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Mayo 04, 2023

Nuevo protocolo para la gestión electrónica de procesos en causas penales

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, en coordinación con la Procuración General, dictó la Resolución SC N.° 868/23, por medio de la cual se dispuso, a partir del 8 de mayo del corriente, la obligatoriedad de un nuevo protocolo para la gestión electrónica de procesos en causas penales.

La Resolución dictada por la Suprema Corte provincial, en coordinación con la Procuración General, establece el uso obligatorio del protocolo de actuación, que como anexo forma parte integral de la norma, en los procesos penales en la etapa de instrucción, juicio y ejecución, a partir del próximo 8 de mayo, para los órganos del fuero Penal y de Responsabilidad Penal Juvenil.

 

Esta implementación permite avanzar en la interoperatividad técnica de los sistemas informáticos de gestión judicial que funcionan en el ámbito de la Suprema Corte y la Procuración General, AUGUSTA y SIMP, respectivamente, con el fin de garantizar una interacción permanente entre ambos, con el objeto de agilizar los procesos y actividades propias de cada una de las jurisdicciones.

 

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Corte Interamericana de Derechos Humanos. Opinión Consultiva. Derecho al cuidado. Autonomía personal. Igualdad sustantiva. Derechos interdependientes. Derecho a cuidar. Derecho a ser cuidado. Derecho al autocuidado. Corresponsabilidad social. Políticas públicas. Sistemas integrales de cuidado. Grupos vulnerables. Enfoque interseccional. Obligaciones estatales. Exigibilidad judicial.
Corte Interamericana de Derechos Humanos, “Opinión Consultiva OC-31/25”, 12 de junio de 2025 solicitada por la República Argentina.
Bahía Blanca: condena en juicio abreviado por distribución agravada de material de abuso sexual infantil
A instancias del Ministerio Público Fiscal, el Tribunal Oral en lo Criminal n.° 1 dictó sentencia condenatoria —en el marco de un juicio abreviado— contra una persona adulta por cinco hechos de distribución y/o facilitación de representaciones de menores de 18 años en actividades sexuales explícitas, agravados por tratarse de víctimas menores de 13 años, en concurso real. La pena impuesta fue de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión, con accesorias legales
Avellaneda: dos aprehendidos por encubrimiento tras hallazgo de motocicleta con pedido activo
En un operativo coordinado por la Unidad de Prevención de la Policía Local (UPPL) de Avellaneda, y bajo la dirección de la Unidad Funcional de Instrucción n.° 3 del Departamento Judicial Avellaneda–Lanús, se procedió a la aprehensión de dos personas adultas por el delito de encubrimiento, tras el secuestro de un motovehículo que presentaba pedido de secuestro activo
Ministerio Público Fiscal. Defensa del consumidor. Intervención. Competencia. Autonomía funcional. Legalidad. Interés general. Artículo 120 Constitución Nacional. Artículo 52 Ley n.° 24.240. Ley n.° 27.148. Daño punitivo. Asimetría. Proceso sumarísimo. Arbitrariedad de sentencia.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Cáceres Carrera, Facundo Ariel y otro c/ Ford Argentina S.C.A. y otro s/ sumarísimo”, 7 de agosto de 2025
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La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, en coordinación con la Procuración General, dictó la Resolución SC N.° 868/23, por medio de la cual se dispuso, a partir del 8 de mayo del corriente, la obligatoriedad de un nuevo protocolo para la gestión electrónica de procesos en causas penales.

La Resolución dictada por la Suprema Corte provincial, en coordinación con la Procuración General, establece el uso obligatorio del protocolo de actuación, que como anexo forma parte integral de la norma, en los procesos penales en la etapa de instrucción, juicio y ejecución, a partir del próximo 8 de mayo, para los órganos del fuero Penal y de Responsabilidad Penal Juvenil.

 

Esta implementación permite avanzar en la interoperatividad técnica de los sistemas informáticos de gestión judicial que funcionan en el ámbito de la Suprema Corte y la Procuración General, AUGUSTA y SIMP, respectivamente, con el fin de garantizar una interacción permanente entre ambos, con el objeto de agilizar los procesos y actividades propias de cada una de las jurisdicciones.

 

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