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Febrero 28, 2024

Decreto 188/2024 - DNU-2024-188-APN-PTE - Ley N° 27.150. Modificación, del 23 de febrero de 2024

El Gobierno Nacional, a través del DNU-2024-188-APN-PTE, ha anunciado importantes modificaciones en la implementación del Código Procesal Penal Federal, estableciendo un nuevo enfoque para avanzar en la puesta en marcha de estructuras de organización en el sistema judicial del país, mejorando su eficiencia

En un nuevo decreto presidencial, el Gobierno Nacional ha anunciado modificaciones significativas en relación con la implementación del Código Procesal Penal Federal. Este decreto, el DNU-2024-188-APN-PTE, establece la implementación progresiva del Código Procesal Penal Federal (T.O. 2019), modificando aspectos clave de la Ley N.° 27.150 y sus reformas, así como una serie de cambios en la legislación vigente.

 

Entre las principales modificaciones, se destaca la sustitución del artículo 2° de la Ley N.° 27.150 y sus modificatorias, el cual ahora establece que la entrada en vigencia del Código Procesal Penal Federal (T.O. 2019) estará sujeta a un cronograma de implementación progresiva a ser establecido por el Ministerio de Justicia. Esta medida busca coordinar y organizar de manera eficiente la aplicación del nuevo código en los Distritos de la Justicia Federal y Nacional Penal.

 

Asimismo, se ha modificado la denominación del Capítulo 2 del Título I de la Ley N.° 27.150 y sus modificatorias por "Capítulo 2: Implementación", reforzando así el enfoque en el proceso de implementación del código.

 

El artículo 3° de la Ley N.° 27.150 y sus modificatorias también ha sido objeto de modificación, definiendo las funciones del Ministerio de Justicia para la implementación y puesta en funcionamiento del Código Procesal Penal Federal (T.O. 2019). Estas funciones incluyen establecer un cronograma de implementación progresiva, coordinar actividades interinstitucionales, diseñar propuestas de ajuste edilicio y de personal, promover convenios de asistencia técnica y cooperación, garantizar acceso a la información, constituir un consejo asesor interinstitucional, establecer criterios de asignación de juzgados de garantías, y dictar actos conducentes para la implementación del código.

 

Entre los considerandos del decreto se destaca la preocupante posición de la República Argentina en el Índice de Percepción de la Corrupción de Transparencia Internacional, ubicándose en el puesto 98 de 180 estados evaluados en la última edición del informe. De acuerdo a ello, se resalta la necesidad urgente de contar con mecanismos efectivos para investigar y sancionar la corrupción gubernamental.

 

Por otro lado, se enfatiza la importancia de la implementación del nuevo sistema procesal penal debido al aumento de la violencia relacionada con el crimen organizado. Según datos del Ministerio Público de la Acusación de la Provincia de Santa Fe, el 70% de los más de 500 homicidios cometidos en la ciudad de Rosario y su área metropolitana entre 2022 y 2023 tienen vínculos directos o indirectos con organizaciones criminales.

 

Ante esta situación institucional grave, se decide redefinir las funciones de la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal, la cual se encargará ahora de armonizar y unificar las propuestas de modificaciones a la legislación relacionada con la reforma procesal penal federal.

 

Se puntualiza en que estas modificaciones no implican cambios en el ámbito penal, sino en la organización y funcionamiento de las instituciones del sistema de justicia penal federal. Se considera que la situación excepcional justifica la adopción de medidas a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia, conforme a lo establecido en la Constitución Nacional y en la Ley N.° 26.122.

 

En virtud de esta decisión, se refiere que el Poder Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de Justicia, asumirá las competencias y funciones de implementación del Código Procesal Penal Federal (T.O. 2019) que antes estaban asignadas a la Comisión Bicameral.


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