El Tribunal Oral en lo Criminal N.° 4 del Departamento Judicial Mercedes condenó a un gasista a cinco años de prisión por la explosión en una escuela de Moreno ocurrida en 2018 que dejó como saldo dos víctimas fatales y a tres funcionarios públicos a dos años.
Colaboración Yesica Landola - Área Comunicacional - Ministerio Público Fiscal Dpto. Judicial Mercedes
En un veredicto emitido el 10 de octubre en el Tribunal Oral en lo Criminal N.° 4 del Departamento Judicial Mercedes, se anunciaron las condenas en relación con una explosión devastadora en una escuela de Moreno, ocurrida el 2 de agosto de 2018, que cobró las vidas de Sandra Calamano, la vicedirectora, y Rubén Rodríguez, un auxiliar.
La fiscal de la Unidad Fiscal de Juicio N.° 3, Dra. Valeria Chapuis, presentó una acusación legal sólida y fundamentada, respaldada por pruebas testimoniales y análisis técnicos detallados presentados durante el juicio.
Para el Tribunal, compuesto por los doctores Patricia Viviana Guerrieri, Claudia Liliana Esquivel y el doctor Fabián Fernando Brahim, se encuentra debidamente acreditado que el 1 de agosto de 2018, antes del mediodía, Sandra Calamano, vicedirectora a cargo del establecimiento educativo N.° 49 "Nicolás Avellaneda" de Moreno, al percibir un fuerte olor a gas en el aula utilizada para "cambio de funciones", cerró la llave de paso de gas de la estufa existente en el lugar.
Horas más tarde, al constatar que el olor a gas persistía, se comunicó con un individuo designado por el Consejo Escolar de Moreno para realizar tareas de gasista en el establecimiento a fin de que concurriera a solucionar la fuga de gas existente, debiendo hacer el pedido en dos ocasiones hasta que se hizo presente.
Una vez en el lugar, el gasista recorrió las instalaciones, determinando "imperita y negligentemente" quitar la llave de gas de la estufa ubicada en la sala, la cual se encontraba en posición cerrada. Luego, la entregó en mano a Calamano, indicando que no se utilizara, encendió un ventilador del aula y se retiró del lugar.
Al día siguiente, el 2 de agosto de 2018, comenzó el ingreso de personal al establecimiento, y el olor a gas continuaba. La vicedirectora volvió a llamar al gasista mientras realizaba la apertura de la salita, momento en el cual se produjo la explosión, producto del ingreso de oxígeno dentro del recinto, donde yacía acumulada una importante cantidad de gas propano-butano.
El punto de ignición resultó ser una chispa proveniente del motor y/o rotor del ventilador. Como consecuencia de ello, Sandra Cristina Calamano y el auxiliar Rubén Orlando Rodríguez recibieron severas lesiones, producto de la onda expansiva, que llevaron al deceso de ambos.
El tribunal, compuesto por los jueces Patricia Viviana Guerrieri, Claudia Liliana Esquivel y Fabián Fernando Brahim, estableció que el gasista actuó de manera imperita y negligente al abordar la fuga de gas en la escuela. En lugar de tomar medidas adecuadas, simplemente cerró la llave de gas de una estufa y encendió un ventilador. Además, se descubrió que Ricobene carecía de la habilitación necesaria para llevar a cabo trabajos de gasista en instituciones educativas, lo que agravó aún más su responsabilidad.
Los magistrados expusieron que “la impericia y negligencia del sujeto -quien muy livianamente da por solucionado el escape de gas con cerrar la llave del calefactor y encender un ventilador- se encuentra agravada por carecer el sujeto de la habilitación necesaria para realizar tareas de gasista en establecimientos escolares, conforme la normativa vigente, careciendo consecuentemente de la capacitación correspondiente para realizar trabajos de gasista en establecimientos educativos”.
Para arribar a dicha resolución, el tribunal se basó en el análisis de los diversos elementos que se adjuntaron a la causa, los cuales se ventilaron durante varias jornadas iniciadas el 28 de agosto último.
En un veredicto unánime, el tribunal condenó al gasista por "Homicidio culposo agravado (por ser dos las víctimas fatales)" y le impuso una sentencia de cinco años de prisión, con la posibilidad de cumplirla en prisión domiciliaria. También se le impuso una inhabilitación especial para ejercer como gasista durante diez años. Además, se revocó su excarcelación anterior.
Por otro lado, tres funcionarios en ejercicio en el momento del trágico incidente, los consejeros escolares junto con el ex interventor del Consejo Escolar de Moreno fueron declarados culpables de "Incumplimiento de los deberes de funcionario público".
Cada uno recibió una sentencia de dos años de prisión con ejecución condicional y reglas de conducta. Se les impuso una inhabilitación para desempeñar cargos públicos durante cuatro años y la obligación de pagar las costas del proceso.
Durante el período en cuestión, los tres funcionarios incumplieron las leyes al designar directamente al imputado para realizar trabajos de gasista en varias escuelas del distrito de Moreno, a pesar de su falta de matrícula habilitante, un requisito esencial para ser contratista del Estado Provincial, y que además no estaba inscripto entre proveedores del Estado.
El Tribunal Oral en lo Criminal N.° 4 del Departamento Judicial Mercedes condenó a un gasista a cinco años de prisión por la explosión en una escuela de Moreno ocurrida en 2018 que dejó como saldo dos víctimas fatales y a tres funcionarios públicos a dos años.
En un veredicto emitido el 10 de octubre en el Tribunal Oral en lo Criminal N.° 4 del Departamento Judicial Mercedes, se anunciaron las condenas en relación con una explosión devastadora en una escuela de Moreno, ocurrida el 2 de agosto de 2018, que cobró las vidas de Sandra Calamano, la vicedirectora, y Rubén Rodríguez, un auxiliar.
La fiscal de la Unidad Fiscal de Juicio N.° 3, Dra. Valeria Chapuis, presentó una acusación legal sólida y fundamentada, respaldada por pruebas testimoniales y análisis técnicos detallados presentados durante el juicio.
Para el Tribunal, compuesto por los doctores Patricia Viviana Guerrieri, Claudia Liliana Esquivel y el doctor Fabián Fernando Brahim, se encuentra debidamente acreditado que el 1 de agosto de 2018, antes del mediodía, Sandra Calamano, vicedirectora a cargo del establecimiento educativo N.° 49 "Nicolás Avellaneda" de Moreno, al percibir un fuerte olor a gas en el aula utilizada para "cambio de funciones", cerró la llave de paso de gas de la estufa existente en el lugar.
Horas más tarde, al constatar que el olor a gas persistía, se comunicó con un individuo designado por el Consejo Escolar de Moreno para realizar tareas de gasista en el establecimiento a fin de que concurriera a solucionar la fuga de gas existente, debiendo hacer el pedido en dos ocasiones hasta que se hizo presente.
Una vez en el lugar, el gasista recorrió las instalaciones, determinando "imperita y negligentemente" quitar la llave de gas de la estufa ubicada en la sala, la cual se encontraba en posición cerrada. Luego, la entregó en mano a Calamano, indicando que no se utilizara, encendió un ventilador del aula y se retiró del lugar.
Al día siguiente, el 2 de agosto de 2018, comenzó el ingreso de personal al establecimiento, y el olor a gas continuaba. La vicedirectora volvió a llamar al gasista mientras realizaba la apertura de la salita, momento en el cual se produjo la explosión, producto del ingreso de oxígeno dentro del recinto, donde yacía acumulada una importante cantidad de gas propano-butano.
El punto de ignición resultó ser una chispa proveniente del motor y/o rotor del ventilador. Como consecuencia de ello, Sandra Cristina Calamano y el auxiliar Rubén Orlando Rodríguez recibieron severas lesiones, producto de la onda expansiva, que llevaron al deceso de ambos.
El tribunal, compuesto por los jueces Patricia Viviana Guerrieri, Claudia Liliana Esquivel y Fabián Fernando Brahim, estableció que el gasista actuó de manera imperita y negligente al abordar la fuga de gas en la escuela. En lugar de tomar medidas adecuadas, simplemente cerró la llave de gas de una estufa y encendió un ventilador. Además, se descubrió que Ricobene carecía de la habilitación necesaria para llevar a cabo trabajos de gasista en instituciones educativas, lo que agravó aún más su responsabilidad.
Los magistrados expusieron que “la impericia y negligencia del sujeto -quien muy livianamente da por solucionado el escape de gas con cerrar la llave del calefactor y encender un ventilador- se encuentra agravada por carecer el sujeto de la habilitación necesaria para realizar tareas de gasista en establecimientos escolares, conforme la normativa vigente, careciendo consecuentemente de la capacitación correspondiente para realizar trabajos de gasista en establecimientos educativos”.
Para arribar a dicha resolución, el tribunal se basó en el análisis de los diversos elementos que se adjuntaron a la causa, los cuales se ventilaron durante varias jornadas iniciadas el 28 de agosto último.
En un veredicto unánime, el tribunal condenó al gasista por "Homicidio culposo agravado (por ser dos las víctimas fatales)" y le impuso una sentencia de cinco años de prisión, con la posibilidad de cumplirla en prisión domiciliaria. También se le impuso una inhabilitación especial para ejercer como gasista durante diez años. Además, se revocó su excarcelación anterior.
Por otro lado, tres funcionarios en ejercicio en el momento del trágico incidente, los consejeros escolares junto con el ex interventor del Consejo Escolar de Moreno fueron declarados culpables de "Incumplimiento de los deberes de funcionario público".
Cada uno recibió una sentencia de dos años de prisión con ejecución condicional y reglas de conducta. Se les impuso una inhabilitación para desempeñar cargos públicos durante cuatro años y la obligación de pagar las costas del proceso.
Durante el período en cuestión, los tres funcionarios incumplieron las leyes al designar directamente al imputado para realizar trabajos de gasista en varias escuelas del distrito de Moreno, a pesar de su falta de matrícula habilitante, un requisito esencial para ser contratista del Estado Provincial, y que además no estaba inscripto entre proveedores del Estado.
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
Contacto
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
Contacto