• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Septiembre 14, 2022

Recurso extraordinario. Sentencia arbitraria. Apartamiento de las constancias de la causa. Defensa en juicio. Indemnización. Exilio. Ley N.° 24.043. Incremento del beneficio. Desaparición forzada de personas. Fundamentos de la sentencia. Prueba. Lesiones graves.

Corte Suprema de Justicia de la Nación, Expte. CAF 23426/2018/CA1-CS1, “Aguilar, Raúl Eduardo c/ M Justicia y DDHH s/ indemnizaciones - ley 24043 - art 3”, 6 de septiembre de 2022

La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal desestimó el recurso directo promovido por el actor contra la resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que había rechazado la solicitud del incremento del beneficio previsto en el art 4° de la Ley N.° 24.043, peticionado con motivo de las lesiones psíquicas gravísimas que aquel alegó haber sufrido durante su detención ilegal.

 

Para resolver de esa manera, el tribunal “a quo” señaló que el actor no había sido debidamente examinado a través de la realización de una junta médica, conformada de acuerdo a las previsiones de la Ley Nacional de Salud Mental N.° 26.657 Mental y que su negativa a someterse a una nueva evaluación contrariaba el principio según el cual el administrado era un colaborador de la administración

 

Contra dicho pronunciamiento, el actor dedujo recurso extraordinario, que fue concedido, en el que tachó la sentencia de arbitraria por apartarse del informe en el que se determinó la existencia de las lesiones invocadas. Cuestionó también que el tribunal hubiera desconocido la legalidad en la composición de la junta a la que debió someterse, la que había sido conformada por el propio Estado Nacional; así como que se hubiera considerado que su negativa para una nueva evaluación implicaba una falta de colaboración con la administración.

 

La Corte, por unanimidad, admitió el recurso y dejó sin efecto este pronunciamiento. Para así resolver, consideró que el remedio federal resultaba admisible en virtud de que los agravios presentados suscitaban cuestión federal suficiente, toda vez que se denunciaba que el fallo apelado afectaba la garantía de defensa en juicio del recurrente, en tanto el tribunal “a quo” había otorgado un tratamiento inadecuado a la controversia suscitada, al apartarse de constancias de la causa y dar a la decisión un fundamento solo aparente. 

 

Sostuvo que la Cámara se había apartado del informe agregado al expediente en el que se constataron las lesiones, que la junta había sido conformada por el propio Estado Nacional y que el demandante había concurrido oportunamente prestando su consentimiento informado para ser examinado.

 

En ese sentido, opinó que resultaba arbitraria la sentencia que había rechazado la solicitud del incremento del beneficio previsto en el art 4° de la Ley N.° 24.043, toda vez que la Cámara, al objetar la integración de la junta que evaluó al peticionario, se apartó del informe agregado al expediente en el que se constataron las lesiones gravísimas que darían sustento a la reclamación, sin advertir que ese informe nunca fue discutido en cuanto a la idoneidad de sus conclusiones técnicas, ni que el peticionario no había sido efectivamente convocado para una nueva evaluación; máxime cuando la formación de un equipo para constatar las lesiones con una composición determinada no es un requisito que surja del régimen establecido en la Ley N.° 24.043 y su reglamentación, y que la junta a la que el actor se sometió fue conformada por el propio Estado Nacional.

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Nulidad de sentencia. Inteligencia artificial generativa. Ética judicial. Acuerdo Plenario 5435 STJ Chubut. Debido proceso. Juez natural. Control humano. Transparencia. Uso responsable de IA. Motivación judicial.
Cámara en lo Penal de la Circunscripción Judicial de Esquel, Provincia de Chubut “Provincia del Chubut c/ P.R.A.”, 15 de octubre de 2025
Avellaneda: dos aprehendidos tras allanamientos por hurto agravado de motovehículo
El 13 de octubre de 2025, personal de la Comisaría 4ta. de Sarandí efectivizó dos órdenes de allanamiento en un domicilio de la calle Roque Pérez, en el marco de una investigación por hurto agravado de vehículo dejado en la vía pública, ordenadas por el Juzgado de Garantías N.º 1 a solicitud de la UFI N.º 1 del Departamento Judicial Avellaneda-Lanús.
Cuidado personal compartido. Interés superior del niño. Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley. Insuficiencia técnica. Art. 279 CPCC. Centro de vida. Violencia familiar. Opinión del niño.
Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires, dictamen n.° C-126662-1 "R. A. F. C/ I. F. E. S/ Cuidado Personal", 20 de agosto de 2025.
Avellaneda: dos aprehendidos, uno de ellos menor, por tentativa de robo de motocicleta
El 13 de octubre de 2025, personal de la Unidad de Prevención de la Policía Local (UPPL) de Avellaneda logró la aprehensión de un joven de 18 años y de un menor de 14, luego de frustrar el robo de una motocicleta en la vía pública.
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2025

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Septiembre 14, 2022

Recurso extraordinario. Sentencia arbitraria. Apartamiento de las constancias de la causa. Defensa en juicio. Indemnización. Exilio. Ley N.° 24.043. Incremento del beneficio. Desaparición forzada de personas. Fundamentos de la sentencia. Prueba. Lesiones graves.

Corte Suprema de Justicia de la Nación, Expte. CAF 23426/2018/CA1-CS1, “Aguilar, Raúl Eduardo c/ M Justicia y DDHH s/ indemnizaciones - ley 24043 - art 3”, 6 de septiembre de 2022

La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal desestimó el recurso directo promovido por el actor contra la resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que había rechazado la solicitud del incremento del beneficio previsto en el art 4° de la Ley N.° 24.043, peticionado con motivo de las lesiones psíquicas gravísimas que aquel alegó haber sufrido durante su detención ilegal.

 

Para resolver de esa manera, el tribunal “a quo” señaló que el actor no había sido debidamente examinado a través de la realización de una junta médica, conformada de acuerdo a las previsiones de la Ley Nacional de Salud Mental N.° 26.657 Mental y que su negativa a someterse a una nueva evaluación contrariaba el principio según el cual el administrado era un colaborador de la administración

 

Contra dicho pronunciamiento, el actor dedujo recurso extraordinario, que fue concedido, en el que tachó la sentencia de arbitraria por apartarse del informe en el que se determinó la existencia de las lesiones invocadas. Cuestionó también que el tribunal hubiera desconocido la legalidad en la composición de la junta a la que debió someterse, la que había sido conformada por el propio Estado Nacional; así como que se hubiera considerado que su negativa para una nueva evaluación implicaba una falta de colaboración con la administración.

 

La Corte, por unanimidad, admitió el recurso y dejó sin efecto este pronunciamiento. Para así resolver, consideró que el remedio federal resultaba admisible en virtud de que los agravios presentados suscitaban cuestión federal suficiente, toda vez que se denunciaba que el fallo apelado afectaba la garantía de defensa en juicio del recurrente, en tanto el tribunal “a quo” había otorgado un tratamiento inadecuado a la controversia suscitada, al apartarse de constancias de la causa y dar a la decisión un fundamento solo aparente. 

 

Sostuvo que la Cámara se había apartado del informe agregado al expediente en el que se constataron las lesiones, que la junta había sido conformada por el propio Estado Nacional y que el demandante había concurrido oportunamente prestando su consentimiento informado para ser examinado.

 

En ese sentido, opinó que resultaba arbitraria la sentencia que había rechazado la solicitud del incremento del beneficio previsto en el art 4° de la Ley N.° 24.043, toda vez que la Cámara, al objetar la integración de la junta que evaluó al peticionario, se apartó del informe agregado al expediente en el que se constataron las lesiones gravísimas que darían sustento a la reclamación, sin advertir que ese informe nunca fue discutido en cuanto a la idoneidad de sus conclusiones técnicas, ni que el peticionario no había sido efectivamente convocado para una nueva evaluación; máxime cuando la formación de un equipo para constatar las lesiones con una composición determinada no es un requisito que surja del régimen establecido en la Ley N.° 24.043 y su reglamentación, y que la junta a la que el actor se sometió fue conformada por el propio Estado Nacional.

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Nulidad de sentencia. Inteligencia artificial generativa. Ética judicial. Acuerdo Plenario 5435 STJ Chubut. Debido proceso. Juez natural. Control humano. Transparencia. Uso responsable de IA. Motivación judicial.
Cámara en lo Penal de la Circunscripción Judicial de Esquel, Provincia de Chubut “Provincia del Chubut c/ P.R.A.”, 15 de octubre de 2025
Avellaneda: dos aprehendidos tras allanamientos por hurto agravado de motovehículo
El 13 de octubre de 2025, personal de la Comisaría 4ta. de Sarandí efectivizó dos órdenes de allanamiento en un domicilio de la calle Roque Pérez, en el marco de una investigación por hurto agravado de vehículo dejado en la vía pública, ordenadas por el Juzgado de Garantías N.º 1 a solicitud de la UFI N.º 1 del Departamento Judicial Avellaneda-Lanús.
Cuidado personal compartido. Interés superior del niño. Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley. Insuficiencia técnica. Art. 279 CPCC. Centro de vida. Violencia familiar. Opinión del niño.
Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires, dictamen n.° C-126662-1 "R. A. F. C/ I. F. E. S/ Cuidado Personal", 20 de agosto de 2025.
Avellaneda: dos aprehendidos, uno de ellos menor, por tentativa de robo de motocicleta
El 13 de octubre de 2025, personal de la Unidad de Prevención de la Policía Local (UPPL) de Avellaneda logró la aprehensión de un joven de 18 años y de un menor de 14, luego de frustrar el robo de una motocicleta en la vía pública.

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar