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Febrero 21, 2025

Recurso de reposición o revocatoria. Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional. Legitimación activa. Improcedencia.

Corte Suprema de Justicia de la Nación, Expte. CSJ 325/2021/1/CS2, “Ferrari, María Alicia c/ Levinas, Gabriel Isaías s/ incidente”, 18 de febrero de 2025

El Tribunal consideró que la petición resultaba inadmisible y dispuso que debía aplicarse el mismo criterio que se sigue respecto del recurso extraordinario (previsto por el artículo 14 de la Ley n.° 48), en cuanto no se encuentran habilitados para recurrir la decisión quienes no revistan la calidad de parte con participación legitimada en el proceso, aun cuando aleguen tener un gravamen configurado por la decisión atacada.

 

Subrayó que el planteo resultaba de todos modos improcedente pues, como lo tiene repetidamente decidido la Corte, sus sentencias definitivas e interlocutorias no son susceptibles de ser modificadas por el recurso de revocatoria, ni por el de nulidad, salvo situaciones excepcionales que no concurren en la especie. 

 

Por las razones expuestas, el Superior desestimó el recurso incoado.

 

En su voto, el Dr. Carlos Fernando Rosenkrantz especificó que compartía los fundamentos para rechazar el recurso interpuesto, sin que ello implicase modificación alguna de su disidencia en la sentencia mencionada. En aquella oportunidad, el juez Rosenkrantz consideró que el Tribunal Superior de Justicia de la CABA no era el "órgano superior jerárquico común" que debía resolver el conflicto de competencia entre un tribunal de la Ciudad de Buenos Aires y un tribunal de la justicia nacional con competencia ordinaria, razón por la cual correspondía que el conflicto lo resolviera la Corte Suprema.

 

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Detención por homicidio agravado por el vínculo: se efectivizaron dos allanamientos en el marco de la investigación por femicidio
Texto: Personal de la Comisaría 5ta de Wilde, dependiente de la Policía Departamental de Seguridad Avellaneda (S.R. AMBA SUR I), llevó a cabo la efectivización de dos órdenes de allanamiento dispuestas en el marco de la Investigación Penal Preparatoria n.° 20-00-017479-24, caratulada “Homicidio agravado por el vínculo (femicidio)”, con intervención de la Unidad Funcional de Instrucción n.° 2 de Avellaneda, a cargo de la Dra. Carballal.
Tres personas aprehendidas por tentativa de ingreso a finca y secuestro de herramientas de forzamiento
Personal del Comando de Patrullas Avellaneda, perteneciente a la Policía Departamental de Seguridad Avellaneda (S.R. AMBA SUR I), logró la aprehensión de tres personas mayores de edad en el marco de una causa por averiguación de ilícito, bajo la modalidad de ingreso a finca, hecho que fuera advertido a través del sistema de monitoreo urbano.
Libertad condicional. Inconstitucionalidad. Artículo 14 inc. 10 del Código Penal. Ley n.° 27.375. Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Narcomenudeo. Ejecución penal. Principio de igualdad. Progresividad de la pena. Resocialización. Derechos Humanos. Convención Americana sobre Derechos Humanos. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Tribunal de Casación Penal de La Plata, Sala V, “S. S. V. I. s/ Recurso de Casación”, 25 de junio de 2025
Competencia originaria. Amparo por salud. Programa Federal Incluir Salud. Provincia de Entre Ríos. Renuncia tácita de jurisdicción. Artículo 117 Constitución Nacional. Ley n.° 16.986. Derecho a la salud. Vida digna. Tratados internacionales de Derechos Humanos. Discapacidad. Leyes n.° 22.431, 23.660, 23.661 y 24.901. Agencia Nacional de Discapacidad. Prórroga de jurisdicción.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Giménez, Mirta Raquel c/ Programa Federal Incluir Salud y otro s/ amparo ley 16.986”, 25 de junio de 2025”
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Subrayó que el planteo resultaba de todos modos improcedente pues, como lo tiene repetidamente decidido la Corte, sus sentencias definitivas e interlocutorias no son susceptibles de ser modificadas por el recurso de revocatoria, ni por el de nulidad, salvo situaciones excepcionales que no concurren en la especie. 

 

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