• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Octubre 24, 2024

Determinación de la capacidad jurídica. Recurso extraordinario. Exclusión del psiquiatra. Normativas legales. Derechos humanos. Constitución Nacional. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Examen. Equipo interdisciplinario. Discriminación. Vulneración de derechos. Evaluación de la capacidad. Psiquiatría. Límites de capacidad jurídica.

Dictamen de la Procuración General de la Provincia de Buenos Aires, Expte. C-127958-2, “M. J. M. s/Determinación de la Capacidad Jurídica“, 26 de agosto de 2024.

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Morón confirmó la decisión de no incluir a un perito psiquiatra en la revisión de la capacidad jurídica de M.J.M. Ante esta situación, la Asesoría de Incapaces N.º 2 presentó un recurso extraordinario, argumentando que la exclusión del psiquiatra violaba varias normativas legales y derechos humanos. Específicamente, denunció la violación de varios artículos de la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el Código Civil y Comercial, la ley 26.657 y el CPCC, argumentando que los sentenciantes no aplicaron adecuadamente la normativa legal pertinente.

 

Sostuvo que las sentencias debían basarse en un examen interdisciplinario que incluyera profesionales de diversas disciplinas, destacando la necesidad de un médico psiquiatra en el equipo. Asimismo, argumentó que su exclusión podría resultar en discriminación y vulneración de derechos, y que la evaluación de la capacidad del señor M. no debía llevarse a cabo sin su participación. Además, criticó la equiparación de las disciplinas de psicología y psiquiatría y resaltó la importancia de la etapa procesal previa a la sentencia para establecer adecuadamente los límites de la capacidad jurídica del demandante. Concluyó solicitando la integración de un psiquiatra en la evaluación, enfatizando que esto era fundamental para el mejor interés de su representado y formuló reserva de caso federal.

 

Para el Procurador General de la provincia, el recurso debía prosperar, dado que la exclusión del psiquiatra en la evaluación interdisciplinaria constituía un error legal que afectaba las garantías procesales del señor M.J.M. En ese sentido, explicó que constituía un error en la sentencia prescindir de la participación de un psiquiatra en la evaluación del señor M., ya que la ley exigía un equipo interdisciplinario (artículos 31 y 37 del Código Civil y Comercial, y la ley 26.657). Consideró que la falta de un psiquiatra en el equipo interdisciplinario incumplía las garantías mínimas de procedimiento reconocidas por la legislación.

 

Al respecto, puntualizó: “Ello así, pues entiendo que resulta evidente el error en que ha incurrido la sentencia en crisis al prescindir de la participación de un psiquiatra en el marco de la nueva evaluación del señor M., ya que, contrario a lo sostenido por la Alzada, el hecho de que eventualmente pudiera no advertirse modificaciones en el padecimiento que lo afecta de modo alguno justifica la no integración del equipo interdisciplinario con un perito psiquiatra y la consecuente intervención desde su propia incumbencia”.

 

Asimismo, abogó por un modelo social de la discapacidad, en el que la evaluación debía abordar al individuo desde una perspectiva bio-psico-social, integrando diferentes disciplinas para una valoración completa.

 

DESCARGAR DICTAMEN

Logo

Otras noticias destacadas

Operativo “Fuera de Línea III” en Vicente López, Tigre y Pilar: cinco detenidos por una red de pedofilia
El pasado 29 de octubre se realizaron nueve allanamientos simultáneos en Vicente López, Tigre y Pilar, en el marco de la "Operación Fuera de Línea III", con la incautación de numeroso material digital.
Homicidio con dolo eventual. Principio in dubio pro reo. Inaplicabilidad de ley. Nulidad. Artículo 491 y 494 CPP. Derecho de defensa. Recurso extraordinario. Recurso de queja.
Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, "T. L., P. G. s/ Queja en causa N° 129.637 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV", 21 de octubre de 2025
Condenan a 20 años de prisión a un empleado del Hospital Naval de Puerto Belgrano por drogar y abusar sexualmente de tres mujeres
El Tribunal Oral Criminal N.º 2 de Bahía Blanca, con la intervención de la jueza María Mercedes Rico, condenó a un hombre a la pena de veinte años de prisión por resultar autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal y hurto, cometidos en perjuicio de tres mujeres entre 2019 y 2023.
Pensión honorífica de veterano de guerra. ANSES. Decreto n.° 2364/90. Ley n.° 23.848. Control de constitucionalidad. Principio de igualdad. Facultades reglamentarias. Retroactividad. Derecho previsional. Categoría sospechosa.
Juzgado Federal en lo Civ., Com. y Cont. Adm. N.° 1 de San Martín, Secretaría n.° 1, Sala II, “E., F. D. c/ ANSES s/ Reajustes varios”, 2 de octubre de 2025.
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2025

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Octubre 24, 2024

Determinación de la capacidad jurídica. Recurso extraordinario. Exclusión del psiquiatra. Normativas legales. Derechos humanos. Constitución Nacional. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Examen. Equipo interdisciplinario. Discriminación. Vulneración de derechos. Evaluación de la capacidad. Psiquiatría. Límites de capacidad jurídica.

Dictamen de la Procuración General de la Provincia de Buenos Aires, Expte. C-127958-2, “M. J. M. s/Determinación de la Capacidad Jurídica“, 26 de agosto de 2024.

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Morón confirmó la decisión de no incluir a un perito psiquiatra en la revisión de la capacidad jurídica de M.J.M. Ante esta situación, la Asesoría de Incapaces N.º 2 presentó un recurso extraordinario, argumentando que la exclusión del psiquiatra violaba varias normativas legales y derechos humanos. Específicamente, denunció la violación de varios artículos de la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el Código Civil y Comercial, la ley 26.657 y el CPCC, argumentando que los sentenciantes no aplicaron adecuadamente la normativa legal pertinente.

 

Sostuvo que las sentencias debían basarse en un examen interdisciplinario que incluyera profesionales de diversas disciplinas, destacando la necesidad de un médico psiquiatra en el equipo. Asimismo, argumentó que su exclusión podría resultar en discriminación y vulneración de derechos, y que la evaluación de la capacidad del señor M. no debía llevarse a cabo sin su participación. Además, criticó la equiparación de las disciplinas de psicología y psiquiatría y resaltó la importancia de la etapa procesal previa a la sentencia para establecer adecuadamente los límites de la capacidad jurídica del demandante. Concluyó solicitando la integración de un psiquiatra en la evaluación, enfatizando que esto era fundamental para el mejor interés de su representado y formuló reserva de caso federal.

 

Para el Procurador General de la provincia, el recurso debía prosperar, dado que la exclusión del psiquiatra en la evaluación interdisciplinaria constituía un error legal que afectaba las garantías procesales del señor M.J.M. En ese sentido, explicó que constituía un error en la sentencia prescindir de la participación de un psiquiatra en la evaluación del señor M., ya que la ley exigía un equipo interdisciplinario (artículos 31 y 37 del Código Civil y Comercial, y la ley 26.657). Consideró que la falta de un psiquiatra en el equipo interdisciplinario incumplía las garantías mínimas de procedimiento reconocidas por la legislación.

 

Al respecto, puntualizó: “Ello así, pues entiendo que resulta evidente el error en que ha incurrido la sentencia en crisis al prescindir de la participación de un psiquiatra en el marco de la nueva evaluación del señor M., ya que, contrario a lo sostenido por la Alzada, el hecho de que eventualmente pudiera no advertirse modificaciones en el padecimiento que lo afecta de modo alguno justifica la no integración del equipo interdisciplinario con un perito psiquiatra y la consecuente intervención desde su propia incumbencia”.

 

Asimismo, abogó por un modelo social de la discapacidad, en el que la evaluación debía abordar al individuo desde una perspectiva bio-psico-social, integrando diferentes disciplinas para una valoración completa.

 

DESCARGAR DICTAMEN

Logo

Otras noticias destacadas

Operativo “Fuera de Línea III” en Vicente López, Tigre y Pilar: cinco detenidos por una red de pedofilia
El pasado 29 de octubre se realizaron nueve allanamientos simultáneos en Vicente López, Tigre y Pilar, en el marco de la "Operación Fuera de Línea III", con la incautación de numeroso material digital.
Homicidio con dolo eventual. Principio in dubio pro reo. Inaplicabilidad de ley. Nulidad. Artículo 491 y 494 CPP. Derecho de defensa. Recurso extraordinario. Recurso de queja.
Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, "T. L., P. G. s/ Queja en causa N° 129.637 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV", 21 de octubre de 2025
Condenan a 20 años de prisión a un empleado del Hospital Naval de Puerto Belgrano por drogar y abusar sexualmente de tres mujeres
El Tribunal Oral Criminal N.º 2 de Bahía Blanca, con la intervención de la jueza María Mercedes Rico, condenó a un hombre a la pena de veinte años de prisión por resultar autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal y hurto, cometidos en perjuicio de tres mujeres entre 2019 y 2023.
Pensión honorífica de veterano de guerra. ANSES. Decreto n.° 2364/90. Ley n.° 23.848. Control de constitucionalidad. Principio de igualdad. Facultades reglamentarias. Retroactividad. Derecho previsional. Categoría sospechosa.
Juzgado Federal en lo Civ., Com. y Cont. Adm. N.° 1 de San Martín, Secretaría n.° 1, Sala II, “E., F. D. c/ ANSES s/ Reajustes varios”, 2 de octubre de 2025.

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar