La Agente Fiscal Dra. Leggio Vanesa Silvana, desde la UFyIJ Nº 14 del Departamento Judicial San Martín, solicitó el trámite de juicio abreviado, estimando adecuada la imposición al imputado a la pena de cuatro años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas del proceso.
Al imputado se lo halló autor penalmente responsable de los delitos de distribución, publicación y tenencia con fines inequívocos de distribución de representación de menores de 13 años dedicados a actividades sexuales reiterado en al menos 23 oportunidades, distribución, publicación y tenencia con fines inequívocos de distribución de representación de menores de 18 años dedicados a actividades sexuales reiterado en al menos 2 oportunidades, tenencia de imágenes y videos de abuso sexual infantil de menores de 13 años con fines inequívocos de distribución, todos en concurso real entre sí, conforme lo establece los arts. 55, 128 1°, 2 y 5° párrafo del C.P conforme la Ley N.° 27.436 B.O 23/4/2018. .-
Por su parte, el imputado prestó conformidad con el trámite de juicio abreviado y con calificación legal sustentada por el representante de la vindicta pública, así como también con la imposición de la pena de cuatro años y seis meses de prisión accesorias legales y costas del proceso, en virtud de tenerse por probados los hechos descriptos, en virtud de las constancias obtenidas a lo largo de la investigación efectuada y agregadas en autos.
Las presentes actuaciones tuvieron su génesis mediante el ingreso a la UFI 14 del Departamento Judicial San Martín de la investigación descargada del servidor FTP del Cuerpo de Investigaciones Judiciales denominado persona investigada 34 Operación internacional, el día 25 de septiembre de 2020.
El mismo versa sobre la fase VII de la Operación Luz de Infancia iniciada en la República Federativa de Brasil en la que se establece que usuarios argentinos bajan, comparten y publican material de pornografía infantil en una red de internet P2P, correspondiendo a esta jurisdicción la persona identificada como número 34.
Esta operación de carácter internacional abarca usuarios situados en Panamá, Ecuador, Colombia, Estados Unidos, Brasil, Paraguay y Argentina, le anteceden tres fases en las que ha participado Argentina Luz de Infancia I, Luz de Infancia II y Luz de Infancia III.
En este sentido en las actuaciones remitidas por el Cuerpo de Investigaciones Judiciales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, registradas bajo el numero 65960, se explican las acciones realizadas hasta la llegada a esta jurisdicción con la investigación.
Este informe se efectúa en el marco de la Intervención CIJ N.º 65960, la que se realizó a partir de una colaboración internacional solicitada por la Secretaría Nacional de Seguridad Pública (SENASP) del Ministerio de Seguridad Nacional de Brasil, Institución que a través de la implementación de un software P2P logró dar con información de usuarios que descargan y comparten material con contenido de explotación sexual infantil y, que dentro de una larga lista de usuarios involucrados pudieron observar un notable número de objetivos cuyas IP de conexión pertenecen a la jurisdicción de Argentina.
Seguido a esto, siendo que los usuarios son investigados cuando comparten imágenes con aquellos hashes (un valor hash es una cadena compuesta por números y letras asignadas a datos electrónicos por un algoritmo informático. Actúa en forma identificatoria única para el elemento que pertenecen a la biblioteca de la plataforma Child Pornography System (CPS) y, teniendo en cuenta la necesidad por parte de la Fiscalía de contar con los archivos físicos como base probatoria, se procedió a realizar una descarga desde el sistema CPS (dicha biblioteca presenta solo información de aquellos archivos que han sido clasificados como contenido de Pornografía infantil.
Esto fue aclarado por Autoridades Públicas de Brasil habilitados para formar a cuerpos gubernamentales en la temática del CPS). El sistema CPS (Child Pornograhy Sistem) cuenta con una base de datos de códigos hash que se alimenta diariamente por todas las fuerzas policiales involucradas. Es así como, el CPS solo almacena la información del hash de cada archivo, que cada vez que las entidades policiales adscritas a este sistema encuentran nuevos contenidos de pornografía infantil, proceden a sumarlos a la base de datos y denominarlos en una cierta categoría.
De cada objetivo se obtuvo información de los blocks de conexión, y se identificaron direcciones IP seleccionadas según las conexiones más recientes. Solo en algunos casos se obtuvo información de los nombres de usuario (user name) acompañados de la identificación GUID.
Con la información de IP remitida, se consultó en la página www.lacnic.net, que prestadora de servicio poseía dichas IP asignadas al territorio argentino, llegándose a las constancias que obran en la sentencia de condena.
(Colaboración Departamento de Delitos Conexos a la Trata de Personas, Pornografía Infantil y Grooming, Procuración General - S.C.J.B.A.)
La Agente Fiscal Dra. Leggio Vanesa Silvana, desde la UFyIJ Nº 14 del Departamento Judicial San Martín, solicitó el trámite de juicio abreviado, estimando adecuada la imposición al imputado a la pena de cuatro años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas del proceso.
Al imputado se lo halló autor penalmente responsable de los delitos de distribución, publicación y tenencia con fines inequívocos de distribución de representación de menores de 13 años dedicados a actividades sexuales reiterado en al menos 23 oportunidades, distribución, publicación y tenencia con fines inequívocos de distribución de representación de menores de 18 años dedicados a actividades sexuales reiterado en al menos 2 oportunidades, tenencia de imágenes y videos de abuso sexual infantil de menores de 13 años con fines inequívocos de distribución, todos en concurso real entre sí, conforme lo establece los arts. 55, 128 1°, 2 y 5° párrafo del C.P conforme la Ley N.° 27.436 B.O 23/4/2018. .-
Por su parte, el imputado prestó conformidad con el trámite de juicio abreviado y con calificación legal sustentada por el representante de la vindicta pública, así como también con la imposición de la pena de cuatro años y seis meses de prisión accesorias legales y costas del proceso, en virtud de tenerse por probados los hechos descriptos, en virtud de las constancias obtenidas a lo largo de la investigación efectuada y agregadas en autos.
Las presentes actuaciones tuvieron su génesis mediante el ingreso a la UFI 14 del Departamento Judicial San Martín de la investigación descargada del servidor FTP del Cuerpo de Investigaciones Judiciales denominado persona investigada 34 Operación internacional, el día 25 de septiembre de 2020.
El mismo versa sobre la fase VII de la Operación Luz de Infancia iniciada en la República Federativa de Brasil en la que se establece que usuarios argentinos bajan, comparten y publican material de pornografía infantil en una red de internet P2P, correspondiendo a esta jurisdicción la persona identificada como número 34.
Esta operación de carácter internacional abarca usuarios situados en Panamá, Ecuador, Colombia, Estados Unidos, Brasil, Paraguay y Argentina, le anteceden tres fases en las que ha participado Argentina Luz de Infancia I, Luz de Infancia II y Luz de Infancia III.
En este sentido en las actuaciones remitidas por el Cuerpo de Investigaciones Judiciales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, registradas bajo el numero 65960, se explican las acciones realizadas hasta la llegada a esta jurisdicción con la investigación.
Este informe se efectúa en el marco de la Intervención CIJ N.º 65960, la que se realizó a partir de una colaboración internacional solicitada por la Secretaría Nacional de Seguridad Pública (SENASP) del Ministerio de Seguridad Nacional de Brasil, Institución que a través de la implementación de un software P2P logró dar con información de usuarios que descargan y comparten material con contenido de explotación sexual infantil y, que dentro de una larga lista de usuarios involucrados pudieron observar un notable número de objetivos cuyas IP de conexión pertenecen a la jurisdicción de Argentina.
Seguido a esto, siendo que los usuarios son investigados cuando comparten imágenes con aquellos hashes (un valor hash es una cadena compuesta por números y letras asignadas a datos electrónicos por un algoritmo informático. Actúa en forma identificatoria única para el elemento que pertenecen a la biblioteca de la plataforma Child Pornography System (CPS) y, teniendo en cuenta la necesidad por parte de la Fiscalía de contar con los archivos físicos como base probatoria, se procedió a realizar una descarga desde el sistema CPS (dicha biblioteca presenta solo información de aquellos archivos que han sido clasificados como contenido de Pornografía infantil.
Esto fue aclarado por Autoridades Públicas de Brasil habilitados para formar a cuerpos gubernamentales en la temática del CPS). El sistema CPS (Child Pornograhy Sistem) cuenta con una base de datos de códigos hash que se alimenta diariamente por todas las fuerzas policiales involucradas. Es así como, el CPS solo almacena la información del hash de cada archivo, que cada vez que las entidades policiales adscritas a este sistema encuentran nuevos contenidos de pornografía infantil, proceden a sumarlos a la base de datos y denominarlos en una cierta categoría.
De cada objetivo se obtuvo información de los blocks de conexión, y se identificaron direcciones IP seleccionadas según las conexiones más recientes. Solo en algunos casos se obtuvo información de los nombres de usuario (user name) acompañados de la identificación GUID.
Con la información de IP remitida, se consultó en la página www.lacnic.net, que prestadora de servicio poseía dichas IP asignadas al territorio argentino, llegándose a las constancias que obran en la sentencia de condena.
(Colaboración Departamento de Delitos Conexos a la Trata de Personas, Pornografía Infantil y Grooming, Procuración General - S.C.J.B.A.)
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
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