• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Febrero 11, 2025

Haber de retiro. Suplementos remunerativos. Interpretación de la ley. Actividad riesgosa. Ley N.° 19.101

Corte Suprema de Justicia de la Nación, Expte. CSS 2923/2007/1/RH1, “Albarracín, Carlos Ciro c/ Estado Nacional – Ministerio de Defensa s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg,”, 6 de febrero de 2025

La Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social revocó una sentencia que había rechazado incluir el suplemento por vuelo y/o actividad riesgosa en el haber de retiro del actor. La demandada interpuso un recurso extraordinario que fue rechazado, lo que dio lugar a la presente queja.

 

La Corte revocó esta decisión y desestimó la demanda. De acuerdo con el fallo del Máximo Tribunal, la sentencia de la Cámara se apartó de lo dispuesto en la ley 19.101, aplicando una interpretación teleológica que ignoraba el texto literal de la norma.

 

El Tribunal reafirmó que la interpretación de la ley debe basarse en su letra cuando esta es clara, aplicándola directamente sin exceder su contenido: “La primera fuente de interpretación de la ley es su letra, de la que no cabe apartarse cuando ella es clara, pues la exégesis de la norma debe practicarse sin violación de sus términos o su espíritu. Es decir, cuando esta no exige esfuerzo de interpretación, debe ser aplicada directamente con prescindencia de consideraciones que excedan las circunstancias del caso expresamente contemplado por la norma, ya que de otro modo podría arribarse a una interpretación que, sin declarar la inconstitucionalidad de la disposición legal, equivaliese a prescindir de su texto”.

 

En ese sentido, consideró que la Cámara se apartó de la ley 19.101 al realizar una interpretación teleológica y reconocer suplementos excluidos del cálculo del haber de retiro, contrario a lo dispuesto por el artículo 74. Dado que el actor se retiró en 1972, los suplementos particulares no debían considerarse.

 

La Corte señaló que el actor percibía un haber de retiro desde el 31 de diciembre de 1972 y recordó que el artículo 74 de dicha ley establece que el haber de retiro debe calcularse sobre el 100 % del haber mensual y los suplementos generales a los que el beneficiario tenía derecho al momento de su pase a retiro, conforme a los porcentajes del artículo 79. Asimismo, aclaró que los suplementos particulares previstos en el artículo 57 están excluidos de ese cálculo.

 

 

Por lo tanto, se declaró procedente la queja, se admitió el recurso extraordinario, se revocó la sentencia apelada y se rechazó la demanda, con costas por su orden

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Despido. Debido proceso. Avance tecnológico. Empresas extranjeras. Notificación. Sucursales. Ley de Sociedades. Ley n.° 19.550. Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, “Ramírez Cañizares, Santos Egidio c/Helmerich & Payne Argentina Drilling Co. y Otros s/Despido”, 19 de junio de 2025
ANSES. Estabilidad del empleo público. Artículo 14 bis Constitución Nacional. Amparo. Vía de hecho. Concurso. Planta permanente. Convenio Colectivo n.° 305/98 “E”. Despido sin causa. Inconstitucionalidad.
Sala II de la Cámara Federal de La Plata, “Vitale García, Fausto Marcelo c/ ANSES s/ Amparo – Ley 16.986”, 10 de julio de 2025
Tres aprehendidos por robo agravado con inhibidores de señal y pedido de captura activo
En el marco de una investigación penal conducida por la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio n.° 1 del Departamento Judicial Avellaneda–Lanús, a cargo del Agente Fiscal Dr. Gastón Fernández, personal de la Delegación Departamental de Investigaciones (DDI) Avellaneda–Lanús concretó la aprehensión de tres sujetos por su presunta participación en un robo agravado mediante el uso de inhibidores de señal, hecho ocurrido en mayo de este año en el estacionamiento del centro comercial Alto Avellaneda
Aprehensión de una mujer por atentado y resistencia a la autoridad en el marco de un incidente vial
El pasado 9 de julio, en horas de la tarde, personal del Comando de Patrullas de Avellaneda, perteneciente a la Policía de la Provincia de Buenos Aires, procedió a la aprehensión de una mujer mayor de edad por el delito de atentado y resistencia a la autoridad, con intervención de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio n.° 1 del Departamento Judicial Avellaneda – Lanús
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2025

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Febrero 11, 2025

Haber de retiro. Suplementos remunerativos. Interpretación de la ley. Actividad riesgosa. Ley N.° 19.101

Corte Suprema de Justicia de la Nación, Expte. CSS 2923/2007/1/RH1, “Albarracín, Carlos Ciro c/ Estado Nacional – Ministerio de Defensa s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg,”, 6 de febrero de 2025

La Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social revocó una sentencia que había rechazado incluir el suplemento por vuelo y/o actividad riesgosa en el haber de retiro del actor. La demandada interpuso un recurso extraordinario que fue rechazado, lo que dio lugar a la presente queja.

 

La Corte revocó esta decisión y desestimó la demanda. De acuerdo con el fallo del Máximo Tribunal, la sentencia de la Cámara se apartó de lo dispuesto en la ley 19.101, aplicando una interpretación teleológica que ignoraba el texto literal de la norma.

 

El Tribunal reafirmó que la interpretación de la ley debe basarse en su letra cuando esta es clara, aplicándola directamente sin exceder su contenido: “La primera fuente de interpretación de la ley es su letra, de la que no cabe apartarse cuando ella es clara, pues la exégesis de la norma debe practicarse sin violación de sus términos o su espíritu. Es decir, cuando esta no exige esfuerzo de interpretación, debe ser aplicada directamente con prescindencia de consideraciones que excedan las circunstancias del caso expresamente contemplado por la norma, ya que de otro modo podría arribarse a una interpretación que, sin declarar la inconstitucionalidad de la disposición legal, equivaliese a prescindir de su texto”.

 

En ese sentido, consideró que la Cámara se apartó de la ley 19.101 al realizar una interpretación teleológica y reconocer suplementos excluidos del cálculo del haber de retiro, contrario a lo dispuesto por el artículo 74. Dado que el actor se retiró en 1972, los suplementos particulares no debían considerarse.

 

La Corte señaló que el actor percibía un haber de retiro desde el 31 de diciembre de 1972 y recordó que el artículo 74 de dicha ley establece que el haber de retiro debe calcularse sobre el 100 % del haber mensual y los suplementos generales a los que el beneficiario tenía derecho al momento de su pase a retiro, conforme a los porcentajes del artículo 79. Asimismo, aclaró que los suplementos particulares previstos en el artículo 57 están excluidos de ese cálculo.

 

 

Por lo tanto, se declaró procedente la queja, se admitió el recurso extraordinario, se revocó la sentencia apelada y se rechazó la demanda, con costas por su orden

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Despido. Debido proceso. Avance tecnológico. Empresas extranjeras. Notificación. Sucursales. Ley de Sociedades. Ley n.° 19.550. Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, “Ramírez Cañizares, Santos Egidio c/Helmerich & Payne Argentina Drilling Co. y Otros s/Despido”, 19 de junio de 2025
ANSES. Estabilidad del empleo público. Artículo 14 bis Constitución Nacional. Amparo. Vía de hecho. Concurso. Planta permanente. Convenio Colectivo n.° 305/98 “E”. Despido sin causa. Inconstitucionalidad.
Sala II de la Cámara Federal de La Plata, “Vitale García, Fausto Marcelo c/ ANSES s/ Amparo – Ley 16.986”, 10 de julio de 2025
Tres aprehendidos por robo agravado con inhibidores de señal y pedido de captura activo
En el marco de una investigación penal conducida por la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio n.° 1 del Departamento Judicial Avellaneda–Lanús, a cargo del Agente Fiscal Dr. Gastón Fernández, personal de la Delegación Departamental de Investigaciones (DDI) Avellaneda–Lanús concretó la aprehensión de tres sujetos por su presunta participación en un robo agravado mediante el uso de inhibidores de señal, hecho ocurrido en mayo de este año en el estacionamiento del centro comercial Alto Avellaneda
Aprehensión de una mujer por atentado y resistencia a la autoridad en el marco de un incidente vial
El pasado 9 de julio, en horas de la tarde, personal del Comando de Patrullas de Avellaneda, perteneciente a la Policía de la Provincia de Buenos Aires, procedió a la aprehensión de una mujer mayor de edad por el delito de atentado y resistencia a la autoridad, con intervención de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio n.° 1 del Departamento Judicial Avellaneda – Lanús

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar