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Junio 04, 2024

La fiscalía solicitó prisión perpetua para los imputados por un homicidio en Luján

El pasado viernes 31 de mayo, se realizó la última jornada del debate oral y público contra el socio y el casero del campo de la víctima, por el homicidio ocurrido el 12 de enero de 2022

Colaboración Yesica Landola - Área Comunicacional - Ministerio Público Fiscal Dpto. Judicial Mercedes

El debate se desarrolló en la Sala del Tribunal Oral en lo Criminal N.° 2 del Departamento Judicial Mercedes, conformado por los Dres. Juan Miguel Tillet, Pablo Vieiro, y Juan Manuel Renaud Mass. La audiencia comenzó con la escucha de los audios que reprodujeron conversaciones mantenidas entre los imputados cuando ya se encontraban detenidos por este hecho. Seguidamente, se dio lugar a los alegatos de cierre de las partes.

 

En primer lugar, el fiscal de Juicio, Dr. Guillermo Lennard, señaló que entendía que "con todas las pruebas ofrecidas ha quedado demostrada la responsabilidad penal de ambos acusados en el crimen". Tras referirse a los diversos elementos probatorios ventilados en las jornadas de debate, señaló que no quedan dudas que los acusados son coautores del homicidio.

 

Por esta razón, solicitó al Tribunal que dicte veredicto de culpabilidad y, en consecuencia, sentencia condenando a ambos imputados como coautores penalmente responsables del delito de “Homicidio agravado por cometerse con alevosía” a la pena de prisión perpetua, accesorias legales y costas.

 

Subsidiariamente, para el caso que no se comparta la figura planteada, solicitó la condena por el delito de “Homicidio simple” a la pena de 25 años de prisión, teniendo en cuenta como agravantes: el haber tenido una relación amistosa y comercial (entre la víctima con el principal acusado) y de patrón-empleado (con el casero del campo), la causa previa por homicidio en grado de tentativa que tiene este último en Chaco, el lugar descampado utilizado para cometer el hecho y el lugar descampado para deshacerse de la víctima, el intento de borrar rastros de la autoría del delito, el desprecio por la vida humana, la morbosidad demostrada; haber intentado, el socio, comprar la confesión de su coimputado y haber pretendido apoderarse de la computadora de la víctima; haber huido a Chaco en el caso del casero, aun sabiendo que podía ser requerido por la investigación, siendo trasladado por el socio del occiso.

 

Por su parte, el particular damnificado ahondó sobre los elementos antes señalados por el fiscal y las diversas declaraciones escuchadas durante el juicio, remarcando que los coimputados abusaron del vínculo y la confianza del amigo y socio para engañarlo y tenderle una emboscada con la finalidad de darle muerte. Finalmente, solicitó la pena máxima para el delito de “Homicidio agravado por cometerse con alevosía” y adhirió al planteo subsidiario del fiscal.

 

En tanto, los abogados defensores sostuvieron que no compartían la acusación ni la valoración de la prueba de la contraparte y solicitaron la absolución de sus defendidos

 

El Tribunal pasó a deliberar y dará a conocer el veredicto en la jornada del próximo lunes 10 de junio del corriente.

 

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El pasado viernes 31 de mayo, se realizó la última jornada del debate oral y público contra el socio y el casero del campo de la víctima, por el homicidio ocurrido el 12 de enero de 2022

El debate se desarrolló en la Sala del Tribunal Oral en lo Criminal N.° 2 del Departamento Judicial Mercedes, conformado por los Dres. Juan Miguel Tillet, Pablo Vieiro, y Juan Manuel Renaud Mass. La audiencia comenzó con la escucha de los audios que reprodujeron conversaciones mantenidas entre los imputados cuando ya se encontraban detenidos por este hecho. Seguidamente, se dio lugar a los alegatos de cierre de las partes.

 

En primer lugar, el fiscal de Juicio, Dr. Guillermo Lennard, señaló que entendía que "con todas las pruebas ofrecidas ha quedado demostrada la responsabilidad penal de ambos acusados en el crimen". Tras referirse a los diversos elementos probatorios ventilados en las jornadas de debate, señaló que no quedan dudas que los acusados son coautores del homicidio.

 

Por esta razón, solicitó al Tribunal que dicte veredicto de culpabilidad y, en consecuencia, sentencia condenando a ambos imputados como coautores penalmente responsables del delito de “Homicidio agravado por cometerse con alevosía” a la pena de prisión perpetua, accesorias legales y costas.

 

Subsidiariamente, para el caso que no se comparta la figura planteada, solicitó la condena por el delito de “Homicidio simple” a la pena de 25 años de prisión, teniendo en cuenta como agravantes: el haber tenido una relación amistosa y comercial (entre la víctima con el principal acusado) y de patrón-empleado (con el casero del campo), la causa previa por homicidio en grado de tentativa que tiene este último en Chaco, el lugar descampado utilizado para cometer el hecho y el lugar descampado para deshacerse de la víctima, el intento de borrar rastros de la autoría del delito, el desprecio por la vida humana, la morbosidad demostrada; haber intentado, el socio, comprar la confesión de su coimputado y haber pretendido apoderarse de la computadora de la víctima; haber huido a Chaco en el caso del casero, aun sabiendo que podía ser requerido por la investigación, siendo trasladado por el socio del occiso.

 

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