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Septiembre 30, 2022

Incidente de nulidad. Ilícitos cometidos en establecimientos de detención. Estupefacientes. Actas. Requisitos. Testigos. Servicio Penitenciario Federal. . Validez. Ley N.° 23.737

Cámara Federal de Apelaciones de La Plata Sala II, Expte. FLP 17846/2021/1/CA1, “Becerra, Jonathan/ Incidente de Nulidad”, 29 de septiembre de 2022

La presente causa se inició a raíz del hallazgo, por parte de personal del Complejo Penitenciario Federal N-° 1 de Ezeiza, de material estupefaciente en el interior de una encomienda recibida en la Unidad Residencial IV, dirigida a un recluso por parte del imputado en la que se hallaron dos envoltorios con marihuana acondicionados en el interior de un par de zapatillas, que pesaron un total de 7.6 gramos. 

 

Por el hecho relatado, el Juzgado Federal N.° 2 de Lomas de Zamora Secretaría N.° 5, el acusado fue procesado en primera instancia en orden al delito previsto y reprimido por el artículo 5, inciso e), agravado por el artículo 11, inciso e), ambos de la Ley N.° 23.737, en calidad de autor. Dicho pronunciamiento fue confirmado por esta Alzada y recurrido por la defensa.

 

La defensora oficial solicitó se declarase la nulidad de las actas en las que se plasmaron los hechos que dieran origen a estos actuados y la nulidad de todo lo actuado en consecuencia, señalando que las actas en las que se plasmaron los hechos que dieran origen a estos actuados no cumplían con los requisitos del artículo 138 y siguientes del Código Procesal Penal, en tanto los testigos formaban parte del plantel de funcionarios del Servicio Penitenciario Federal.

 

La Cámara Federal resolvió confirmar el auto apelado en todo cuanto decidía y fuera materia de agravio por entender que la exigencia del art. 138 y sgtes. del CPPN, en punto a la presencia de testigos ajenos a la repartición, no comprendía -como en el caso- a las actas que se labrasen por ilícitos cometidos en la sede del establecimiento de detención, puesto que las circunstancias en que se desarrolló el acto imponían necesariamente la participación de agentes de dicha institución y, además, por tratarse de un lugar cuyo acceso restringido dificultaba la presencia de personas extrañas al establecimiento



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Bahía Blanca: condena en juicio abreviado por distribución agravada de material de abuso sexual infantil
A instancias del Ministerio Público Fiscal, el Tribunal Oral en lo Criminal n.° 1 dictó sentencia condenatoria —en el marco de un juicio abreviado— contra una persona adulta por cinco hechos de distribución y/o facilitación de representaciones de menores de 18 años en actividades sexuales explícitas, agravados por tratarse de víctimas menores de 13 años, en concurso real. La pena impuesta fue de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión, con accesorias legales
Avellaneda: dos aprehendidos por encubrimiento tras hallazgo de motocicleta con pedido activo
En un operativo coordinado por la Unidad de Prevención de la Policía Local (UPPL) de Avellaneda, y bajo la dirección de la Unidad Funcional de Instrucción n.° 3 del Departamento Judicial Avellaneda–Lanús, se procedió a la aprehensión de dos personas adultas por el delito de encubrimiento, tras el secuestro de un motovehículo que presentaba pedido de secuestro activo
Ministerio Público Fiscal. Defensa del consumidor. Intervención. Competencia. Autonomía funcional. Legalidad. Interés general. Artículo 120 Constitución Nacional. Artículo 52 Ley n.° 24.240. Ley n.° 27.148. Daño punitivo. Asimetría. Proceso sumarísimo. Arbitrariedad de sentencia.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Cáceres Carrera, Facundo Ariel y otro c/ Ford Argentina S.C.A. y otro s/ sumarísimo”, 7 de agosto de 2025
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Cámara Federal de Apelaciones de La Plata Sala II, Expte. FLP 17846/2021/1/CA1, “Becerra, Jonathan/ Incidente de Nulidad”, 29 de septiembre de 2022

La presente causa se inició a raíz del hallazgo, por parte de personal del Complejo Penitenciario Federal N-° 1 de Ezeiza, de material estupefaciente en el interior de una encomienda recibida en la Unidad Residencial IV, dirigida a un recluso por parte del imputado en la que se hallaron dos envoltorios con marihuana acondicionados en el interior de un par de zapatillas, que pesaron un total de 7.6 gramos. 

 

Por el hecho relatado, el Juzgado Federal N.° 2 de Lomas de Zamora Secretaría N.° 5, el acusado fue procesado en primera instancia en orden al delito previsto y reprimido por el artículo 5, inciso e), agravado por el artículo 11, inciso e), ambos de la Ley N.° 23.737, en calidad de autor. Dicho pronunciamiento fue confirmado por esta Alzada y recurrido por la defensa.

 

La defensora oficial solicitó se declarase la nulidad de las actas en las que se plasmaron los hechos que dieran origen a estos actuados y la nulidad de todo lo actuado en consecuencia, señalando que las actas en las que se plasmaron los hechos que dieran origen a estos actuados no cumplían con los requisitos del artículo 138 y siguientes del Código Procesal Penal, en tanto los testigos formaban parte del plantel de funcionarios del Servicio Penitenciario Federal.

 

La Cámara Federal resolvió confirmar el auto apelado en todo cuanto decidía y fuera materia de agravio por entender que la exigencia del art. 138 y sgtes. del CPPN, en punto a la presencia de testigos ajenos a la repartición, no comprendía -como en el caso- a las actas que se labrasen por ilícitos cometidos en la sede del establecimiento de detención, puesto que las circunstancias en que se desarrolló el acto imponían necesariamente la participación de agentes de dicha institución y, además, por tratarse de un lugar cuyo acceso restringido dificultaba la presencia de personas extrañas al establecimiento



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