• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Enero 19, 2024

Acción de amparo. Medicina prepaga. Sociedad Italiana de Beneficencia. DNU 70/23. Constitucionalidad. Aumentos en servicios de salud. Adulto mayor. Jubilado. Haberes previsionales. Grupo vulnerable. Derechos constitucionales. Artículos 17, 42 y 75 de la CN. Marco regulatorio. Decreto de Necesidad y Urgencia. Medida cautelar de no innovar. Ley N.° 26.682. Derecho a la salud. Riesgo inminente.

Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo Federal N.° 1 de San Martín, Expte. 94/2024, “B., M. C. c/ SOCIEDAD ITALIANA DE BENEFICENCIA EN BUENOS AIRES s/AMPARO COLECTIVO, 15 de enero de 2024.

La actora presenta una acción de amparo contra la empresa de medicina prepaga Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires. La demandante, una persona de 78 años asociada al Plan de Salud GMY, busca dejar sin efecto los aumentos en los servicios de salud realizados por la empresa, los cuales fueron impuestos según el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N.° 70/23 del Poder Ejecutivo Nacional, dictado el 20 de diciembre de 2023. 

 

La demandante argumenta que estos aumentos, que ascendieron al 40% en enero de 2024 y al 29.5% en febrero del mismo año, son inconstitucionales y le resulta imposible afrontarlos con sus haberes previsionales de $323.089,39.

 

La reclamante sostiene que el DNU N.° 70/23 es inconstitucional, ya que modificó el marco regulatorio de la medicina prepaga y las obras sociales sin seguir el mecanismo constitucional adecuado. En busca de protección, solicita una medida cautelar de no innovar para que se suspendan los aumentos en sus planes asistenciales hasta que se resuelva la petición de fondo. 

 

Además, pide que se ordene a la demandada ajustar las cuotas de acuerdo con los aumentos autorizados por la autoridad de aplicación, según lo establecido en la Ley N.° 26.682. La demandante respalda su argumento con jurisprudencia y solicita que la medida cautelar se lleve a cabo hasta que se resuelva la acción presentada.

 

El tribunal, a priori, destaca el hecho de que, a pesar de que la causa se declaró como un proceso colectivo, aún no fue inscrita en el registro correspondiente y dada la urgencia del caso y la solicitud de la actora, se considera apropiado abordar la medida cautelar de manera individual. 

 

El juzgado interviniente resuelve hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la actora, y en consecuencia ordenar a la Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires a readecuar las cuotas correspondientes a su plan asistencial, dejando sin efecto los aumentos realizados en aplicación del DNU N.° 70/23 del PEN, limitándose a efectuar los aumentos autorizados por la autoridad de aplicación en los términos del art. 17 (no sustituido) de la Ley N.° 26.682 hasta tanto se dicte sentencia definitiva, debiéndose acreditar su cumplimiento en el plazo de 48 horas bajo apercibimiento de ley.

 

Para así decidir, consideró que la proximidad de las fechas señaladas, la condición de afiliada de la demandante a la Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires y la comunicación de aumentos en las facturas de diciembre 2023, enero 2024 y febrero 2024, exigían una respuesta judicial inmediata. 

 

Destacó que la preservación de la salud y la vida, reconocidos en diversos pactos internacionales y constitucionales, justifican la verosimilitud del derecho invocado por la demandante y el peligro inminente en la demora, sin anticipar la resolución de la cuestión de fondo.

 

Subrayó la condición de persona jubilada de 78 años de la demandante y el riesgo de no poder afrontar el aumento mensual pretendido por la empresa de medicina prepaga, lo que resultaría en la falta de cobertura médica necesaria, según la denuncia, y que el aumento representaría una erogación significativa de aproximadamente la mitad del monto de la jubilación.

 

Además, se resaltó la falta de justificación o detalle en las facturas acompañadas sobre el motivo del aumento mensual, lo que limita la información disponible para la demandante. En este contexto, se manifestó a favor de conceder una medida cautelar sin requerir certeza sobre la existencia del derecho pretendido, enfocándose en la verosimilitud y el riesgo inminente para la demandante.


DESCARGAR SENTENCIA




Logo

Otras noticias destacadas

Homicidio agravado por el vínculo. Tentativa. Desistimiento voluntario. Imputación objetiva. Arbitrariedad judicial. Plazo razonable. Responsabilidad penal juvenil. Artículos 42, 43 y 80 del Código Penal.
Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, "D'Gregorio, María Laura E. -Fiscal Adjunta interinamente a cargo de la Fiscalía de Casación- s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, en causa n.° 93.092 del Tribunal de Casación Penal, Sala I, seguida a R. P., E. S.", 17 de septiembre de 2025
Quilmes: desmantelan una organización dedicada a estafas digitales mediante la modalidad de “carding”
La Unidad Funcional de Instrucción y Juicio n.° 1 del Departamento Judicial Quilmes, especializada en delitos de extorsión, defraudación y estafas cometidos en entornos digitales, a cargo del Dr. Ariel Rivas y con la Secretaría de la Dra. Gisela Gorosito, logró el desmantelamiento de una red criminal dedicada al uso de datos robados de tarjetas de crédito para realizar compras fraudulentas a través de plataformas de comercio electrónico bajo la modalidad de carding
Avellaneda: tres aprehendidos, entre ellos un menor, por robo en grado de tentativa
El 27 de septiembre de 2025, personal del Comando de Patrullas de Avellaneda concretó la aprehensión de tres individuos, uno de ellos menor de edad, en el marco de una tentativa de robo ocurrida en la vía pública.
Recurso de queja. Concurso preventivo. Arbitrariedad de sentencia. Garantías constitucionales. Defensa en juicio. Sentencia definitiva.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Recurso de hecho deducido por el Fisco Nacional A.F.I.P. - DGI en la causa Fisco Nacional A.F.I.P. - D.G.I. s/ incidente de revisión en autos: Instituto Privado Clínica y Cirugía de Lobos s/ concurso”, 23 de septiembre de 2025
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2025

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Enero 19, 2024

Acción de amparo. Medicina prepaga. Sociedad Italiana de Beneficencia. DNU 70/23. Constitucionalidad. Aumentos en servicios de salud. Adulto mayor. Jubilado. Haberes previsionales. Grupo vulnerable. Derechos constitucionales. Artículos 17, 42 y 75 de la CN. Marco regulatorio. Decreto de Necesidad y Urgencia. Medida cautelar de no innovar. Ley N.° 26.682. Derecho a la salud. Riesgo inminente.

Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo Federal N.° 1 de San Martín, Expte. 94/2024, “B., M. C. c/ SOCIEDAD ITALIANA DE BENEFICENCIA EN BUENOS AIRES s/AMPARO COLECTIVO, 15 de enero de 2024.

La actora presenta una acción de amparo contra la empresa de medicina prepaga Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires. La demandante, una persona de 78 años asociada al Plan de Salud GMY, busca dejar sin efecto los aumentos en los servicios de salud realizados por la empresa, los cuales fueron impuestos según el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N.° 70/23 del Poder Ejecutivo Nacional, dictado el 20 de diciembre de 2023. 

 

La demandante argumenta que estos aumentos, que ascendieron al 40% en enero de 2024 y al 29.5% en febrero del mismo año, son inconstitucionales y le resulta imposible afrontarlos con sus haberes previsionales de $323.089,39.

 

La reclamante sostiene que el DNU N.° 70/23 es inconstitucional, ya que modificó el marco regulatorio de la medicina prepaga y las obras sociales sin seguir el mecanismo constitucional adecuado. En busca de protección, solicita una medida cautelar de no innovar para que se suspendan los aumentos en sus planes asistenciales hasta que se resuelva la petición de fondo. 

 

Además, pide que se ordene a la demandada ajustar las cuotas de acuerdo con los aumentos autorizados por la autoridad de aplicación, según lo establecido en la Ley N.° 26.682. La demandante respalda su argumento con jurisprudencia y solicita que la medida cautelar se lleve a cabo hasta que se resuelva la acción presentada.

 

El tribunal, a priori, destaca el hecho de que, a pesar de que la causa se declaró como un proceso colectivo, aún no fue inscrita en el registro correspondiente y dada la urgencia del caso y la solicitud de la actora, se considera apropiado abordar la medida cautelar de manera individual. 

 

El juzgado interviniente resuelve hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la actora, y en consecuencia ordenar a la Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires a readecuar las cuotas correspondientes a su plan asistencial, dejando sin efecto los aumentos realizados en aplicación del DNU N.° 70/23 del PEN, limitándose a efectuar los aumentos autorizados por la autoridad de aplicación en los términos del art. 17 (no sustituido) de la Ley N.° 26.682 hasta tanto se dicte sentencia definitiva, debiéndose acreditar su cumplimiento en el plazo de 48 horas bajo apercibimiento de ley.

 

Para así decidir, consideró que la proximidad de las fechas señaladas, la condición de afiliada de la demandante a la Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires y la comunicación de aumentos en las facturas de diciembre 2023, enero 2024 y febrero 2024, exigían una respuesta judicial inmediata. 

 

Destacó que la preservación de la salud y la vida, reconocidos en diversos pactos internacionales y constitucionales, justifican la verosimilitud del derecho invocado por la demandante y el peligro inminente en la demora, sin anticipar la resolución de la cuestión de fondo.

 

Subrayó la condición de persona jubilada de 78 años de la demandante y el riesgo de no poder afrontar el aumento mensual pretendido por la empresa de medicina prepaga, lo que resultaría en la falta de cobertura médica necesaria, según la denuncia, y que el aumento representaría una erogación significativa de aproximadamente la mitad del monto de la jubilación.

 

Además, se resaltó la falta de justificación o detalle en las facturas acompañadas sobre el motivo del aumento mensual, lo que limita la información disponible para la demandante. En este contexto, se manifestó a favor de conceder una medida cautelar sin requerir certeza sobre la existencia del derecho pretendido, enfocándose en la verosimilitud y el riesgo inminente para la demandante.


DESCARGAR SENTENCIA




Logo

Otras noticias destacadas

Homicidio agravado por el vínculo. Tentativa. Desistimiento voluntario. Imputación objetiva. Arbitrariedad judicial. Plazo razonable. Responsabilidad penal juvenil. Artículos 42, 43 y 80 del Código Penal.
Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, "D'Gregorio, María Laura E. -Fiscal Adjunta interinamente a cargo de la Fiscalía de Casación- s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, en causa n.° 93.092 del Tribunal de Casación Penal, Sala I, seguida a R. P., E. S.", 17 de septiembre de 2025
Quilmes: desmantelan una organización dedicada a estafas digitales mediante la modalidad de “carding”
La Unidad Funcional de Instrucción y Juicio n.° 1 del Departamento Judicial Quilmes, especializada en delitos de extorsión, defraudación y estafas cometidos en entornos digitales, a cargo del Dr. Ariel Rivas y con la Secretaría de la Dra. Gisela Gorosito, logró el desmantelamiento de una red criminal dedicada al uso de datos robados de tarjetas de crédito para realizar compras fraudulentas a través de plataformas de comercio electrónico bajo la modalidad de carding
Avellaneda: tres aprehendidos, entre ellos un menor, por robo en grado de tentativa
El 27 de septiembre de 2025, personal del Comando de Patrullas de Avellaneda concretó la aprehensión de tres individuos, uno de ellos menor de edad, en el marco de una tentativa de robo ocurrida en la vía pública.
Recurso de queja. Concurso preventivo. Arbitrariedad de sentencia. Garantías constitucionales. Defensa en juicio. Sentencia definitiva.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Recurso de hecho deducido por el Fisco Nacional A.F.I.P. - DGI en la causa Fisco Nacional A.F.I.P. - D.G.I. s/ incidente de revisión en autos: Instituto Privado Clínica y Cirugía de Lobos s/ concurso”, 23 de septiembre de 2025

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar