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Octubre 27, 2021

Condenaron al autor del homicidio de dos adolescentes y su cómplice, ocurrido en enero de 2017, en Benito Juárez, Departamento Judicial Azul.

El fallecimiento de los jóvenes, de 15 y 16 años, había generado una pueblada en esa localidad, en la que los vecinos atacaron violentamente una comisaría y una vivienda, al creer que se trataba de un ajuste de cuentas y que las autoridades se negaban a detener al presunto autor

Los adolescentes fallecidos habían sido hallados por un camionero que circulaba por la ruta 86, quien se detuvo para auxiliar a los dos chicos que estaban tirados en la banquina junto a sus bicicletas, tendidos al costado del camino, a unos 15 kilómetros de Benito Juárez, en muy mal estado, golpeados y maltrechos.
 
Esta persona avisó inmediatamente a las autoridades, quienes trasladaron a los jóvenes, en estado crítico, al Hospital Eva Perón de esa ciudad, donde finalmente fallecieron.
 
Luego del entierro de uno de los muchachos, comenzó a circular en redes sociales un mensaje según el cual los chicos habían recibido una golpiza ordenada por un chatarrero, vecino de las familias, de unos 70 años, en un supuesto ajuste de cuentas por un incendio en su galpón. 
Los vecinos se dirigieron indignados a la comisaría y enfurecidos porque no había ningún detenido como responsable del hecho comenzaron a tirar piedras contra la seccional policial, hasta que fueron dispersados con gases lacrimógenos y balas de goma.
 
Sin embargo, como resultado del debate oral y público realizado a instancias del Ministerio Público Fiscal, representado por la Dra. Laura Margaretic y el Dr. David Carballo, pudo establecerse que, en la madrugada del 9 de enero del año 2017, Guillermo Jesús Alzugaray Vila, quien conducía su camión Ford por la Ruta Provincial 86 en dirección desde Benito Juárez hacia Laprida transportando en la caja volcadora -de manera antirreglamentaria- cuatro barras de hierro, las cuales no estaban debidamente sujetas y sobresalían en más de un metro desde la parte superior de la caja, en horas de la madrugada y al arribar al km. 155 no advirtió a tiempo la presencia de los menores, quienes habían llegado al lugar a bordo de sus respectivas bicicletas y habían descendido de las mismas, encontrándose parados sobre la banquina, golpeando a los mismos con el saliente de la estructura armada de hierro que transportaba, provocando su proyección e impacto contra el asfalto, produciéndoles lesiones de tal entidad que provocaron sus respectivos fallecimientos. 
 
Tras ello, el conductor del camión y/o su acompañante, Mariano Fiorentino, desplazaron a las víctimas desde el asfalto hacia la banquina, alterando así la escena del hecho y sus rastros, luego de lo cual huyeron del lugar.
 
El pasado 26 de octubre, en horas del mediodía, el Juzgado en lo Correccional N.° 2 de Azul, a cargo del Dr. Héctor Rodolfo Torrens, en la IPP 01-00-000109-17, dio por probados los hechos, luego de escuchar los diversos testimonios y recibir las pruebas, dictó sentencia condenando al conductor del camión Guillermo Jesús Alzugaray Vila como autor penalmente responsable del delito de homicidio culposo doblemente agravado por la pluralidad de víctimas mortales y por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor, a quien también inhabilitó por diez años para conducir vehículos automotores.
 
Su acompañante, Mariano Fiorentino, fue condenado como autor penalmente responsable del delito de encubrimiento, a la pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional y costas procesales, con la obligación de someterse por el plazo de tres años, a una residencia controlada bajo el cuidado del Patronato de Liberados de la Provincia de Buenos Aires, y de realizar trabajos no remunerados en favor del Estado o de instituciones de bien público.
 

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Cámara Civil Y Comercial Federal Sala III, Expte n.° 19596/2022, “T.G. c/OSDE s/ amparo de salud”, 15 de mayo de 2025.
Recurso extraordinario. Inaplicabilidad de ley. Daños y perjuicios. Compraventa. Automotor. Desperfecto de fabricación. Garantía. Art. 17 de la Ley n.° 24240. Derechos del consumidor. Recurso insuficiente. Absurdo no demostrado. Precedente "Capaccioni". Inaplicabilidad.
Dictamen del Procurador General de la Provincia de Buenos Aires, Expte C-128286-1, "Dietrich Sergio Reinaldo c/ FCA Automobiles Argentina SA y otro/a s/ Daños y Perj. Incump. Contractual (Exc. Estado)", 28 de mayo de 2025
Dos hombres aprehendidos tras allanamientos por amenazas agravadas en Dock Sud
Los procedimientos se realizaron en el marco de una investigación por un hecho ocurrido en marzo, cuando un joven denunció haber sido amenazado con un arma de fuego por un conocido del barrio.
Desmantelan red de estafas virtuales operada desde una cárcel bonaerense
Una red de estafas virtuales que operaba desde una cárcel fue desmantelada en Quilmes tras una investigación que logró identificar al líder del esquema, un recluso condenado por tentativa de homicidio.
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Octubre 27, 2021

Condenaron al autor del homicidio de dos adolescentes y su cómplice, ocurrido en enero de 2017, en Benito Juárez, Departamento Judicial Azul.

El fallecimiento de los jóvenes, de 15 y 16 años, había generado una pueblada en esa localidad, en la que los vecinos atacaron violentamente una comisaría y una vivienda, al creer que se trataba de un ajuste de cuentas y que las autoridades se negaban a detener al presunto autor

Los adolescentes fallecidos habían sido hallados por un camionero que circulaba por la ruta 86, quien se detuvo para auxiliar a los dos chicos que estaban tirados en la banquina junto a sus bicicletas, tendidos al costado del camino, a unos 15 kilómetros de Benito Juárez, en muy mal estado, golpeados y maltrechos.
 
Esta persona avisó inmediatamente a las autoridades, quienes trasladaron a los jóvenes, en estado crítico, al Hospital Eva Perón de esa ciudad, donde finalmente fallecieron.
 
Luego del entierro de uno de los muchachos, comenzó a circular en redes sociales un mensaje según el cual los chicos habían recibido una golpiza ordenada por un chatarrero, vecino de las familias, de unos 70 años, en un supuesto ajuste de cuentas por un incendio en su galpón. 
Los vecinos se dirigieron indignados a la comisaría y enfurecidos porque no había ningún detenido como responsable del hecho comenzaron a tirar piedras contra la seccional policial, hasta que fueron dispersados con gases lacrimógenos y balas de goma.
 
Sin embargo, como resultado del debate oral y público realizado a instancias del Ministerio Público Fiscal, representado por la Dra. Laura Margaretic y el Dr. David Carballo, pudo establecerse que, en la madrugada del 9 de enero del año 2017, Guillermo Jesús Alzugaray Vila, quien conducía su camión Ford por la Ruta Provincial 86 en dirección desde Benito Juárez hacia Laprida transportando en la caja volcadora -de manera antirreglamentaria- cuatro barras de hierro, las cuales no estaban debidamente sujetas y sobresalían en más de un metro desde la parte superior de la caja, en horas de la madrugada y al arribar al km. 155 no advirtió a tiempo la presencia de los menores, quienes habían llegado al lugar a bordo de sus respectivas bicicletas y habían descendido de las mismas, encontrándose parados sobre la banquina, golpeando a los mismos con el saliente de la estructura armada de hierro que transportaba, provocando su proyección e impacto contra el asfalto, produciéndoles lesiones de tal entidad que provocaron sus respectivos fallecimientos. 
 
Tras ello, el conductor del camión y/o su acompañante, Mariano Fiorentino, desplazaron a las víctimas desde el asfalto hacia la banquina, alterando así la escena del hecho y sus rastros, luego de lo cual huyeron del lugar.
 
El pasado 26 de octubre, en horas del mediodía, el Juzgado en lo Correccional N.° 2 de Azul, a cargo del Dr. Héctor Rodolfo Torrens, en la IPP 01-00-000109-17, dio por probados los hechos, luego de escuchar los diversos testimonios y recibir las pruebas, dictó sentencia condenando al conductor del camión Guillermo Jesús Alzugaray Vila como autor penalmente responsable del delito de homicidio culposo doblemente agravado por la pluralidad de víctimas mortales y por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor, a quien también inhabilitó por diez años para conducir vehículos automotores.
 
Su acompañante, Mariano Fiorentino, fue condenado como autor penalmente responsable del delito de encubrimiento, a la pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional y costas procesales, con la obligación de someterse por el plazo de tres años, a una residencia controlada bajo el cuidado del Patronato de Liberados de la Provincia de Buenos Aires, y de realizar trabajos no remunerados en favor del Estado o de instituciones de bien público.
 

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