• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Enero 26, 2024

Convenio Europeo de Derechos Humanos. Respeto de la vida privada. Correspondencia. Art 8. Obligaciones positivas. Intercepción y divulgación de los correos electrónicos del solicitante. Desestimación de su denuncia penal. Partido político. Protección adecuada ofrecida por el marco legal existente

Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Sección Quinta), Expte. N.° 42.541/18, “Tena Arregui vs. España”, 11 de enero de 2024

El demandante presentó una demanda alegando la violación de su derecho al respeto de la vida privada y la correspondencia según el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. La controversia surgió por la interceptación y divulgación de sus correos electrónicos, así como la desestimación de una denuncia penal relacionada. 

 

Estos eventos ocurrieron en el contexto de la renovación del liderazgo de un partido político español, UPyD, que contrató a una empresa privada para monitorear a uno de sus miembros. Este miembro, fue expulsado por negociar con otro partido, de nombre Ciudadanos. El demandante abogaba por una coalición con Ciudadanos. 

 

Rodrigo Tena Arregui presentó una querella contra miembros del Consejo de Dirección de UPyD en 2015. La querella alegaba que, en las fechas previas a las elecciones municipales y autonómicas de 2015, se habían realizado investigaciones sobre comunicaciones para determinar si un sector crítico del partido buscaba un acercamiento con Ciudadanos o impulsaba un movimiento alternativo dentro de la formación.

 

La justicia española desestimó el caso. La Corte Constitucional respaldó la decisión, argumentando que los derechos fundamentales podían protegerse mediante otros recursos legales. El actor se presentó ante el TEDH.

 

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos confirmó la actuación adecuada de los tribunales españoles, indicando que no hubo vulneración de derechos. Decidieron por unanimidad que no se violó el artículo 8 del Convenio sobre el derecho al respeto de la vida privada y correspondencia. La sentencia aún no es definitiva, y se menciona la posibilidad de remitir el caso a la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

 

En su sentencia, el TEDH sostuvo que no había reproche contra la justicia española en la protección del derecho del ciudadano Tena ya que se dieron "amplias razones" de por qué la operación de vigilancia desplegada por el partido no constituía delito. Por lo tanto, por unanimidad, el tribunal decidió que no existía violación del artículo 8 --derecho al respeto de la vida privada y de la correspondencia-- de la Convención de la Unión Europea sobre Derechos Humanos.

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Bahía Blanca: nuevo proceso de destrucción de armas secuestradas
En el día de 24 de octubre se llevó a cabo un nuevo procedimiento con el fin de lograr la destrucción de 323 armas, que se encontraban secuestradas en la sala de efectos del Ministerio Público Fiscal del Departamento Judicial de Bahía Blanca.
Amparo. Educación inclusiva. Interés superior del niño. Trastorno del espectro autista (TEA). Derecho de admisión. Tutela judicial efectiva. Asesoría de Incapaces. Derecho a la salud. Discapacidad. Justicia restaurativa. Ley n.° 26.061. Ley n.° 26.206. Ley n.° 24.901. Ley n.° 13.688
Juzgado de Garantías del Joven n.° 3 de La Plata, “R.C.B. y otros c/ Fundación J.M.E. s/ Amparo", 16 de octubre de 2025.
Recurso de queja. Beneficio de litigar sin gastos. Tasa judicial. Depósito artículo 286 CPCCN. AFIP. Dirección General de Aduanas. Requisitos procesales. Formalismo procesal. Perención de instancia.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Recurso de queja interpuesto por el actor en la causa K., E. H. c/ AFIP –DGA s/ contencioso administrativo –varios””, 16 de octubre de 2025
Bahía Blanca: condenan a 14 años de prisión a una conductora por homicidio con dolo eventual
El Tribunal en lo Criminal N.º 3 de Bahía Blanca, integrado por la Dra. Daniela Fabiana Castaño (presidenta) y los Drs. Eduardo Alfredo d’Empaire y Julián Francisco Saldías, condenó a Á. L. a 14 años de prisión y 10 años de inhabilitación para conducir vehículos automotores por resultar autora penalmente responsable del delito de homicidio simple con dolo eventual
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2025

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Enero 26, 2024

Convenio Europeo de Derechos Humanos. Respeto de la vida privada. Correspondencia. Art 8. Obligaciones positivas. Intercepción y divulgación de los correos electrónicos del solicitante. Desestimación de su denuncia penal. Partido político. Protección adecuada ofrecida por el marco legal existente

Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Sección Quinta), Expte. N.° 42.541/18, “Tena Arregui vs. España”, 11 de enero de 2024

El demandante presentó una demanda alegando la violación de su derecho al respeto de la vida privada y la correspondencia según el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. La controversia surgió por la interceptación y divulgación de sus correos electrónicos, así como la desestimación de una denuncia penal relacionada. 

 

Estos eventos ocurrieron en el contexto de la renovación del liderazgo de un partido político español, UPyD, que contrató a una empresa privada para monitorear a uno de sus miembros. Este miembro, fue expulsado por negociar con otro partido, de nombre Ciudadanos. El demandante abogaba por una coalición con Ciudadanos. 

 

Rodrigo Tena Arregui presentó una querella contra miembros del Consejo de Dirección de UPyD en 2015. La querella alegaba que, en las fechas previas a las elecciones municipales y autonómicas de 2015, se habían realizado investigaciones sobre comunicaciones para determinar si un sector crítico del partido buscaba un acercamiento con Ciudadanos o impulsaba un movimiento alternativo dentro de la formación.

 

La justicia española desestimó el caso. La Corte Constitucional respaldó la decisión, argumentando que los derechos fundamentales podían protegerse mediante otros recursos legales. El actor se presentó ante el TEDH.

 

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos confirmó la actuación adecuada de los tribunales españoles, indicando que no hubo vulneración de derechos. Decidieron por unanimidad que no se violó el artículo 8 del Convenio sobre el derecho al respeto de la vida privada y correspondencia. La sentencia aún no es definitiva, y se menciona la posibilidad de remitir el caso a la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

 

En su sentencia, el TEDH sostuvo que no había reproche contra la justicia española en la protección del derecho del ciudadano Tena ya que se dieron "amplias razones" de por qué la operación de vigilancia desplegada por el partido no constituía delito. Por lo tanto, por unanimidad, el tribunal decidió que no existía violación del artículo 8 --derecho al respeto de la vida privada y de la correspondencia-- de la Convención de la Unión Europea sobre Derechos Humanos.

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Bahía Blanca: nuevo proceso de destrucción de armas secuestradas
En el día de 24 de octubre se llevó a cabo un nuevo procedimiento con el fin de lograr la destrucción de 323 armas, que se encontraban secuestradas en la sala de efectos del Ministerio Público Fiscal del Departamento Judicial de Bahía Blanca.
Amparo. Educación inclusiva. Interés superior del niño. Trastorno del espectro autista (TEA). Derecho de admisión. Tutela judicial efectiva. Asesoría de Incapaces. Derecho a la salud. Discapacidad. Justicia restaurativa. Ley n.° 26.061. Ley n.° 26.206. Ley n.° 24.901. Ley n.° 13.688
Juzgado de Garantías del Joven n.° 3 de La Plata, “R.C.B. y otros c/ Fundación J.M.E. s/ Amparo", 16 de octubre de 2025.
Recurso de queja. Beneficio de litigar sin gastos. Tasa judicial. Depósito artículo 286 CPCCN. AFIP. Dirección General de Aduanas. Requisitos procesales. Formalismo procesal. Perención de instancia.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Recurso de queja interpuesto por el actor en la causa K., E. H. c/ AFIP –DGA s/ contencioso administrativo –varios””, 16 de octubre de 2025
Bahía Blanca: condenan a 14 años de prisión a una conductora por homicidio con dolo eventual
El Tribunal en lo Criminal N.º 3 de Bahía Blanca, integrado por la Dra. Daniela Fabiana Castaño (presidenta) y los Drs. Eduardo Alfredo d’Empaire y Julián Francisco Saldías, condenó a Á. L. a 14 años de prisión y 10 años de inhabilitación para conducir vehículos automotores por resultar autora penalmente responsable del delito de homicidio simple con dolo eventual

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar