El juez Hugo De Rosa, a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N.° 1 de la ciudad de Bahía Blanca condenó, en un juicio abreviado, a un hombre por el delito de "robo agravado por el uso de armas" al mínimo, es decir, a la pena de 5 años y 2 meses de prisión.
Para arribar a tal solución tuvo en especial consideración que el hombre, que había sido hallado culpable de robo a mano armada, en la localidad bonaerense se Carmen de Patagones, después de los hechos se arrepintió, reparó los daños provocados a una de las víctimas e intentó contactar a la otra para hacer lo mismo.
En el fallo el juez señaló que debía computar como elemento minorizante el arrepentimiento efectuado por el causante y la reparación del daño causado, al menos en relación a una de las víctimas, toda vez que la otra víctima no pudo ser contactada.
Según consta en la causa, el primero de los robos se produjo el 1 de agosto último, cuando el acusado transitaba a bordo de su moto e interceptó a una mujer que caminaba por Manuel Belgrano al 600 de la mencionada localidad, oportunidad en la que le robó la mochila, le exhibió un cuchillo, tras lo cual, le sustrajo los auriculares, el teléfono celular y una tarjeta de débito.
El segundo de los robos ocurrió el pasado 3 de agosto, en el puente seco de Carmen de Patagones, donde le quitó la bicicleta a una joven, luego de exhibirle un cuchillo. En ambos casos, el hombre manifestó estar arrepentido y reparó el daño cometido comprando una bicicleta nueva para la joven e intentando contactar a la otra víctima.
El juez Hugo De Rosa, a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N.° 1 de la ciudad de Bahía Blanca condenó, en un juicio abreviado, a un hombre por el delito de "robo agravado por el uso de armas" al mínimo, es decir, a la pena de 5 años y 2 meses de prisión.
Para arribar a tal solución tuvo en especial consideración que el hombre, que había sido hallado culpable de robo a mano armada, en la localidad bonaerense se Carmen de Patagones, después de los hechos se arrepintió, reparó los daños provocados a una de las víctimas e intentó contactar a la otra para hacer lo mismo.
En el fallo el juez señaló que debía computar como elemento minorizante el arrepentimiento efectuado por el causante y la reparación del daño causado, al menos en relación a una de las víctimas, toda vez que la otra víctima no pudo ser contactada.
Según consta en la causa, el primero de los robos se produjo el 1 de agosto último, cuando el acusado transitaba a bordo de su moto e interceptó a una mujer que caminaba por Manuel Belgrano al 600 de la mencionada localidad, oportunidad en la que le robó la mochila, le exhibió un cuchillo, tras lo cual, le sustrajo los auriculares, el teléfono celular y una tarjeta de débito.
El segundo de los robos ocurrió el pasado 3 de agosto, en el puente seco de Carmen de Patagones, donde le quitó la bicicleta a una joven, luego de exhibirle un cuchillo. En ambos casos, el hombre manifestó estar arrepentido y reparó el daño cometido comprando una bicicleta nueva para la joven e intentando contactar a la otra víctima.
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
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