• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Mayo 16, 2022

Abuso sexual. Menor de edad. Garantía del debido proceso legal. Archivo de las actuaciones. Asesoría de Incapaces. Intervención. Vista previa. Actuación. Representación complementaria de la menor. Afectación de derechos constitucionales y convencionales. Resolución 99/19 de PGBA. Precedente Furlán de

Juzgado de Garantías N.° 6 de Mar del Plata, Expte. IPP 08-00-39977/19, “S/ Comisión de delito de acción pública. Presuntas lesiones mediando violencia de género, 27 de abril de 2022

En la presente causa se decidía en orden al delito de abuso sexual respecto a una niña menor de edad. La fiscalía interviniente había decretado el archivo de las actuaciones sin conferir vista previa a la Asesora de Menores, quien tomó conocimiento al momento de la notificación de una resolución posterior, con lo que planteó la nulidad de todo lo actuado.

 

La Asesora de Incapaces efectúo una presentación autónoma luego de vencido el término por el que le fuera conferida y señaló que a partir de esta vista fue que había tomado conocimiento de los actos procesales cumplidos desde la disposición del archivo de las actuaciones, su posterior elevación para revisión por Fiscalía General, su reconsideración y su confirmación. Destacó que la omisión de dar debida intervención al Ministerio Público de Menores en esas instancias acarreaba la nulidad de lo actuado.

 

Sostuvo que la falta de intervención de la Asesoría de Incapaces había vulnerado derechos constitucionales y convencionales de la niña y dañó sus intereses en torno a la posibilidad de continuar con una investigación penal que la tenía como víctima, al no permitir el ejercicio de la doble representación complementaria. Junto a la normativa legal en apoyo de su postura, citó el caso Furlán de la CIDH.

 

La jueza interviniente resolvió decretar la nulidad del archivo dispuesto por la fiscalía actuante, y de todos los actos que fueron su consecuencia, por violación a las normas del debido proceso, al impedir que la Asesora de Incapaces tomara vista y argumentara en forma previa a lo actuado.

 

Observo que ello impidió la garantía del derecho a la doble representación de la menor, quien -recordó- por imperio de lo normado contaba con una doble representación: por un lado sus padres y por el otro, de forma complementaria, de la Asesoría de Incapaces. 

 

Opinó que los actos de archivo y el no dar vista controvirtieron la doctrina convencional constitucional de Derechos Humanos sentada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Furlán que resultaba necesariamente vinculante de conformidad con lo dispuesto por el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional. 

 

Agregó que, respecto de la normativa nacional, violentaba lo dispuesto por el artículo 202 del C.P.P., el artículo 38 de la Ley 14.442 y el artículo 103 del CC en lo que respecta a la obligatoria intervención de la Asesoría de Incapaces en todos los procesos en los se involucran intereses y derechos de las personas menores de edad, como así también mencionó el Memorándum 03/19 y la Resolución 99/19 de la Procuración General que establecía que, en todos los casos en que se investigase la comisión de delitos contra la integridad sexual de niños o con capacidad restringida, el fiscal debía dar inmediata intervención a la Asesoría de Incapaces, intervención que no podía verse reducida a la notificación inicial, sino que a lo largo del proceso debía ser notificada respecto de todas las resoluciones que se adoptasen.

 

En ese sentido, la jueza consideró que en el presente proceso existía una violación a las normas que garantizaban el debido proceso, lo que justificaba el dictado de la nulidad del archivo dispuesto por la fiscalía actuante, así como de los actos que fueran su consecuencia.



DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Corte Interamericana de Derechos Humanos. Opinión Consultiva. Derecho al cuidado. Autonomía personal. Igualdad sustantiva. Derechos interdependientes. Derecho a cuidar. Derecho a ser cuidado. Derecho al autocuidado. Corresponsabilidad social. Políticas públicas. Sistemas integrales de cuidado. Grupos vulnerables. Enfoque interseccional. Obligaciones estatales. Exigibilidad judicial.
Corte Interamericana de Derechos Humanos, “Opinión Consultiva OC-31/25”, 12 de junio de 2025 solicitada por la República Argentina.
Bahía Blanca: condena en juicio abreviado por distribución agravada de material de abuso sexual infantil
A instancias del Ministerio Público Fiscal, el Tribunal Oral en lo Criminal n.° 1 dictó sentencia condenatoria —en el marco de un juicio abreviado— contra una persona adulta por cinco hechos de distribución y/o facilitación de representaciones de menores de 18 años en actividades sexuales explícitas, agravados por tratarse de víctimas menores de 13 años, en concurso real. La pena impuesta fue de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión, con accesorias legales
Avellaneda: dos aprehendidos por encubrimiento tras hallazgo de motocicleta con pedido activo
En un operativo coordinado por la Unidad de Prevención de la Policía Local (UPPL) de Avellaneda, y bajo la dirección de la Unidad Funcional de Instrucción n.° 3 del Departamento Judicial Avellaneda–Lanús, se procedió a la aprehensión de dos personas adultas por el delito de encubrimiento, tras el secuestro de un motovehículo que presentaba pedido de secuestro activo
Ministerio Público Fiscal. Defensa del consumidor. Intervención. Competencia. Autonomía funcional. Legalidad. Interés general. Artículo 120 Constitución Nacional. Artículo 52 Ley n.° 24.240. Ley n.° 27.148. Daño punitivo. Asimetría. Proceso sumarísimo. Arbitrariedad de sentencia.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Cáceres Carrera, Facundo Ariel y otro c/ Ford Argentina S.C.A. y otro s/ sumarísimo”, 7 de agosto de 2025
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2025

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Mayo 16, 2022

Abuso sexual. Menor de edad. Garantía del debido proceso legal. Archivo de las actuaciones. Asesoría de Incapaces. Intervención. Vista previa. Actuación. Representación complementaria de la menor. Afectación de derechos constitucionales y convencionales. Resolución 99/19 de PGBA. Precedente Furlán de

Juzgado de Garantías N.° 6 de Mar del Plata, Expte. IPP 08-00-39977/19, “S/ Comisión de delito de acción pública. Presuntas lesiones mediando violencia de género, 27 de abril de 2022

En la presente causa se decidía en orden al delito de abuso sexual respecto a una niña menor de edad. La fiscalía interviniente había decretado el archivo de las actuaciones sin conferir vista previa a la Asesora de Menores, quien tomó conocimiento al momento de la notificación de una resolución posterior, con lo que planteó la nulidad de todo lo actuado.

 

La Asesora de Incapaces efectúo una presentación autónoma luego de vencido el término por el que le fuera conferida y señaló que a partir de esta vista fue que había tomado conocimiento de los actos procesales cumplidos desde la disposición del archivo de las actuaciones, su posterior elevación para revisión por Fiscalía General, su reconsideración y su confirmación. Destacó que la omisión de dar debida intervención al Ministerio Público de Menores en esas instancias acarreaba la nulidad de lo actuado.

 

Sostuvo que la falta de intervención de la Asesoría de Incapaces había vulnerado derechos constitucionales y convencionales de la niña y dañó sus intereses en torno a la posibilidad de continuar con una investigación penal que la tenía como víctima, al no permitir el ejercicio de la doble representación complementaria. Junto a la normativa legal en apoyo de su postura, citó el caso Furlán de la CIDH.

 

La jueza interviniente resolvió decretar la nulidad del archivo dispuesto por la fiscalía actuante, y de todos los actos que fueron su consecuencia, por violación a las normas del debido proceso, al impedir que la Asesora de Incapaces tomara vista y argumentara en forma previa a lo actuado.

 

Observo que ello impidió la garantía del derecho a la doble representación de la menor, quien -recordó- por imperio de lo normado contaba con una doble representación: por un lado sus padres y por el otro, de forma complementaria, de la Asesoría de Incapaces. 

 

Opinó que los actos de archivo y el no dar vista controvirtieron la doctrina convencional constitucional de Derechos Humanos sentada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Furlán que resultaba necesariamente vinculante de conformidad con lo dispuesto por el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional. 

 

Agregó que, respecto de la normativa nacional, violentaba lo dispuesto por el artículo 202 del C.P.P., el artículo 38 de la Ley 14.442 y el artículo 103 del CC en lo que respecta a la obligatoria intervención de la Asesoría de Incapaces en todos los procesos en los se involucran intereses y derechos de las personas menores de edad, como así también mencionó el Memorándum 03/19 y la Resolución 99/19 de la Procuración General que establecía que, en todos los casos en que se investigase la comisión de delitos contra la integridad sexual de niños o con capacidad restringida, el fiscal debía dar inmediata intervención a la Asesoría de Incapaces, intervención que no podía verse reducida a la notificación inicial, sino que a lo largo del proceso debía ser notificada respecto de todas las resoluciones que se adoptasen.

 

En ese sentido, la jueza consideró que en el presente proceso existía una violación a las normas que garantizaban el debido proceso, lo que justificaba el dictado de la nulidad del archivo dispuesto por la fiscalía actuante, así como de los actos que fueran su consecuencia.



DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Corte Interamericana de Derechos Humanos. Opinión Consultiva. Derecho al cuidado. Autonomía personal. Igualdad sustantiva. Derechos interdependientes. Derecho a cuidar. Derecho a ser cuidado. Derecho al autocuidado. Corresponsabilidad social. Políticas públicas. Sistemas integrales de cuidado. Grupos vulnerables. Enfoque interseccional. Obligaciones estatales. Exigibilidad judicial.
Corte Interamericana de Derechos Humanos, “Opinión Consultiva OC-31/25”, 12 de junio de 2025 solicitada por la República Argentina.
Bahía Blanca: condena en juicio abreviado por distribución agravada de material de abuso sexual infantil
A instancias del Ministerio Público Fiscal, el Tribunal Oral en lo Criminal n.° 1 dictó sentencia condenatoria —en el marco de un juicio abreviado— contra una persona adulta por cinco hechos de distribución y/o facilitación de representaciones de menores de 18 años en actividades sexuales explícitas, agravados por tratarse de víctimas menores de 13 años, en concurso real. La pena impuesta fue de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión, con accesorias legales
Avellaneda: dos aprehendidos por encubrimiento tras hallazgo de motocicleta con pedido activo
En un operativo coordinado por la Unidad de Prevención de la Policía Local (UPPL) de Avellaneda, y bajo la dirección de la Unidad Funcional de Instrucción n.° 3 del Departamento Judicial Avellaneda–Lanús, se procedió a la aprehensión de dos personas adultas por el delito de encubrimiento, tras el secuestro de un motovehículo que presentaba pedido de secuestro activo
Ministerio Público Fiscal. Defensa del consumidor. Intervención. Competencia. Autonomía funcional. Legalidad. Interés general. Artículo 120 Constitución Nacional. Artículo 52 Ley n.° 24.240. Ley n.° 27.148. Daño punitivo. Asimetría. Proceso sumarísimo. Arbitrariedad de sentencia.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Cáceres Carrera, Facundo Ariel y otro c/ Ford Argentina S.C.A. y otro s/ sumarísimo”, 7 de agosto de 2025

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar