• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Junio 08, 2023

Recurso extraordinario. Inaplicabilidad de ley. Daños y perjuicios. Incumplimiento de contrato. Seguros. Seguro de vida colectivo. Prescripción. Ley aplicable. Plazos. Relación de consumo. Art. 50 de la Ley N.° 24.240

Dictamen del Procurador General, Expte. C 125.525-1, “T., J. L. c/ Caja de Seguros S.A. s/ Daños y Perjuicios. Incumplimiento contractual, 24 de junio de 2022

La Sala Segunda de la Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de La Plata confirmó la sentencia dictada por la señora jueza de la instancia anterior que, a su turno, admitió la excepción de prescripción deducida por la Caja de Seguros S.A. accionada y, en consecuencia, rechazó la demanda de daños y perjuicios por incumplimiento de contrato de seguro de vida colectivo que en su contra promoviera el actor, con imposición de costas a su exclusivo cargo. 

 

Contra dicho pronunciamiento se alzó el letrado apoderado del actor mediante el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, cuya concesión fue dispuesta en la instancia ordinaria.

 

El Procurador General en la intervención que le cupo de conformidad con la vista conferida por la Suprema Corte opinó favorable a su progreso, al igual que lo hiciera al dictaminar en las causas C. 125.122 y C. 125.320 -substancialmente análogas a la presente-, cuyos fundamentos reprodujo, en lo pertinente y, en mérito de las consideraciones vertidas y las concordantes volcadas por el señor Fiscal de Cámaras en el dictamen presentado, consideró que correspondería hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido y así debería declararlo el alto Tribunal al momento de dictar sentencia.

 

Expresó que debía tenerse al principio protectorio del consumidor como norma fundante es cimiento que atraviesa todo el orden jurídico y aseguró que el propio art. 1 de la Ley N.° 24.240, texto según Ley N.° 26.361, así lo expresaba terminantemente, al tiempo que recordó que las disposiciones de esta ley gozan del carácter de orden público que le atribuyó el legislador.

 

Así, afirmó que la Ley del Consumidor y la recepción de sus principios fundamentales por el sistema del Código Civil y Comercial habían de servir de brújula para componer el dilema que el instituto de la prescripción liberatoria en materia de contratos de seguro celebrados por y/o en beneficio del consumidor plantea luego de la reforma introducida por la Ley N.° 26.994 que eliminó a las acciones judiciales o administrativas del plazo trienal contenido en el art. 50 del cuerpo legal mencionado.

 

Agregó que el amplio paraguas de amparo que la Constitución nacional decidió otorgar al sujeto estructuralmente vulnerable en las relaciones de consumo no se agotaba en la regulación microsistémica contenida en la Ley N.° 24.240 sino que se coordinaba, complementaba y correlaciona con la “protección contractual del consumidor” diseñada por el codificador civil y comercial, de manera que frente a la disyuntiva que presenta la convergencia de dos ordenamientos legales en torno de la materia, esto es, el art. 58 de la Ley de Seguros y el art. 2560 del Código Unificado susceptible de integrar a aquél en la materia, el operador jurídico deberá aplicar el plazo genérico de 5 años consagrado en este último precepto legal por imperio de los criterios de ponderación y prelación normativa previstos en los arts. 3 del estatuto consumeril y 1094 del Código Civil y Comercial en cuanto obligan de manera inexorable a dar preeminencia a las disposiciones que sean más favorables para los consumidores y usuarios por sobre cualquier otra ley general o especial.

 

DESCARGAR DICTAMEN

Logo

Otras noticias destacadas

Corte Interamericana de Derechos Humanos. Opinión Consultiva. Derecho al cuidado. Autonomía personal. Igualdad sustantiva. Derechos interdependientes. Derecho a cuidar. Derecho a ser cuidado. Derecho al autocuidado. Corresponsabilidad social. Políticas públicas. Sistemas integrales de cuidado. Grupos vulnerables. Enfoque interseccional. Obligaciones estatales. Exigibilidad judicial.
Corte Interamericana de Derechos Humanos, “Opinión Consultiva OC-31/25”, 12 de junio de 2025 solicitada por la República Argentina.
Bahía Blanca: condena en juicio abreviado por distribución agravada de material de abuso sexual infantil
A instancias del Ministerio Público Fiscal, el Tribunal Oral en lo Criminal n.° 1 dictó sentencia condenatoria —en el marco de un juicio abreviado— contra una persona adulta por cinco hechos de distribución y/o facilitación de representaciones de menores de 18 años en actividades sexuales explícitas, agravados por tratarse de víctimas menores de 13 años, en concurso real. La pena impuesta fue de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión, con accesorias legales
Avellaneda: dos aprehendidos por encubrimiento tras hallazgo de motocicleta con pedido activo
En un operativo coordinado por la Unidad de Prevención de la Policía Local (UPPL) de Avellaneda, y bajo la dirección de la Unidad Funcional de Instrucción n.° 3 del Departamento Judicial Avellaneda–Lanús, se procedió a la aprehensión de dos personas adultas por el delito de encubrimiento, tras el secuestro de un motovehículo que presentaba pedido de secuestro activo
Ministerio Público Fiscal. Defensa del consumidor. Intervención. Competencia. Autonomía funcional. Legalidad. Interés general. Artículo 120 Constitución Nacional. Artículo 52 Ley n.° 24.240. Ley n.° 27.148. Daño punitivo. Asimetría. Proceso sumarísimo. Arbitrariedad de sentencia.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Cáceres Carrera, Facundo Ariel y otro c/ Ford Argentina S.C.A. y otro s/ sumarísimo”, 7 de agosto de 2025
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2025

