• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Julio 08, 2025

Habeas Data. Ley n.° 25.326. Libertad de expresión. Derecho al honor. Derecho a la imagen. Derecho al nombre. Violencia contra la mujer. Manifiesta ilicitud.

La Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal ha revocado una sentencia de primera instancia y fallado a favor de Google LLC en una causa iniciada luego de que se admitiera la acción de habeas data iniciada por parte de D.B.. El Tribunal rechazó la demanda presentada por el actor, estableciendo que, en ausencia de una "manifiesta ilicitud" en los contenidos, debe prevalecer la libertad de expresión. La decisión revierte el fallo inicial que había ordenado a la compañía suprimir contenidos sobre el actor.

La acción de habeas data fue entablada por D.B. con el fin de suprimir de los archivos y bases de datos de Google información que consideraba "falsa y maliciosa" y que lo vinculaba con una denuncia por "acoso y manipulación que nunca existió". El demandante argumentó que calificativos como "acosador" y "manipulador", difundidos en diversos sitios web, afectaban sus derechos a la imagen, al nombre y al honor.

 

En primera instancia, el juez había admitido la demanda, considerando que los calificativos eran lesivos de los derechos personalísimos del actor, quien además no poseía antecedentes penales. El magistrado sostuvo que cuando una expresión se transforma en una "ofensa gratuita", se desdibuja el derecho del ofensor a emitirla, haciendo imperativo prevenir el daño.

 

Google LLC apeló la sentencia, argumentando que los contenidos cuya desindexación se ordenó estaban amparados por la libertad de expresión, dado que aportaban información de "interés público", como denuncias de violencia psicológica contra la mujer. La empresa sostuvo que el bloqueo de un sitio es una medida extrema justificada solo en casos de "expresiones manifiestamente ilícitas", como pornografía infantil o incitación al odio racial, situaciones que, a su entender, no se verificaron en este caso.

 

La Sala III analizó la pretensión del demandante, diferenciándola de otros casos juzgados por la Corte Suprema, como "Rodríguez", donde el reclamo era indemnizatorio. Sin embargo, enfatizó que la doctrina del Alto Tribunal sobre la materia es ineludible.

 

La Cámara consideró aplicable el artículo 16, inciso 1, de la Ley de Habeas Data (Ley n.° 25.326), que establece el derecho a la supresión de datos personales cuando corresponda. Se confrontaron los derechos del actor a la imagen, al nombre y al honor con la libertad de expresión de los usuarios y de Google como intermediario del proceso comunicacional.

 

El Tribunal recordó que la Corte Suprema ha jerarquizado la libertad de expresión en una sociedad democrática y ha adoptado la doctrina de la "real malicia". Esta doctrina, aplicable también a Internet, prioriza la circulación de información sobre la responsabilidad subsiguiente del autor, salvo que se acredite conocimiento de falsedad o desprecio manifiesto. La Cámara señaló que la eficacia de un bloqueo en Internet es limitada debido a la dinámica de la red y la aparición de nuevos sitios que reproducen contenidos.

 

Además, la sentencia destacó que el rol de intermediario de Google en el proceso de búsqueda y de acceso a la información en la red, obsta a que se le imponga el deber de monitorear previamente los contenidos. Un punto crucial fue que no había prueba de que los contenidos denunciados fueran falsos, ni que fueran equiparables a los supuestos de "manifiesta ilicitud".

 

La Cámara también hizo hincapié en la Convención de Belém do Pará, que define y busca erradicar la violencia contra la mujer. Si bien la denuncia se enmarcaba en la violencia de género, el Tribunal consideró que la visualización de conductas abusivas es relevante para el amparo, pero no invalida la aplicación de la libertad de expresión en este caso específico sin prueba de falsedad o ilicitud manifiesta.

 

En consecuencia, el Tribunal resolvió declarar procedente el recurso de apelación de Google LLC, revocar la sentencia de primera instancia y rechazar la demanda.

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

La UFI n.° 12 de Moreno llevó a cabo siete allanamientos, donde se logró la detención de nueve personas y el secuestro de distintos elementos relacionados al “narcomenudeo”
Los procedimientos se realizaron el pasado 23 de julio, a partir de las tareas de inteligencia que permitieron que la Fiscalía pueda identificar los posibles puntos de venta de estupefacientes
Prescripción. Abuso sexual. Acción penal. Principio de legalidad. Irretroactividad. Inconstitucionalidad. Art. 63 del Código Penal. Leyes n.° 26705 y 27206. Tratados internacionales. Jerarquía constitucional. Acceso a la justicia. Derecho de las víctimas. Test de convencionalidad.
Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de La Plata, “R., C. A. s/Abuso Sexual s/ Inc. de apelación”, 22 de julio de 2025.
Aprehensión por homicidio agravado en Lanús
El pasado 21 de julio, a partir de un llamado al 911, se logró aprehender en el interior de una vivienda al hijo y presunto autor del homicidio de una mujer de 72 años
Competencia originaria. Corte Suprema de Justicia de la Nación. Servicio Público. Ley provincial n.° 14692. Medida cautelar. Competencia. Gobierno federal. Defensa del consumidor. Congreso de la Nación. Facultades regulatorias.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Naturgy Ban S.A. (antes Gas Natural Ban S.A.) c/ Buenos Aires, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad”, 17 de julio de 2025.
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2025

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Julio 08, 2025

Habeas Data. Ley n.° 25.326. Libertad de expresión. Derecho al honor. Derecho a la imagen. Derecho al nombre. Violencia contra la mujer. Manifiesta ilicitud.

La Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal ha revocado una sentencia de primera instancia y fallado a favor de Google LLC en una causa iniciada luego de que se admitiera la acción de habeas data iniciada por parte de D.B.. El Tribunal rechazó la demanda presentada por el actor, estableciendo que, en ausencia de una "manifiesta ilicitud" en los contenidos, debe prevalecer la libertad de expresión. La decisión revierte el fallo inicial que había ordenado a la compañía suprimir contenidos sobre el actor.

La acción de habeas data fue entablada por D.B. con el fin de suprimir de los archivos y bases de datos de Google información que consideraba "falsa y maliciosa" y que lo vinculaba con una denuncia por "acoso y manipulación que nunca existió". El demandante argumentó que calificativos como "acosador" y "manipulador", difundidos en diversos sitios web, afectaban sus derechos a la imagen, al nombre y al honor.

 

En primera instancia, el juez había admitido la demanda, considerando que los calificativos eran lesivos de los derechos personalísimos del actor, quien además no poseía antecedentes penales. El magistrado sostuvo que cuando una expresión se transforma en una "ofensa gratuita", se desdibuja el derecho del ofensor a emitirla, haciendo imperativo prevenir el daño.

 

Google LLC apeló la sentencia, argumentando que los contenidos cuya desindexación se ordenó estaban amparados por la libertad de expresión, dado que aportaban información de "interés público", como denuncias de violencia psicológica contra la mujer. La empresa sostuvo que el bloqueo de un sitio es una medida extrema justificada solo en casos de "expresiones manifiestamente ilícitas", como pornografía infantil o incitación al odio racial, situaciones que, a su entender, no se verificaron en este caso.

 

La Sala III analizó la pretensión del demandante, diferenciándola de otros casos juzgados por la Corte Suprema, como "Rodríguez", donde el reclamo era indemnizatorio. Sin embargo, enfatizó que la doctrina del Alto Tribunal sobre la materia es ineludible.

 

La Cámara consideró aplicable el artículo 16, inciso 1, de la Ley de Habeas Data (Ley n.° 25.326), que establece el derecho a la supresión de datos personales cuando corresponda. Se confrontaron los derechos del actor a la imagen, al nombre y al honor con la libertad de expresión de los usuarios y de Google como intermediario del proceso comunicacional.

 

El Tribunal recordó que la Corte Suprema ha jerarquizado la libertad de expresión en una sociedad democrática y ha adoptado la doctrina de la "real malicia". Esta doctrina, aplicable también a Internet, prioriza la circulación de información sobre la responsabilidad subsiguiente del autor, salvo que se acredite conocimiento de falsedad o desprecio manifiesto. La Cámara señaló que la eficacia de un bloqueo en Internet es limitada debido a la dinámica de la red y la aparición de nuevos sitios que reproducen contenidos.

 

Además, la sentencia destacó que el rol de intermediario de Google en el proceso de búsqueda y de acceso a la información en la red, obsta a que se le imponga el deber de monitorear previamente los contenidos. Un punto crucial fue que no había prueba de que los contenidos denunciados fueran falsos, ni que fueran equiparables a los supuestos de "manifiesta ilicitud".

 

La Cámara también hizo hincapié en la Convención de Belém do Pará, que define y busca erradicar la violencia contra la mujer. Si bien la denuncia se enmarcaba en la violencia de género, el Tribunal consideró que la visualización de conductas abusivas es relevante para el amparo, pero no invalida la aplicación de la libertad de expresión en este caso específico sin prueba de falsedad o ilicitud manifiesta.

 

En consecuencia, el Tribunal resolvió declarar procedente el recurso de apelación de Google LLC, revocar la sentencia de primera instancia y rechazar la demanda.

 

DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

La UFI n.° 12 de Moreno llevó a cabo siete allanamientos, donde se logró la detención de nueve personas y el secuestro de distintos elementos relacionados al “narcomenudeo”
Los procedimientos se realizaron el pasado 23 de julio, a partir de las tareas de inteligencia que permitieron que la Fiscalía pueda identificar los posibles puntos de venta de estupefacientes
Prescripción. Abuso sexual. Acción penal. Principio de legalidad. Irretroactividad. Inconstitucionalidad. Art. 63 del Código Penal. Leyes n.° 26705 y 27206. Tratados internacionales. Jerarquía constitucional. Acceso a la justicia. Derecho de las víctimas. Test de convencionalidad.
Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de La Plata, “R., C. A. s/Abuso Sexual s/ Inc. de apelación”, 22 de julio de 2025.
Aprehensión por homicidio agravado en Lanús
El pasado 21 de julio, a partir de un llamado al 911, se logró aprehender en el interior de una vivienda al hijo y presunto autor del homicidio de una mujer de 72 años
Competencia originaria. Corte Suprema de Justicia de la Nación. Servicio Público. Ley provincial n.° 14692. Medida cautelar. Competencia. Gobierno federal. Defensa del consumidor. Congreso de la Nación. Facultades regulatorias.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Naturgy Ban S.A. (antes Gas Natural Ban S.A.) c/ Buenos Aires, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad”, 17 de julio de 2025.

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar