Producto de la denuncia penal realizada por la Dirección de Licencias de Conducir del Gobierno Municipal de Olavarría por la retención de licencias apócrifas, el viernes 9 de junio se presentó la Agencia Nacional de Seguridad Vial a realizar una auditoría y un control de gestión para evaluar el funcionamiento de la misma
Colaboración Matías Vidal - Fiscalía General Azul
La primera investigación, identificada como IPP N.° 01-02-001956-23, se inició a raíz de la denuncia anónima a la línea 134, realizada el día 20 de marzo del corriente año, derivada por la Unidad Anticorrupción de la Policía Federal a la UFI N.° 10 de Olavarría en turno, en la que interviene el Dr. Miguel Piñeiro, Juzgado de Garantías N.º 1 de Olavarría.
El denunciante anónimo afirmó que en la ciudad se estaban realizando licencias de conducir sin seguir los pasos legales correspondientes. En su denuncia manifestó que para iniciar el trámite respectivo era menester comunicarse con una determinada persona, al celular que indicó, quien poseía contacto con funcionarios o empleados de la municipalidad y aportó datos precisos sobre el funcionario en cuestión. Explicó que las licencias luego se retiraban de un domicilio determinado y que tal maniobra tenía un valor de entre 30000 y 45000 pesos argentinos.
Desde la investigación se requirió informes sobre el celular aportado, la nómina del personal de la Dirección de Licencias de conducir, el Renaper de las personas mencionadas, así como la certificación de domicilios.
La IPP se caratuló como “Asociación ilícita y Falsificación o Adulteración material de documentos”. No hay personas detenidas ni citadas a declaración en los términos del art. 308 del CPP.
En la IPP NRO. 01-02-002742/23/00, que por conexidad se remitió con la IPP N.° 01-02-001956-23, se realizó una denuncia anónima el día 22 de marzo del corriente, a través de un email a la Agencia Nacional de Seguridad Vial y su Director Ejecutivo Pablo Martínez Carignano formuló la denuncia en el Juzgado Federal de Azul, con fecha 25 de abril de 2023.
El juez federal Dr. Gabriel Di Giulio declinó la competencia al Juzgado de Garantías N.° 1, de turno, a cargo de la Dra. San Román. Los hechos y las personas sindicadas resultan los mismos que los de la IPP 01-02-001956-23/00.
Finalmente, en la IPP NRO. 01-02-003160-23/00, el día 30 de mayo del corriente año ingresó la denuncia formulada por el Director de Asuntos Legales del Municipio de Olavarría Dr. Juan Ignacio Luna, quien informó que a partir de controles de tránsito fueron retenidas y secuestradas licencias de conducir apócrifas (5), de lo que se dio intervención al Juzgado de Faltas. Y se realizó la denuncia penal por el uso de documento falso o adulterado.
De tal manera, se acumularon las tres causas, en las que interviene la UFI N.° 10 en turno a cargo del doctor Christian Urlezaga y el Juzgado de Garantías N.º 1 de la Dra. San Román.
Producto de la denuncia penal realizada por la Dirección de Licencias de Conducir del Gobierno Municipal de Olavarría por la retención de licencias apócrifas, el viernes 9 de junio se presentó la Agencia Nacional de Seguridad Vial a realizar una auditoría y un control de gestión para evaluar el funcionamiento de la misma
La primera investigación, identificada como IPP N.° 01-02-001956-23, se inició a raíz de la denuncia anónima a la línea 134, realizada el día 20 de marzo del corriente año, derivada por la Unidad Anticorrupción de la Policía Federal a la UFI N.° 10 de Olavarría en turno, en la que interviene el Dr. Miguel Piñeiro, Juzgado de Garantías N.º 1 de Olavarría.
El denunciante anónimo afirmó que en la ciudad se estaban realizando licencias de conducir sin seguir los pasos legales correspondientes. En su denuncia manifestó que para iniciar el trámite respectivo era menester comunicarse con una determinada persona, al celular que indicó, quien poseía contacto con funcionarios o empleados de la municipalidad y aportó datos precisos sobre el funcionario en cuestión. Explicó que las licencias luego se retiraban de un domicilio determinado y que tal maniobra tenía un valor de entre 30000 y 45000 pesos argentinos.
Desde la investigación se requirió informes sobre el celular aportado, la nómina del personal de la Dirección de Licencias de conducir, el Renaper de las personas mencionadas, así como la certificación de domicilios.
La IPP se caratuló como “Asociación ilícita y Falsificación o Adulteración material de documentos”. No hay personas detenidas ni citadas a declaración en los términos del art. 308 del CPP.
En la IPP NRO. 01-02-002742/23/00, que por conexidad se remitió con la IPP N.° 01-02-001956-23, se realizó una denuncia anónima el día 22 de marzo del corriente, a través de un email a la Agencia Nacional de Seguridad Vial y su Director Ejecutivo Pablo Martínez Carignano formuló la denuncia en el Juzgado Federal de Azul, con fecha 25 de abril de 2023.
El juez federal Dr. Gabriel Di Giulio declinó la competencia al Juzgado de Garantías N.° 1, de turno, a cargo de la Dra. San Román. Los hechos y las personas sindicadas resultan los mismos que los de la IPP 01-02-001956-23/00.
Finalmente, en la IPP NRO. 01-02-003160-23/00, el día 30 de mayo del corriente año ingresó la denuncia formulada por el Director de Asuntos Legales del Municipio de Olavarría Dr. Juan Ignacio Luna, quien informó que a partir de controles de tránsito fueron retenidas y secuestradas licencias de conducir apócrifas (5), de lo que se dio intervención al Juzgado de Faltas. Y se realizó la denuncia penal por el uso de documento falso o adulterado.
De tal manera, se acumularon las tres causas, en las que interviene la UFI N.° 10 en turno a cargo del doctor Christian Urlezaga y el Juzgado de Garantías N.º 1 de la Dra. San Román.
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
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