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Abril 18, 2023

Condenan a ocho años de prisión al hombre acusado de matar a su hijastro

El día jueves 13 de abril del corriente se dio a conocer en el Tribunal Oral en lo Criminal N.° 2 del Departamento Judicial Mercedes, el veredicto en el marco del juicio contra un hombre de 51 años por el homicidio de un muchacho de 29 años, hijo de quien era por entonces su concubina, hecho ocurrido el 16 de febrero de 2019 en la localidad de Luján.

Colaboración Yesica Landola - Área Comunicacional - Ministerio Público Fiscal Dpto. Judicial Mercedes

La imputación sostenida por el fiscal de la Unidad Fiscal de Juicio N.° 1, Dr. Adrián Landini, fue de “Homicidio simple”, solicitando además la imposición de la pena de ocho años de prisión, accesorias legales y costas, de acuerdo al trámite del juicio abreviado previsto por el Código Procesal Penal, en la que tanto el acusado como la defensa, así como la madre de la víctima, prestaron conformidad.

 

Para el juez Dr. Juan Manuel Renaud Mas, fue debidamente acreditado que el día 16 de febrero de 2019, siendo las 16.30 h, el imputado, mediante la utilización de un arma blanca, dio muerte al hijo de su concubina al asestarle con aquel elemento una herida cortopunzante en el tórax, en el domicilio que compartían en barrio Ameghino, en Luján. 

 

Para arribar a dicha resolución se basó en los diversos elementos que se adjuntaron a la causa, los cuales se ventilaron durante el juicio abreviado llevado a cabo el pasado 15 de marzo.

 

Es así como resolvió que el acusado resultaba autor penalmente responsable del delito de “Homicidio simple”, condenando al mismo a la pena de ocho años de prisión, accesorias legales y costas.

 

 

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Amparo. Ley n.° 16.986. Acceso a la información pública. Ley n.° 27.275. Banco de la Nación Argentina. Resolución AAIP RESOL-2024-21-APN-AAIP. Caducidad. Principio de máxima divulgación. Transparencia y publicidad de la gestión pública. Acto administrativo firme y ejecutorio. Excepciones legales. Artículo 8 Ley n.° 27.275
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Conflicto de competencia. Delitos informáticos. Suplantación de identidad digital. Estafa y fraude (arts. 172 y 173 CP). Acceso ilegítimo a red social (art. 153 y 153 bis CP). Regla de subsidiariedad.
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