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Septiembre 21, 2022

Condenaron a un hombre por distribuir imágenes de menores de 18 años con fines sexuales en Tandil

El veredicto condenatorio fue dictado por el juez Carlos Alberto Pocorena, a cargo del Juzgado Correccional N.° 1 de Tandil contra Oscar Alejandro Dei, de 41 años y profesión enfermero, quien fue condenado por facilitación y/o distribución de representaciones de menores de 18 años de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales, a la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional.

Según lo que se comprobó durante el desarrollo del proceso, el encausado había reproducido, a través de su cuenta en la red social Facebook, dicha imagen. En el fallo, el juez determinó que no existían dudas acerca de que la imagen difundida por el condenado resultaba ser de claro contenido de material de abuso sexual infantil, en tanto se observaba a una niña menor de dieciocho años de edad exhibiendo sus genitales con claro contenido sexual explícita con fines sexuales. 

 

La sentencia menciona la denuncia que dio origen a la presente causa, la cual surgió en forma automática del Centro Nacional para Niños Explotados y Desaparecidos (National Center for Missing & Exploited Children), organización privada sin fines de lucro, que provee servicios en todo el país a familias y profesionales en la prevención de secuestros y explotación sexual de niños; institución que se encuentra en Estados Unidos y opera la CyberTipline y el Niño Víctima, programa de identificación que colabora en estas investigaciones con las fuerzas policiales, los proveedores de servicio de internet y al servicio de pago electrónico para reducir la distribución de imágenes de explotación sexual infantil y videos a través de internet con fines de investigación, la que fue adoptada por el Ministerio Público Fiscal por Resolución N.° 435/2013.

 

El juez de Tandil hace mención, en repetidas oportunidades, al fallo de la Sala II del Tribunal de Casación Penal que en un caso similar había rechazado, a instancias de la Fiscalía General, un sobreseimiento dictado por la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Azul, el que citó como precedente para condenar al acusado en esta causa.

 

La condena a un año y medio de prisión de ejecución condicional contiene, además, diferentes obligaciones que el acusado deberá cumplir por el plazo de dos años. Entre ellas, no mantener contacto por redes sociales con menores de edad ni cometer "nuevos delitos en general y, en particular, vinculados con la difusión de material con contenido de abuso sexual infantil", también deberá fijar domicilio y, una vez que el fallo esté firme, deberá presentarse mensualmente ante la Delegación del Patronato de Liberados de Tandil.

 

 

Además, el encausado no podrá mantener "contacto por redes sociales con personas menores de edad ni enviar imágenes de contenido de abuso sexual infantil" y deberá ser sometido -por parte de especialistas pertenecientes a la Asesoría Pericial del Departamento Judicial Azul- a un estudio psicológico y psiquiátrico, con la finalidad de que se determine "si padece alguna patología" por la cual sea necesario que tenga que recibir un determinado tratamiento.

 

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El veredicto condenatorio fue dictado por el juez Carlos Alberto Pocorena, a cargo del Juzgado Correccional N.° 1 de Tandil contra Oscar Alejandro Dei, de 41 años y profesión enfermero, quien fue condenado por facilitación y/o distribución de representaciones de menores de 18 años de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales, a la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional.

Según lo que se comprobó durante el desarrollo del proceso, el encausado había reproducido, a través de su cuenta en la red social Facebook, dicha imagen. En el fallo, el juez determinó que no existían dudas acerca de que la imagen difundida por el condenado resultaba ser de claro contenido de material de abuso sexual infantil, en tanto se observaba a una niña menor de dieciocho años de edad exhibiendo sus genitales con claro contenido sexual explícita con fines sexuales. 

 

La sentencia menciona la denuncia que dio origen a la presente causa, la cual surgió en forma automática del Centro Nacional para Niños Explotados y Desaparecidos (National Center for Missing & Exploited Children), organización privada sin fines de lucro, que provee servicios en todo el país a familias y profesionales en la prevención de secuestros y explotación sexual de niños; institución que se encuentra en Estados Unidos y opera la CyberTipline y el Niño Víctima, programa de identificación que colabora en estas investigaciones con las fuerzas policiales, los proveedores de servicio de internet y al servicio de pago electrónico para reducir la distribución de imágenes de explotación sexual infantil y videos a través de internet con fines de investigación, la que fue adoptada por el Ministerio Público Fiscal por Resolución N.° 435/2013.

 

El juez de Tandil hace mención, en repetidas oportunidades, al fallo de la Sala II del Tribunal de Casación Penal que en un caso similar había rechazado, a instancias de la Fiscalía General, un sobreseimiento dictado por la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Azul, el que citó como precedente para condenar al acusado en esta causa.

 

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Además, el encausado no podrá mantener "contacto por redes sociales con personas menores de edad ni enviar imágenes de contenido de abuso sexual infantil" y deberá ser sometido -por parte de especialistas pertenecientes a la Asesoría Pericial del Departamento Judicial Azul- a un estudio psicológico y psiquiátrico, con la finalidad de que se determine "si padece alguna patología" por la cual sea necesario que tenga que recibir un determinado tratamiento.

 

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