En el marco de una causa de la UFIJ N.°11, a cargo del fiscal Diego Conti, el Tribunal en lo Criminal N.º 3 del Departamento Judicial Bahía Blanca condenó a un hombre a la pena de 5 años de prisión por asaltar una oficina en Punta Alta.
Colaboración Lic. Jesica V. Rípodas – Prensa - Ministerio Público Fiscal - Departamental Bahía Blanca
El hecho ocurrió el 29 de junio del 2022, cuando el acusado ingresó al comercio bursátil ubicado en calle Espora al 100 de Punta Alta, intimidó al dueño y a otro hombre con un arma de fuego, a la vez que les manifestaba "métanse al baño", "no, pará dame la plata", "no se hagan los vivos, ni los locos porque les pego un tiro" para robar 500.000 pesos, dos teléfonos celulares y luego darse a la fuga.
El testimonio de las víctimas y la investigación policial permitió llegar hasta el imputado, quien al momento de ser detenido tenía en su poder el teléfono celular de una de las víctimas.
El hombre fue condenado por el delito de robo con armas cuya aptitud para el disparo no puedo comprobarse y, además, se lo declaró reincidente porque contaba con condenas previas por delitos de similares características.
En el marco de una causa de la UFIJ N.°11, a cargo del fiscal Diego Conti, el Tribunal en lo Criminal N.º 3 del Departamento Judicial Bahía Blanca condenó a un hombre a la pena de 5 años de prisión por asaltar una oficina en Punta Alta.
El hecho ocurrió el 29 de junio del 2022, cuando el acusado ingresó al comercio bursátil ubicado en calle Espora al 100 de Punta Alta, intimidó al dueño y a otro hombre con un arma de fuego, a la vez que les manifestaba "métanse al baño", "no, pará dame la plata", "no se hagan los vivos, ni los locos porque les pego un tiro" para robar 500.000 pesos, dos teléfonos celulares y luego darse a la fuga.
El testimonio de las víctimas y la investigación policial permitió llegar hasta el imputado, quien al momento de ser detenido tenía en su poder el teléfono celular de una de las víctimas.
El hombre fue condenado por el delito de robo con armas cuya aptitud para el disparo no puedo comprobarse y, además, se lo declaró reincidente porque contaba con condenas previas por delitos de similares características.
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
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