El Tribunal en lo Criminal N.º 1 del Departamento Judicial Necochea, en la causa N.º 6350, condenó al imputado a la pena de 30 años de prisión, accesorias legales y costas, por resultar autor penalmente responsable del delito de homicidio calificado por la relación de pareja entre víctima y victimario y también por tratarse la víctima de una mujer y el victimario un hombre y mediare violencia de genero (femicidio) en grado de tentativa en concurso real con los delitos de homicidio y de homicidio en grado de tentativa.
La Jueza Mariana Giménez, designada por sorteo de acuerdo a lo normado por el art. 338 segundo párrafo del Código Procesal Penal como jueza del juicio por jurados en la causa que se le siguió a un hombre, ex boxeador profesional, fue la encargada del juicio de cesura "por los delitos de homicidio agravado por haberse cometido contra una persona miembro de la fuerza policial en calidad de autor; homicidio agravado por haberse cometido contra una persona miembro de la fuerza policial en grado de tentativa y en calidad de autor, vinculados al delito de homicidio doblemente agravado por ser cometido a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja y por tratarse la víctima de una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género en grado de tentativa y en calidad de autor...".
De acuerdo a lo que se desprende de la causa, el hecho ocurrió el día 27 de diciembre de 2020, cuando los policías involucrados se encontraban de turno en la intersección de las calles 59 y 24 de la ciudad de Necochea. Cerca de las seis de la tarde, los oficiales observaron una pareja que discutía dentro de un automóvil Ford Fiesta. Al notar que la mujer estaba siendo golpeada por el hombre, acudieron en su auxilio y dieron la voz de alto, momento en que el acusado puso en marcha el automóvil e intentó huir del lugar con la mujer a bordo.
Los oficiales policiales persiguieron el auto y al cruzarle el patrullero para obligar al conductor a detenerse, el acusado embistió el rodado policial, produciendo la muerte de la oficial Belén Corvalán, de 27 años de edad y madre de dos hijos pequeños, quien falleció como producto del impacto del vehículo del imputado por su lado derecho (acompañante) a gran velocidad, lo que le ocasionó un shock hipovolémico por rotura de órganos sanguíneos vitales, secundario a trauma de alto impacto tóraco abdominal.
Así como también se tuvo por probado que su compañero, el policía Néstor Sebastián Moreno recibió diversas lesiones en mano, en antebrazos derecho e izquierdo, en cuero cabelludo en región temporal derecha, en cadera derecha y en labio inferior y sus características.
El día 24 de junio de 2022, el jurado popular, compuesto por doce ciudadanos y ciudadanas, declaró al imputado culpable por mayoría de 11 votos de los delitos de homicidio simple; homicidio simple en grado de tentativa y homicidio doblemente agravado por ser cometido a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja y por tratarse la víctima de una mujer ,cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de genero (femicidio) en grado de tentativa, en calidad de autor penalmente responsable.
Luego de los veredictos de culpabilidad alcanzados por el jurado (artículo 375 bis del CPP), la jueza procedió a dictar sentencia en la que procedió a condenar al acusado a la pena de 30 años de prisión.
El Tribunal en lo Criminal N.º 1 del Departamento Judicial Necochea, en la causa N.º 6350, condenó al imputado a la pena de 30 años de prisión, accesorias legales y costas, por resultar autor penalmente responsable del delito de homicidio calificado por la relación de pareja entre víctima y victimario y también por tratarse la víctima de una mujer y el victimario un hombre y mediare violencia de genero (femicidio) en grado de tentativa en concurso real con los delitos de homicidio y de homicidio en grado de tentativa.
La Jueza Mariana Giménez, designada por sorteo de acuerdo a lo normado por el art. 338 segundo párrafo del Código Procesal Penal como jueza del juicio por jurados en la causa que se le siguió a un hombre, ex boxeador profesional, fue la encargada del juicio de cesura "por los delitos de homicidio agravado por haberse cometido contra una persona miembro de la fuerza policial en calidad de autor; homicidio agravado por haberse cometido contra una persona miembro de la fuerza policial en grado de tentativa y en calidad de autor, vinculados al delito de homicidio doblemente agravado por ser cometido a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja y por tratarse la víctima de una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género en grado de tentativa y en calidad de autor...".
De acuerdo a lo que se desprende de la causa, el hecho ocurrió el día 27 de diciembre de 2020, cuando los policías involucrados se encontraban de turno en la intersección de las calles 59 y 24 de la ciudad de Necochea. Cerca de las seis de la tarde, los oficiales observaron una pareja que discutía dentro de un automóvil Ford Fiesta. Al notar que la mujer estaba siendo golpeada por el hombre, acudieron en su auxilio y dieron la voz de alto, momento en que el acusado puso en marcha el automóvil e intentó huir del lugar con la mujer a bordo.
Los oficiales policiales persiguieron el auto y al cruzarle el patrullero para obligar al conductor a detenerse, el acusado embistió el rodado policial, produciendo la muerte de la oficial Belén Corvalán, de 27 años de edad y madre de dos hijos pequeños, quien falleció como producto del impacto del vehículo del imputado por su lado derecho (acompañante) a gran velocidad, lo que le ocasionó un shock hipovolémico por rotura de órganos sanguíneos vitales, secundario a trauma de alto impacto tóraco abdominal.
Así como también se tuvo por probado que su compañero, el policía Néstor Sebastián Moreno recibió diversas lesiones en mano, en antebrazos derecho e izquierdo, en cuero cabelludo en región temporal derecha, en cadera derecha y en labio inferior y sus características.
El día 24 de junio de 2022, el jurado popular, compuesto por doce ciudadanos y ciudadanas, declaró al imputado culpable por mayoría de 11 votos de los delitos de homicidio simple; homicidio simple en grado de tentativa y homicidio doblemente agravado por ser cometido a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja y por tratarse la víctima de una mujer ,cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de genero (femicidio) en grado de tentativa, en calidad de autor penalmente responsable.
Luego de los veredictos de culpabilidad alcanzados por el jurado (artículo 375 bis del CPP), la jueza procedió a dictar sentencia en la que procedió a condenar al acusado a la pena de 30 años de prisión.
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
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