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Agosto 25, 2023

Procedimientos y detenidos por saqueos en el Partido de Pilar

La Fiscalía General de San Isidro, a cargo del Dr. John Broyad, comunicó diversos procedimientos con detenidos en hechos de repercusión pública vinculados a saqueos en el Partido de Pilar. En los tres hechos intervino el agente fiscal a cargo de la UFI N.° 2 de Pilar Dr. Andrés Quintana.

Con fecha 22 de agosto del corriente en el horario cercano a las 18:00 horas, en circunstancias en que los empleados del comercio del rubro electrodomésticos "Víctor Hogar", sito en la calle Eva Perón N.° 607 de la localidad de Presidente Derqui se encontraban desarrollando sus actividades, se presentaron intempestivamente al menos nueve personas que, simulando acercarse a los productos que se hallaban a la venta con la excusa de consultar su precio, comenzaron a realizar destrozos sobre la vidriera y seguidamente sustraer elementos de valor.

 

En el lugar se hicieron presentes móviles policiales pertenecientes a distintas fuerzas (seguridad, Policía Local y Comando de Patrullas) y se procedió a la aprehensión de cinco personas (4 mayores y una menor) en poder de distintos elementos, entre ellos máquina de cortar pelo, una computadora tipo "notebook", un televisor de 43 pulgadas, un termo tanque eléctrico y un horno eléctrico.

 

En la IPP 14-02-12616-23 se les recibió declaración el pasado miércoles 23 de agosto en los términos del art. 308 del CPP a los cinco individuos en orden al delito robo agravado por haberse cometido en estado de conmoción pública, en poblado y en banda y, a la vez, con la participación de menores de edad (arts. 41 quater, 167 -inc. 2° y 4°- en función del art. 163 inc. 2° del Código Penal), oportunidad en la cual los imputados se negaron a prestar declaración.

 

En un segundo hecho, IPP 14-02-12612-23, con fecha 22 de agosto del corriente en el horario cercano a las 17:00 horas, personal policial de la Comisaría de Pilar 1° intervino respecto de un aglomeramiento de personas en cercanías de un comercio del rubro supermercado emplazado sobre la arteria Uruguay y Conrado N. Roxlo de la localidad y partido de Pilar quienes se reunieron allí con el presunto fin de saquearlo", circunstancia de la que alardeaban a viva voz.

 

En dicho contexto y, tras intentar evitar la intervención del personal policial, es que se produce una persecución de dos sujetos masculinos que fueron aprehendidos a ciento cincuenta metros de lugar e identificados.

 

El 23 de agosto se les recibió a ambos imputados declaración en los términos del art.308 del C.P.P en orden al delito de resistencia a la autoridad (art. 239 del Código Penal), oportunidad en la cual se negaron a prestar declaración.

 

Finalmente, un tercer hecho identificado como IPP 14-02-12621-23, también de fecha 22 de agosto del corriente, que tuvo lugar en el horario de las 15:30 horas, ocurrió cuando al menos veinte personas se presentaron en un almacén ubicado en calle Chacabuco 2145 de la localidad de Monterrey, Presidente Derqui, partido de Pilar con el claro de fin de saquearlo.

 

Tal circunstancia fue advertida por un transeúnte ocasional que se presentó en la sede del Destacamento Monterrey, quien alertó a los efectivos policiales de lo que estaba sucediendo. Ante tal novedad, el personal policial se comisionó en el lugar de los hechos donde se entrevistó con el dueño del comercio quien les manifestó que momentos antes un grupo de personas habían forzado la persiana del comercio logrando ingresar a su interior para luego sustraerle un televisor, varios cajones frutas, balanzas electrónicas, garrafas de gas y dinero.

 

Minutos después, con la colaboración del personal del Centro de Monitoreo Municipal, se logró observar a través de las cámaras de seguridad a varias personas transitando por la intersección de las calles Araoz Alfaro y Meisner en dirección a la estación de trenes llevando consigo en los elementos descriptos por la víctima. Por tal motivo, se logró dar con los individuos siendo estos posteriormente identificados, quienes se encontraban acompañados por cinco menores de edad de trece, catorce y dieciséis años.

 

El pasado miércoles 23 de agosto se les recibió declaración en los términos del art. 308 del C.P.P en orden al delito robo agravado por haberse cometido en estado de conmoción pública, en poblado y en banda y, a la vez, con la participación de menores de edad (arts. 41 quater, 167 -inc. 2° y 4°- en función del art. 163 inc. 2° del Código Penal), oportunidad en la cual los imputados se negaron a prestar declaración.

 

(Colaboración Nadia Cermelj - Fiscalía General de San Isidro)





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