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Julio 04, 2025

Prisión perpetua por doble homicidio agravado en el asalto a un camión blindado

El Tribunal Oral en lo Criminal n.° 2 del Departamento Judicial Zárate – Campana condenó a prisión perpetua a un hombre por su participación como coautor penalmente responsable de un doble homicidio agravado, cometido en ocasión de un asalto planificado a un camión blindado en la ciudad de General Rodríguez

Colaboración Fiscalía de Cámara. Departamento judicial Zárate-Campana.

El fallo, dictado por mayoría del Tribunal, recayó en la causa “B. P., M. E. s/ homicidio criminis causae”, y calificó los hechos como homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por haber sido cometido criminis causae, conforme lo dispuesto por los incisos 6° y 7° del artículo 80 del Código Penal.

 

Durante el juicio, el Ministerio Público Fiscal — mediante el Dr. José Martín Zocca, con colaboración del Dr. Marcelo Nicolás Rodríguez, y por disposición del Fiscal de Cámaras Interino Dr. José Luis Castaño— sostuvo una acusación sólida y estructurada, demostrando que el asalto al transporte de caudales fue planificado con precisión logística y violencia letal, y que el acusado formó parte activa del grupo criminal.

 

El fiscal Zocca fundamentó la acusación en cuatro ejes centrales:

 

  1. La vigilancia y seguimiento del camión, como evidencia de planificación.

  2. La ejecución sorpresiva contra los custodios, quienes no llegaron a defenderse.

  3. Las imágenes de cámaras de seguridad y peritajes balísticos, que mostraron una acción coordinada por múltiples sujetos armados.

  4. El objetivo altamente protegido: un transporte escoltado por personal policial bonaerense.

 

Además, el Ministerio Público destacó seis agravantes:

 

  • Pluralidad de coautores,

  • Capacidad delictiva desplegada,

  • Riesgo a terceros en un espacio público transitado,

  • Reiteración homicida,

  • Selección de un blanco con alta protección armada,

  • Antecedentes penales del imputado.

 

La sentencia, cuyo primer voto correspondió al juez Dr. Aguilar, valoró que los homicidios no fueron un derivado casual del robo, sino parte esencial del plan criminal, al estar dirigidos a neutralizar toda posibilidad de resistencia por parte del personal de seguridad.

 

El veredicto fue dictado tras un debate con plena observancia de las garantías procesales y en el marco de una acusación fiscal que abordó con rigor jurídico el análisis del tipo penal agravado, rechazando la calificación de homicidio en ocasión de robo.



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Personal de Unidades de Policía de Prevención Local, perteneciente a la Policía Departamental de Seguridad Avellaneda (S.R. AMBA SUR I) logró la aprehensión de una persona menor de edad, tras tomar conocimiento de la sustracción de un rodado a un vecino de la localidad.
Prisión perpetua para el autor de un femicidio cometido en San Antonio de Areco
El Tribunal Oral en lo Criminal n.° 4 del Departamento Judicial Mercedes condenó este martes 1° de julio a prisión perpetua a un hombre, hallándolo autor penalmente responsable del femicidio de una joven de 24 años ocurrido el 13 de noviembre de 2022 en la localidad de San Antonio de Areco. El veredicto fue unánime.
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El fallo, dictado por mayoría del Tribunal, recayó en la causa “B. P., M. E. s/ homicidio criminis causae”, y calificó los hechos como homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por haber sido cometido criminis causae, conforme lo dispuesto por los incisos 6° y 7° del artículo 80 del Código Penal.

 

Durante el juicio, el Ministerio Público Fiscal — mediante el Dr. José Martín Zocca, con colaboración del Dr. Marcelo Nicolás Rodríguez, y por disposición del Fiscal de Cámaras Interino Dr. José Luis Castaño— sostuvo una acusación sólida y estructurada, demostrando que el asalto al transporte de caudales fue planificado con precisión logística y violencia letal, y que el acusado formó parte activa del grupo criminal.

 

El fiscal Zocca fundamentó la acusación en cuatro ejes centrales:

 

  1. La vigilancia y seguimiento del camión, como evidencia de planificación.

  2. La ejecución sorpresiva contra los custodios, quienes no llegaron a defenderse.

  3. Las imágenes de cámaras de seguridad y peritajes balísticos, que mostraron una acción coordinada por múltiples sujetos armados.

  4. El objetivo altamente protegido: un transporte escoltado por personal policial bonaerense.

 

Además, el Ministerio Público destacó seis agravantes:

 

  • Pluralidad de coautores,

  • Capacidad delictiva desplegada,

  • Riesgo a terceros en un espacio público transitado,

  • Reiteración homicida,

  • Selección de un blanco con alta protección armada,

  • Antecedentes penales del imputado.

 

La sentencia, cuyo primer voto correspondió al juez Dr. Aguilar, valoró que los homicidios no fueron un derivado casual del robo, sino parte esencial del plan criminal, al estar dirigidos a neutralizar toda posibilidad de resistencia por parte del personal de seguridad.

 

El veredicto fue dictado tras un debate con plena observancia de las garantías procesales y en el marco de una acusación fiscal que abordó con rigor jurídico el análisis del tipo penal agravado, rechazando la calificación de homicidio en ocasión de robo.



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