• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Febrero 19, 2025

Recurso extraordinario. Inaplicabilidad de ley. Homicidio culposo agravado. Vehículo automotor. Consumo de alcohol. Exceso de velocidad. Pluralidad de víctimas fatales. Fuga. Ausencia de socorro a las víctimas. Prueba. Valoración. Arbitrariedad. Plexo probatorio. Análisis integral. Responsabilidad. Imputación. Relación causal. Materialidad objetiva. Riesgo concurrente. Tipo objetivo

Dictamen de la Procuración General de la provincia de Buenos Aires, Expte. P-139701-1, “Broyad, John -Fiscal General de San Isidro- s/Recurso extr. de inaplicabilidad de ley en causa n.° 83.770 de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro, Sala II, seguida a G., D. I.", 11 de abril de 2024

La Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Isidro resolvió hacer lugar al recurso formulado por la defensa del imputado, revocar la sentencia dictada en el marco de un acuerdo de juicio abreviado por el Juzgado en lo Correccional n.° 1 del mismo Departamento Judicial y absolver al imputado, sin costas, en orden al delito de homicidio culposo agravado por la conducción de un vehículo automotor bajo los efectos del alcohol, por exceso de velocidad, por la pluralidad de víctimas fatales y por fuga o ausencia de socorro a las víctimas.

 

Contra dicho pronunciamiento formuló recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley el Fiscal General, doctor John Broyad, que fue declarado admisible por el tribunal intermedio. Como primer motivo de agravio, el recurrente denunció arbitrariedad en la valoración de la prueba y argumentó que el revisor omitió realizar un análisis integral del plexo probatorio, fragmentando las circunstancias del caso y estudiando las conductas del imputado y de las víctimas separadamente a los efectos de fijar las responsabilidades. 

 

Como segundo motivo de agravio, afirmó que el revisor utilizó un inadecuado método de imputación para atribuir responsabilidades, basado en la relación causal, cuando -a juicio del recurrente- la solución demandaba la aplicación de estándares dogmáticos de mayor cientificidad, elaborados a un nivel normativo, basados en la generación de riesgos jurídicamente desaprobados a los fines de efectuar un juicio de imputación adecuado al caso. Asimismo, entendió que el deficiente proceso de imputación derivó en una errónea aplicación de la ley penal.

 

Finalmente, y como tercer motivo de agravio planteó que, para resolver como lo hizo, la Cámara se apoyó en argumentos aparentes, sin un real correlato ni vinculación con el caso. Concluyó que el resultado lesivo tuvo lugar como producto del riesgo concurrente, puesto que la conducta del imputado importó, por sí misma, la comisión de un injusto con relevancia penal suficiente como para realizar el juicio de imputación al tipo objetivo.

 

El Procurador General sostuvo el recurso interpuesto por el Fiscal General del Departamento Judicial de San Isidro, compartiendo y haciendo propios los argumentos desarrollados, añadiendo que el resultado tuvo lugar como consecuencia  de  dos  conductas  concurrentes:  la  de quien  circulaba  en  exceso  de  velocidad  y alcoholizado, sin disminuir la marcha en la encrucijada en que se produjo el siniestro; y la de la víctima, quien atravesó el cruce sin  respetar el semáforo ni disminuir la marcha, circulando bajo influencia de alcohol y sin utilizar -como así tampoco su acompañante- el casco reglamentario.

 

A juicio del Jefe de los Fiscales, ambos excedieron los riesgos permitidos siendo que, la conducta del imputado importó por sí misma, la comisión de un injusto con la suficiente relevancia penal como para imputarle el tipo objetivo, toda vez que el resultado lesivo -incluyendo la conducta concurrente de la víctima- la concreción del riesgo jurídicamente desaprobado creado por el causante.

 

Por tanto, resultando más grave la infracción de una norma cuando es realizada por quien conduce un vehículo con mayor poder lesivo y, con ello, resultando la creación de un riesgo jurídicamente desaprobado de mayor entidad, consideró que correspondía imputar el resultado lesivo al conductor del automóvil. En última instancia, puntualizó, la conducta de la víctima debería ser tomada en cuenta al momento de graduar la pena,  pero  no para deslindar de responsabilidad al imputado.

 

Por lo expuesto, el señor Procurador General entendió que la Suprema Corte de Justicia debería hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto.

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Corte Interamericana de Derechos Humanos. Opinión Consultiva. Derecho al cuidado. Autonomía personal. Igualdad sustantiva. Derechos interdependientes. Derecho a cuidar. Derecho a ser cuidado. Derecho al autocuidado. Corresponsabilidad social. Políticas públicas. Sistemas integrales de cuidado. Grupos vulnerables. Enfoque interseccional. Obligaciones estatales. Exigibilidad judicial.
Corte Interamericana de Derechos Humanos, “Opinión Consultiva OC-31/25”, 12 de junio de 2025 solicitada por la República Argentina.
Bahía Blanca: condena en juicio abreviado por distribución agravada de material de abuso sexual infantil
A instancias del Ministerio Público Fiscal, el Tribunal Oral en lo Criminal n.° 1 dictó sentencia condenatoria —en el marco de un juicio abreviado— contra una persona adulta por cinco hechos de distribución y/o facilitación de representaciones de menores de 18 años en actividades sexuales explícitas, agravados por tratarse de víctimas menores de 13 años, en concurso real. La pena impuesta fue de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión, con accesorias legales
Avellaneda: dos aprehendidos por encubrimiento tras hallazgo de motocicleta con pedido activo
En un operativo coordinado por la Unidad de Prevención de la Policía Local (UPPL) de Avellaneda, y bajo la dirección de la Unidad Funcional de Instrucción n.° 3 del Departamento Judicial Avellaneda–Lanús, se procedió a la aprehensión de dos personas adultas por el delito de encubrimiento, tras el secuestro de un motovehículo que presentaba pedido de secuestro activo
Ministerio Público Fiscal. Defensa del consumidor. Intervención. Competencia. Autonomía funcional. Legalidad. Interés general. Artículo 120 Constitución Nacional. Artículo 52 Ley n.° 24.240. Ley n.° 27.148. Daño punitivo. Asimetría. Proceso sumarísimo. Arbitrariedad de sentencia.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Cáceres Carrera, Facundo Ariel y otro c/ Ford Argentina S.C.A. y otro s/ sumarísimo”, 7 de agosto de 2025
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2025

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Febrero 19, 2025

Recurso extraordinario. Inaplicabilidad de ley. Homicidio culposo agravado. Vehículo automotor. Consumo de alcohol. Exceso de velocidad. Pluralidad de víctimas fatales. Fuga. Ausencia de socorro a las víctimas. Prueba. Valoración. Arbitrariedad. Plexo probatorio. Análisis integral. Responsabilidad. Imputación. Relación causal. Materialidad objetiva. Riesgo concurrente. Tipo objetivo

Dictamen de la Procuración General de la provincia de Buenos Aires, Expte. P-139701-1, “Broyad, John -Fiscal General de San Isidro- s/Recurso extr. de inaplicabilidad de ley en causa n.° 83.770 de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro, Sala II, seguida a G., D. I.", 11 de abril de 2024

La Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Isidro resolvió hacer lugar al recurso formulado por la defensa del imputado, revocar la sentencia dictada en el marco de un acuerdo de juicio abreviado por el Juzgado en lo Correccional n.° 1 del mismo Departamento Judicial y absolver al imputado, sin costas, en orden al delito de homicidio culposo agravado por la conducción de un vehículo automotor bajo los efectos del alcohol, por exceso de velocidad, por la pluralidad de víctimas fatales y por fuga o ausencia de socorro a las víctimas.

 

Contra dicho pronunciamiento formuló recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley el Fiscal General, doctor John Broyad, que fue declarado admisible por el tribunal intermedio. Como primer motivo de agravio, el recurrente denunció arbitrariedad en la valoración de la prueba y argumentó que el revisor omitió realizar un análisis integral del plexo probatorio, fragmentando las circunstancias del caso y estudiando las conductas del imputado y de las víctimas separadamente a los efectos de fijar las responsabilidades. 

 

Como segundo motivo de agravio, afirmó que el revisor utilizó un inadecuado método de imputación para atribuir responsabilidades, basado en la relación causal, cuando -a juicio del recurrente- la solución demandaba la aplicación de estándares dogmáticos de mayor cientificidad, elaborados a un nivel normativo, basados en la generación de riesgos jurídicamente desaprobados a los fines de efectuar un juicio de imputación adecuado al caso. Asimismo, entendió que el deficiente proceso de imputación derivó en una errónea aplicación de la ley penal.

 

Finalmente, y como tercer motivo de agravio planteó que, para resolver como lo hizo, la Cámara se apoyó en argumentos aparentes, sin un real correlato ni vinculación con el caso. Concluyó que el resultado lesivo tuvo lugar como producto del riesgo concurrente, puesto que la conducta del imputado importó, por sí misma, la comisión de un injusto con relevancia penal suficiente como para realizar el juicio de imputación al tipo objetivo.

 

El Procurador General sostuvo el recurso interpuesto por el Fiscal General del Departamento Judicial de San Isidro, compartiendo y haciendo propios los argumentos desarrollados, añadiendo que el resultado tuvo lugar como consecuencia  de  dos  conductas  concurrentes:  la  de quien  circulaba  en  exceso  de  velocidad  y alcoholizado, sin disminuir la marcha en la encrucijada en que se produjo el siniestro; y la de la víctima, quien atravesó el cruce sin  respetar el semáforo ni disminuir la marcha, circulando bajo influencia de alcohol y sin utilizar -como así tampoco su acompañante- el casco reglamentario.

 

A juicio del Jefe de los Fiscales, ambos excedieron los riesgos permitidos siendo que, la conducta del imputado importó por sí misma, la comisión de un injusto con la suficiente relevancia penal como para imputarle el tipo objetivo, toda vez que el resultado lesivo -incluyendo la conducta concurrente de la víctima- la concreción del riesgo jurídicamente desaprobado creado por el causante.

 

Por tanto, resultando más grave la infracción de una norma cuando es realizada por quien conduce un vehículo con mayor poder lesivo y, con ello, resultando la creación de un riesgo jurídicamente desaprobado de mayor entidad, consideró que correspondía imputar el resultado lesivo al conductor del automóvil. En última instancia, puntualizó, la conducta de la víctima debería ser tomada en cuenta al momento de graduar la pena,  pero  no para deslindar de responsabilidad al imputado.

 

Por lo expuesto, el señor Procurador General entendió que la Suprema Corte de Justicia debería hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto.

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Corte Interamericana de Derechos Humanos. Opinión Consultiva. Derecho al cuidado. Autonomía personal. Igualdad sustantiva. Derechos interdependientes. Derecho a cuidar. Derecho a ser cuidado. Derecho al autocuidado. Corresponsabilidad social. Políticas públicas. Sistemas integrales de cuidado. Grupos vulnerables. Enfoque interseccional. Obligaciones estatales. Exigibilidad judicial.
Corte Interamericana de Derechos Humanos, “Opinión Consultiva OC-31/25”, 12 de junio de 2025 solicitada por la República Argentina.
Bahía Blanca: condena en juicio abreviado por distribución agravada de material de abuso sexual infantil
A instancias del Ministerio Público Fiscal, el Tribunal Oral en lo Criminal n.° 1 dictó sentencia condenatoria —en el marco de un juicio abreviado— contra una persona adulta por cinco hechos de distribución y/o facilitación de representaciones de menores de 18 años en actividades sexuales explícitas, agravados por tratarse de víctimas menores de 13 años, en concurso real. La pena impuesta fue de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión, con accesorias legales
Avellaneda: dos aprehendidos por encubrimiento tras hallazgo de motocicleta con pedido activo
En un operativo coordinado por la Unidad de Prevención de la Policía Local (UPPL) de Avellaneda, y bajo la dirección de la Unidad Funcional de Instrucción n.° 3 del Departamento Judicial Avellaneda–Lanús, se procedió a la aprehensión de dos personas adultas por el delito de encubrimiento, tras el secuestro de un motovehículo que presentaba pedido de secuestro activo
Ministerio Público Fiscal. Defensa del consumidor. Intervención. Competencia. Autonomía funcional. Legalidad. Interés general. Artículo 120 Constitución Nacional. Artículo 52 Ley n.° 24.240. Ley n.° 27.148. Daño punitivo. Asimetría. Proceso sumarísimo. Arbitrariedad de sentencia.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Cáceres Carrera, Facundo Ariel y otro c/ Ford Argentina S.C.A. y otro s/ sumarísimo”, 7 de agosto de 2025

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar