada”, y también a otros comercios en los alrededores de la feria (o en otras localidades donde actuaba la organización criminal), con el objeto de permitirles ejercer el comercio, brindarles protección, evadir los controles que imponen diversas normativas vigente (entre ellas, las que regulan el comercio de autopartes y la actividad de talleres mecánicos y afines), permitir la comercialización de estupefacientes y colaborar con la actividad, además de participar en diversos hechos contra la propiedad, la libertad y la integridad física de las personas, entre muchas otras actividades delictivas.
La investigación estuvo a cargo de la Unidad de Coordinación General para Delitos Complejos y Crimen Organizado de la Fiscalía General de Lomas de Zamora. Se inició a raíz de una denuncia formulada por la Auditoría General de Asuntos Internos del Ministerio de Seguridad Bonaerense, y contó con la colaboración investigativa de los Auditores del mismo y la realización de detenciones y allanamientos por parte de efectivos de la Gendarmería Nacional Argentina y de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires.
Durante el curso de la investigación, el expolicía condenado formalizó, con la asistencia de su letrado defensor de confianza, un acuerdo de colaboración con la Fiscalía bajo los términos del art. 41 ter del Código Penal y bajo las previsiones de la Ley N.° 27.304 (“ley del imputado colaborador”), que fueron adaptadas a la legislación local por el Juez de Garantías, Dr. Sebastián Ariel Monelos, titular del Juzgado de Garantías N.° 4 de Lomas de Zamora, quien también intervino durante la etapa preliminar del proceso.
En ese marco, a partir de haberse formalizado el acuerdo de colaboración entre el imputado, la defensa y la fiscalía, el Juez de Garantías aceptó el mismo y lo homologó por considerar que el aporte de información realizado por el imputado era trascendental para la investigación, en tanto corroboraba otras medidas de prueba y elementos de convicción que se hallaban en el expediente, extremos estos que posteriormente fueron avalados en el marco de la elevación de la causa a juicio y reafirmados con el dictado del pronunciamiento condenatorio por parte de la Jueza del Tribunal en lo Criminal N.° 5 de Lomas de Zamora, Dra. María del Carmen Mora.
Según informó la Fiscalía General de Lomas de Zamora, este pronunciamiento es la primera condena en ese Departamento Judicial a través de la cual se recepta y aplica la figura del imputado colaborador, siendo la misma determinante para la fijación del monto de la pena a cumplir por parte del condenado.
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
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