En el marco de una investigación de la UFIJ N.º 14, a cargo de la fiscal Marina Lara, el Tribunal en lo Criminal N.º 1 – compuesto por los Dres. Christian Yesari, Ricardo Gutiérrez y Hugo De Rosa- condenó a la pena de 14 años de prisión a un hombre por haber abusado de una niña de 12 años en Punta Alta
Colaboración Lic. Jesica V. Rípodas – Prensa Ministerio Público Fiscal Departamental Bahía Blanca
La sentencia lleva fecha 16 de marzo de 2023 y fue caratulada como abuso sexual con acceso carnal agravado por el aprovechamiento de la convivencia preexistente con una menor de edad.
Según la causa, los hechos se produjeron a mediados del año 2016 cuando el hombre ingresó a la habitación de la menor, le tapó la boca con una de sus manos mientras la accedió carnalmente y luego la amenazó para que no contara lo sucedido.
En su alegato de clausura, la agente fiscal solicitó considerar como agravantes un antecedente computable que recaía sobre el encausado, el empleo de amenazas para amedrentar a la víctima que consideró excedente a los requisitos típicos de la figura aplicable en autos por ser la víctima menor de 13 años de edad al momento de comisión del presunto ilícito y, por ello, computable como severizante genérico, la diferencia de edad entre el presunto agresor y la víctima en cuanto superioridad física aprovechada y facilitante del acaecimiento, el daño psicológico experimentado por la joven víctima y descrito tanto en testimonios como en experticias agregadas como prueba documental y, la no utilización de protección profiláctica por parte del presunto autor, lo que suponía un aumento del riesgo del bien jurídico comprometido ante la posibilidad de embarazo o trasmisión de padecimientos venéreos.
El hombre, que en la oportunidad de la convivencia con la menor era el novio de una de sus hermanas, fue condenado por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad, en los términos del art. 119 párrafo 3ro. en función del párrafo 4to. inc. f) del Código Penal, atribuible en calidad de autor penalmente responsable.
Por último, la agente fiscal solicitó para la madre de la menor y sus hijos, quienes se encontrarían en situación de vulnerabilidad socioeconómica, se libre oficio al organismo Estatal que corresponda a los fines de su asistencia.
En el marco de una investigación de la UFIJ N.º 14, a cargo de la fiscal Marina Lara, el Tribunal en lo Criminal N.º 1 – compuesto por los Dres. Christian Yesari, Ricardo Gutiérrez y Hugo De Rosa- condenó a la pena de 14 años de prisión a un hombre por haber abusado de una niña de 12 años en Punta Alta
La sentencia lleva fecha 16 de marzo de 2023 y fue caratulada como abuso sexual con acceso carnal agravado por el aprovechamiento de la convivencia preexistente con una menor de edad.
Según la causa, los hechos se produjeron a mediados del año 2016 cuando el hombre ingresó a la habitación de la menor, le tapó la boca con una de sus manos mientras la accedió carnalmente y luego la amenazó para que no contara lo sucedido.
En su alegato de clausura, la agente fiscal solicitó considerar como agravantes un antecedente computable que recaía sobre el encausado, el empleo de amenazas para amedrentar a la víctima que consideró excedente a los requisitos típicos de la figura aplicable en autos por ser la víctima menor de 13 años de edad al momento de comisión del presunto ilícito y, por ello, computable como severizante genérico, la diferencia de edad entre el presunto agresor y la víctima en cuanto superioridad física aprovechada y facilitante del acaecimiento, el daño psicológico experimentado por la joven víctima y descrito tanto en testimonios como en experticias agregadas como prueba documental y, la no utilización de protección profiláctica por parte del presunto autor, lo que suponía un aumento del riesgo del bien jurídico comprometido ante la posibilidad de embarazo o trasmisión de padecimientos venéreos.
El hombre, que en la oportunidad de la convivencia con la menor era el novio de una de sus hermanas, fue condenado por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad, en los términos del art. 119 párrafo 3ro. en función del párrafo 4to. inc. f) del Código Penal, atribuible en calidad de autor penalmente responsable.
Por último, la agente fiscal solicitó para la madre de la menor y sus hijos, quienes se encontrarían en situación de vulnerabilidad socioeconómica, se libre oficio al organismo Estatal que corresponda a los fines de su asistencia.
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
Contacto
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
Contacto