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Junio 08, 2023

Recurso extraordinario. Inaplicabilidad de ley. Daños y perjuicios. Incumplimiento de contrato. Seguros. Seguro de vida colectivo. Prescripción. Ley aplicable. Plazos. Relación de consumo. Art. 50 de la Ley N.° 24.240

Dictamen del Procurador General, Expte. C 125.525-1, “T., J. L. c/ Caja de Seguros S.A. s/ Daños y Perjuicios. Incumplimiento contractual, 24 de junio de 2022

La Sala Segunda de la Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de La Plata confirmó la sentencia dictada por la señora jueza de la instancia anterior que, a su turno, admitió la excepción de prescripción deducida por la Caja de Seguros S.A. accionada y, en consecuencia, rechazó la demanda de daños y perjuicios por incumplimiento de contrato de seguro de vida colectivo que en su contra promoviera el actor, con imposición de costas a su exclusivo cargo. 

 

Contra dicho pronunciamiento se alzó el letrado apoderado del actor mediante el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, cuya concesión fue dispuesta en la instancia ordinaria.

 

El Procurador General en la intervención que le cupo de conformidad con la vista conferida por la Suprema Corte opinó favorable a su progreso, al igual que lo hiciera al dictaminar en las causas C. 125.122 y C. 125.320 -substancialmente análogas a la presente-, cuyos fundamentos reprodujo, en lo pertinente y, en mérito de las consideraciones vertidas y las concordantes volcadas por el señor Fiscal de Cámaras en el dictamen presentado, consideró que correspondería hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido y así debería declararlo el alto Tribunal al momento de dictar sentencia.

 

Expresó que debía tenerse al principio protectorio del consumidor como norma fundante es cimiento que atraviesa todo el orden jurídico y aseguró que el propio art. 1 de la Ley N.° 24.240, texto según Ley N.° 26.361, así lo expresaba terminantemente, al tiempo que recordó que las disposiciones de esta ley gozan del carácter de orden público que le atribuyó el legislador.

 

Así, afirmó que la Ley del Consumidor y la recepción de sus principios fundamentales por el sistema del Código Civil y Comercial habían de servir de brújula para componer el dilema que el instituto de la prescripción liberatoria en materia de contratos de seguro celebrados por y/o en beneficio del consumidor plantea luego de la reforma introducida por la Ley N.° 26.994 que eliminó a las acciones judiciales o administrativas del plazo trienal contenido en el art. 50 del cuerpo legal mencionado.

 

Agregó que el amplio paraguas de amparo que la Constitución nacional decidió otorgar al sujeto estructuralmente vulnerable en las relaciones de consumo no se agotaba en la regulación microsistémica contenida en la Ley N.° 24.240 sino que se coordinaba, complementaba y correlaciona con la “protección contractual del consumidor” diseñada por el codificador civil y comercial, de manera que frente a la disyuntiva que presenta la convergencia de dos ordenamientos legales en torno de la materia, esto es, el art. 58 de la Ley de Seguros y el art. 2560 del Código Unificado susceptible de integrar a aquél en la materia, el operador jurídico deberá aplicar el plazo genérico de 5 años consagrado en este último precepto legal por imperio de los criterios de ponderación y prelación normativa previstos en los arts. 3 del estatuto consumeril y 1094 del Código Civil y Comercial en cuanto obligan de manera inexorable a dar preeminencia a las disposiciones que sean más favorables para los consumidores y usuarios por sobre cualquier otra ley general o especial.

 

DESCARGAR DICTAMEN

Logo

Otras noticias destacadas

Corte Interamericana de Derechos Humanos. Opinión Consultiva. Derecho al cuidado. Autonomía personal. Igualdad sustantiva. Derechos interdependientes. Derecho a cuidar. Derecho a ser cuidado. Derecho al autocuidado. Corresponsabilidad social. Políticas públicas. Sistemas integrales de cuidado. Grupos vulnerables. Enfoque interseccional. Obligaciones estatales. Exigibilidad judicial.
Corte Interamericana de Derechos Humanos, “Opinión Consultiva OC-31/25”, 12 de junio de 2025 solicitada por la República Argentina.
Bahía Blanca: condena en juicio abreviado por distribución agravada de material de abuso sexual infantil
A instancias del Ministerio Público Fiscal, el Tribunal Oral en lo Criminal n.° 1 dictó sentencia condenatoria —en el marco de un juicio abreviado— contra una persona adulta por cinco hechos de distribución y/o facilitación de representaciones de menores de 18 años en actividades sexuales explícitas, agravados por tratarse de víctimas menores de 13 años, en concurso real. La pena impuesta fue de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión, con accesorias legales
Avellaneda: dos aprehendidos por encubrimiento tras hallazgo de motocicleta con pedido activo
En un operativo coordinado por la Unidad de Prevención de la Policía Local (UPPL) de Avellaneda, y bajo la dirección de la Unidad Funcional de Instrucción n.° 3 del Departamento Judicial Avellaneda–Lanús, se procedió a la aprehensión de dos personas adultas por el delito de encubrimiento, tras el secuestro de un motovehículo que presentaba pedido de secuestro activo
Ministerio Público Fiscal. Defensa del consumidor. Intervención. Competencia. Autonomía funcional. Legalidad. Interés general. Artículo 120 Constitución Nacional. Artículo 52 Ley n.° 24.240. Ley n.° 27.148. Daño punitivo. Asimetría. Proceso sumarísimo. Arbitrariedad de sentencia.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Cáceres Carrera, Facundo Ariel y otro c/ Ford Argentina S.C.A. y otro s/ sumarísimo”, 7 de agosto de 2025

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar