Luego de cuatro jornadas de debate, el día jueves 10 de agosto finalizó el juicio por jurados en el cual analizaba la conducta de quien había sido la pareja de la mujer, quien llegó al debate imputado por el femicidio ocurrido en la localidad de Oriente.
Colaboración Lic. Jesica V. Rípodas – Prensa Ministerio Público Fiscal Departamental Bahía Blanca
Tras dos horas de deliberación, los integrantes del jurado consideraron que no existió violencia de género y con 11 votos positivos los integrantes consideraron al hombre culpable del delito de homicidio calificado por el vínculo con circunstancias extraordinarias de atenuación.
Al momento de los alegatos tanto el fiscal Jorge Viego, titular de la UFIJ N.º 5, como la abogada Viviana Lozano, que representa a la familia de la víctima, habían acusado al hombre de homicidio agravado por el vínculo y por ser cometido por un hombre en contra de una mujer mediando violencia de género.
Según la causa, el hecho se produjo el 15 de marzo de 2022 en el interior de la vivienda ubicada en calle Mitre al 400 de esa localidad, donde la ex pareja de la víctima le habría causado la muerte a la mujer al estrangularla de manera violenta por compresión directa.
Próximamente se fijará una audiencia de cesura, en la cual las partes realizarán el pedido de pena acorde con lo resuelto por el jurado popular para que, tras ello, el juez técnico Dr. Eduardo d´Empaire pueda emitir un fallo sobre los hechos ventilados en la sala de audiencias.
Luego de cuatro jornadas de debate, el día jueves 10 de agosto finalizó el juicio por jurados en el cual analizaba la conducta de quien había sido la pareja de la mujer, quien llegó al debate imputado por el femicidio ocurrido en la localidad de Oriente.
Tras dos horas de deliberación, los integrantes del jurado consideraron que no existió violencia de género y con 11 votos positivos los integrantes consideraron al hombre culpable del delito de homicidio calificado por el vínculo con circunstancias extraordinarias de atenuación.
Al momento de los alegatos tanto el fiscal Jorge Viego, titular de la UFIJ N.º 5, como la abogada Viviana Lozano, que representa a la familia de la víctima, habían acusado al hombre de homicidio agravado por el vínculo y por ser cometido por un hombre en contra de una mujer mediando violencia de género.
Según la causa, el hecho se produjo el 15 de marzo de 2022 en el interior de la vivienda ubicada en calle Mitre al 400 de esa localidad, donde la ex pareja de la víctima le habría causado la muerte a la mujer al estrangularla de manera violenta por compresión directa.
Próximamente se fijará una audiencia de cesura, en la cual las partes realizarán el pedido de pena acorde con lo resuelto por el jurado popular para que, tras ello, el juez técnico Dr. Eduardo d´Empaire pueda emitir un fallo sobre los hechos ventilados en la sala de audiencias.
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
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