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Julio 04, 2025

Prisión perpetua por doble homicidio agravado en el asalto a un camión blindado

El Tribunal Oral en lo Criminal n.° 2 del Departamento Judicial Zárate – Campana condenó a prisión perpetua a un hombre por su participación como coautor penalmente responsable de un doble homicidio agravado, cometido en ocasión de un asalto planificado a un camión blindado en la ciudad de General Rodríguez

Colaboración Fiscalía de Cámara. Departamento judicial Zárate-Campana.

El fallo, dictado por mayoría del Tribunal, recayó en la causa “B. P., M. E. s/ homicidio criminis causae”, y calificó los hechos como homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por haber sido cometido criminis causae, conforme lo dispuesto por los incisos 6° y 7° del artículo 80 del Código Penal.

 

Durante el juicio, el Ministerio Público Fiscal — mediante el Dr. José Martín Zocca, con colaboración del Dr. Marcelo Nicolás Rodríguez, y por disposición del Fiscal de Cámaras Interino Dr. José Luis Castaño— sostuvo una acusación sólida y estructurada, demostrando que el asalto al transporte de caudales fue planificado con precisión logística y violencia letal, y que el acusado formó parte activa del grupo criminal.

 

El fiscal Zocca fundamentó la acusación en cuatro ejes centrales:

 

  1. La vigilancia y seguimiento del camión, como evidencia de planificación.

  2. La ejecución sorpresiva contra los custodios, quienes no llegaron a defenderse.

  3. Las imágenes de cámaras de seguridad y peritajes balísticos, que mostraron una acción coordinada por múltiples sujetos armados.

  4. El objetivo altamente protegido: un transporte escoltado por personal policial bonaerense.

 

Además, el Ministerio Público destacó seis agravantes:

 

  • Pluralidad de coautores,

  • Capacidad delictiva desplegada,

  • Riesgo a terceros en un espacio público transitado,

  • Reiteración homicida,

  • Selección de un blanco con alta protección armada,

  • Antecedentes penales del imputado.

 

La sentencia, cuyo primer voto correspondió al juez Dr. Aguilar, valoró que los homicidios no fueron un derivado casual del robo, sino parte esencial del plan criminal, al estar dirigidos a neutralizar toda posibilidad de resistencia por parte del personal de seguridad.

 

El veredicto fue dictado tras un debate con plena observancia de las garantías procesales y en el marco de una acusación fiscal que abordó con rigor jurídico el análisis del tipo penal agravado, rechazando la calificación de homicidio en ocasión de robo.



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Prescripción. Abuso sexual. Acción penal. Principio de legalidad. Irretroactividad. Inconstitucionalidad. Art. 63 del Código Penal. Leyes n.° 26705 y 27206. Tratados internacionales. Jerarquía constitucional. Acceso a la justicia. Derecho de las víctimas. Test de convencionalidad.
Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de La Plata, “R., C. A. s/Abuso Sexual s/ Inc. de apelación”, 22 de julio de 2025.
Aprehensión por homicidio agravado en Lanús
El pasado 21 de julio, a partir de un llamado al 911, se logró aprehender en el interior de una vivienda al hijo y presunto autor del homicidio de una mujer de 72 años
Competencia originaria. Corte Suprema de Justicia de la Nación. Servicio Público. Ley provincial n.° 14692. Medida cautelar. Competencia. Gobierno federal. Defensa del consumidor. Congreso de la Nación. Facultades regulatorias.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Naturgy Ban S.A. (antes Gas Natural Ban S.A.) c/ Buenos Aires, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad”, 17 de julio de 2025.
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El Tribunal Oral en lo Criminal n.° 2 del Departamento Judicial Zárate – Campana condenó a prisión perpetua a un hombre por su participación como coautor penalmente responsable de un doble homicidio agravado, cometido en ocasión de un asalto planificado a un camión blindado en la ciudad de General Rodríguez

El fallo, dictado por mayoría del Tribunal, recayó en la causa “B. P., M. E. s/ homicidio criminis causae”, y calificó los hechos como homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por haber sido cometido criminis causae, conforme lo dispuesto por los incisos 6° y 7° del artículo 80 del Código Penal.

 

Durante el juicio, el Ministerio Público Fiscal — mediante el Dr. José Martín Zocca, con colaboración del Dr. Marcelo Nicolás Rodríguez, y por disposición del Fiscal de Cámaras Interino Dr. José Luis Castaño— sostuvo una acusación sólida y estructurada, demostrando que el asalto al transporte de caudales fue planificado con precisión logística y violencia letal, y que el acusado formó parte activa del grupo criminal.

 

El fiscal Zocca fundamentó la acusación en cuatro ejes centrales:

 

  1. La vigilancia y seguimiento del camión, como evidencia de planificación.

  2. La ejecución sorpresiva contra los custodios, quienes no llegaron a defenderse.

  3. Las imágenes de cámaras de seguridad y peritajes balísticos, que mostraron una acción coordinada por múltiples sujetos armados.

  4. El objetivo altamente protegido: un transporte escoltado por personal policial bonaerense.

 

Además, el Ministerio Público destacó seis agravantes:

 

  • Pluralidad de coautores,

  • Capacidad delictiva desplegada,

  • Riesgo a terceros en un espacio público transitado,

  • Reiteración homicida,

  • Selección de un blanco con alta protección armada,

  • Antecedentes penales del imputado.

 

La sentencia, cuyo primer voto correspondió al juez Dr. Aguilar, valoró que los homicidios no fueron un derivado casual del robo, sino parte esencial del plan criminal, al estar dirigidos a neutralizar toda posibilidad de resistencia por parte del personal de seguridad.

 

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