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Abril 27, 2023

Ciberestafa: Ordenan reintegrar el dinero a una víctima de “phishing” en Azul

El día 26 de abril, el Juez de Garantías Federico Barberena, magistrado a cargo del Juzgado de Garantías N.° 2 del Departamento Judicial Azul, ordenó hacer lugar a la solicitud del Agente Fiscal Lucas Moyano y ordenó reintegrar el dinero a una víctima de “phishing” que había sido inmovilizado en la cuenta de destino, en protección de los derechos del damnificado.

Colaboración Departamento Judicial Azul

A raíz de la denuncia recibida el 7 de febrero del año en curso, en virtud de la cual la víctima manifestaba el acceso ilegitimo y apoderamiento de su cuenta de WhatsApp, suplantación de identidad y “phishing”, se verificó el delito de estafa en el que, al menos, una persona generó una disposición patrimonial perjudicial para la víctima, a partir de lo cual el agente fiscal requirió que se le reintegre el dinero que pudo inmovilizarse en una cuenta de la empresa Mercado Pago, haciendo cesar el estado antijurídico ocasionado por el hecho investigado.

 

De acuerdo a lo informado, la víctima fue contactada desde el abonado de un allegado, donde el investigado falazmente se presentó como si fuera este, logrando mediante un ardid la disposición patrimonial voluntaria de la misma, como así también el comprobante de la transferencia realizada por la cifra reclamada.

 

En esencia, la persona investigada, previa maniobra, logró el control de la cuenta de WhatsApp de su allegado, contactó a diversas personas con idéntica finalidad de desapoderamiento, habiendo logrado en el caso que nos ocupa obtener mediante engaño la suma de 180.000 pesos remitidos vía transferencia -tres diferentes- a la cuenta que el autor de la maniobra le indicó, lo que le generó a la víctima una disposición patrimonial de pesos $180000.

 

El juez en su resolución expresó que con lo previamente destacado quedaba debidamente expuesta la maniobra desarrollada, la disposición patrimonial lograda, el perjuicio ocasionado, y el destino de los fondos "congelados" por una proactiva actuación del MPF en una cuenta de Mercado Pago a disposición judicial.

 

Destacó el acierto del MPF al requerir el reintegro al damnificado de los fondos defraudados que se encuentran en una cuenta cuyo titular resulta quien se sindica a la fecha como probable autor del ardid, dando cumplimiento a la manda que impone el artículo 83 inciso 7 del ordenamiento ritual.

 

Por lo antes expuesto, ordenó a Mercado Libre la inmediata transferencia de la suma de $180.000 inmovilizada en la cuenta identificada a nombre de la víctima, reintegrándole los fondos a su titular.

 

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A raíz de la denuncia recibida el 7 de febrero del año en curso, en virtud de la cual la víctima manifestaba el acceso ilegitimo y apoderamiento de su cuenta de WhatsApp, suplantación de identidad y “phishing”, se verificó el delito de estafa en el que, al menos, una persona generó una disposición patrimonial perjudicial para la víctima, a partir de lo cual el agente fiscal requirió que se le reintegre el dinero que pudo inmovilizarse en una cuenta de la empresa Mercado Pago, haciendo cesar el estado antijurídico ocasionado por el hecho investigado.

 

De acuerdo a lo informado, la víctima fue contactada desde el abonado de un allegado, donde el investigado falazmente se presentó como si fuera este, logrando mediante un ardid la disposición patrimonial voluntaria de la misma, como así también el comprobante de la transferencia realizada por la cifra reclamada.

 

En esencia, la persona investigada, previa maniobra, logró el control de la cuenta de WhatsApp de su allegado, contactó a diversas personas con idéntica finalidad de desapoderamiento, habiendo logrado en el caso que nos ocupa obtener mediante engaño la suma de 180.000 pesos remitidos vía transferencia -tres diferentes- a la cuenta que el autor de la maniobra le indicó, lo que le generó a la víctima una disposición patrimonial de pesos $180000.

 

El juez en su resolución expresó que con lo previamente destacado quedaba debidamente expuesta la maniobra desarrollada, la disposición patrimonial lograda, el perjuicio ocasionado, y el destino de los fondos "congelados" por una proactiva actuación del MPF en una cuenta de Mercado Pago a disposición judicial.

 

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