• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Agosto 01, 2025

Nulidad. Inconstitucionalidad. Decreto n.° 462/25. INTI. Entidad autárquica. Derecho Público. Estabilidad. Empleo público. Convenios OIT. Constitución Nacional. Discrecionalidad. Convenciones Colectivas de Trabajo.

Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Cont. Administrativo de San Martín n.° 2, “Asociación Trabajadores del Estado c/ Estado Nacional – Poder Ejecutivo Nacional s/ Amparo”, 28 de julio de 2025.

El Secretario General de la Asociación Trabajadores del Estado promovió acción de amparo contra el Estado Nacional solicitando se declare la nulidad e inconstitucionalidad de los arts. 46 a 52 del Decreto n.° 462/25 por entender que configura una desviación de poder que oculta una disolución, desfederalización y vaciamiento del Instituto Nación de Tecnología Industrial (INTI), vedado por el art. 3.° de la Ley n.° 27742 y violatorio de los fundamentos de su creación. Además, planteó que afectaba con ilegalidad y arbitrariedad manifiesta el derecho al trabajo y la garantía de estabilidad en el empleo público. Asimismo, solicitó la inconstitucionalidad de los arts. 1.°, 2.° y 3.° de la Ley n.° 27742 por considerar que configura una declaración de emergencia ilimitada para todas las materias, sin sustento fáctico, con concesión de facultades extraordinarias al Poder Ejecutivo Nacional de una base genérica ambigua y carente de límites materiales. Por último, peticionó la declaración de ilegitimidad de cualquier acto administrativo que pretenda disolver, transformar o intervenir la institución.

 

El Juzgado analizó que el INTI es una entidad autárquica de derecho público, con personalidad jurídica para actuar, cuyas relaciones laborales se rigen por la Ley de Contrato de Trabajo de forma supletoria al régimen de los trabajadores del INTI conforme la Ley n.° 14250 y el CCTS (Decreto n.° 109/07). En ese sentido, señaló que el art. 8 del CCTS establece que el personal del INTI queda comprendido en la Ley n.° 25164, que consagra el derecho a la estabilidad en el empleo. 

 

Asimismo, afirmó que cualquier disposición administrativa que altere o desnaturalice tal garantía afectaría al principio de irrenunciabilidad de derechos consagrado en el art. 12 de la LCT, siendo nula de nulidad absoluta conforme lo establece el art. 7 del mismo cuerpo normativo. A ello, agregó que tanto la Constitución Nacional como los convenios de la OIT con jerarquía constitucional impiden al Estado alterar de manera unilateral condiciones de trabajo establecidas por la norma colectiva en vigencia. 

 

Por otra parte, el Juzgado sostuvo que el art. 73 del Decreto n.° 462/24 vulnera normas y garantías laborales vigentes por disponer una fecha de vencimiento a la estabilidad del personal. Respecto del art. 74, que subordina las decisiones del personal del INTI a la discrecionalidad de la Secretaría de Industria y Comercio, entendió que vulnera el principio de estabilidad, así como los derechos laborales y sindicales reconocidos a los trabajadores estatales, al sustraerlos del ámbito de protección de las Convenciones Colectivas de Trabajo vigentes. 

 

En relación a la medida de no innovar solicitada, el Juzgado consideró que -dentro del limitado marco de conocimiento que admite el pronunciamiento cautelar- se encontraban reunidos los presupuestos de admisibilidad previstos en las normas procesales para su procedencia. 

 

Por ello, resolvió que “teniendo en cuenta que en esta etapa preliminar del proceso se verifican circunstancias graves y objetivas, se justifica el dictado de una medida cautelar de no innovar, a fin de evitar perjuicios irreparables y preservar el statu quo hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo. Finalmente, en cuanto a lo demás solicitado por la actora, y en orden a la inconstitucionalidad de los art. 46 a 52 del Decreto PEN N°462/2025, y de los arts. 1, 2 y 3 de la ley 27.742, cabe señalar que la misma remite al análisis de cuestiones de índole fáctico-jurídico que imponen un estudio mucho más complejo y profundo, con amplio debate y prueba, que en modo alguno podrían resolverse con los elementos hasta ahora incorporados”.

 

DESCARGAR SENTENCIA





Logo

Otras noticias destacadas

Tres detenidos por robo calificado de motocicletas en San Antonio de Areco
Entre los días 26 y 27 de agosto, se logró la aprehensión y posterior detención de tres individuos con antecedentes penales, sindicados de haber cometido diversos hechos contra la propiedad en la localidad de San Antonio de Areco.
Avellaneda: enfrentamiento armado tras robo agravado en CABA
En la madrugada del 22 de agosto personal del Comando de Patrullas de Avellaneda logró la aprehensión de dos hombres mayores de edad, quienes resultaron heridos tras un enfrentamiento armado, en el marco de un procedimiento vinculado a un robo agravado cometido previamente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Avellaneda: tres menores aprehendidos por robo agravado con utilización de réplicas de arma de fuego
En la jornada del 22 de agosto, personal de la Unidad de Policía de Prevención Local (UPPL) de Avellaneda logró la aprehensión de tres menores de edad acusados de participar en un hecho de robo agravado, en cuyo poder se incautaron dos réplicas de armas de fuego y tres teléfonos celulares.
Avellaneda: allanamientos por comercialización de estupefacientes con una mujer aprehendida
El día 24 de agosto se concretaron dos allanamientos en la localidad de Dock Sud, en el marco de una investigación por infracción a la Ley n.° 23.737, obteniéndose como resultado la aprehensión de una mujer mayor de edad y el secuestro de cocaína fraccionada para su comercialización, un teléfono celular y dinero en efectivo.
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2025

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Agosto 01, 2025

Nulidad. Inconstitucionalidad. Decreto n.° 462/25. INTI. Entidad autárquica. Derecho Público. Estabilidad. Empleo público. Convenios OIT. Constitución Nacional. Discrecionalidad. Convenciones Colectivas de Trabajo.

Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Cont. Administrativo de San Martín n.° 2, “Asociación Trabajadores del Estado c/ Estado Nacional – Poder Ejecutivo Nacional s/ Amparo”, 28 de julio de 2025.

El Secretario General de la Asociación Trabajadores del Estado promovió acción de amparo contra el Estado Nacional solicitando se declare la nulidad e inconstitucionalidad de los arts. 46 a 52 del Decreto n.° 462/25 por entender que configura una desviación de poder que oculta una disolución, desfederalización y vaciamiento del Instituto Nación de Tecnología Industrial (INTI), vedado por el art. 3.° de la Ley n.° 27742 y violatorio de los fundamentos de su creación. Además, planteó que afectaba con ilegalidad y arbitrariedad manifiesta el derecho al trabajo y la garantía de estabilidad en el empleo público. Asimismo, solicitó la inconstitucionalidad de los arts. 1.°, 2.° y 3.° de la Ley n.° 27742 por considerar que configura una declaración de emergencia ilimitada para todas las materias, sin sustento fáctico, con concesión de facultades extraordinarias al Poder Ejecutivo Nacional de una base genérica ambigua y carente de límites materiales. Por último, peticionó la declaración de ilegitimidad de cualquier acto administrativo que pretenda disolver, transformar o intervenir la institución.

 

El Juzgado analizó que el INTI es una entidad autárquica de derecho público, con personalidad jurídica para actuar, cuyas relaciones laborales se rigen por la Ley de Contrato de Trabajo de forma supletoria al régimen de los trabajadores del INTI conforme la Ley n.° 14250 y el CCTS (Decreto n.° 109/07). En ese sentido, señaló que el art. 8 del CCTS establece que el personal del INTI queda comprendido en la Ley n.° 25164, que consagra el derecho a la estabilidad en el empleo. 

 

Asimismo, afirmó que cualquier disposición administrativa que altere o desnaturalice tal garantía afectaría al principio de irrenunciabilidad de derechos consagrado en el art. 12 de la LCT, siendo nula de nulidad absoluta conforme lo establece el art. 7 del mismo cuerpo normativo. A ello, agregó que tanto la Constitución Nacional como los convenios de la OIT con jerarquía constitucional impiden al Estado alterar de manera unilateral condiciones de trabajo establecidas por la norma colectiva en vigencia. 

 

Por otra parte, el Juzgado sostuvo que el art. 73 del Decreto n.° 462/24 vulnera normas y garantías laborales vigentes por disponer una fecha de vencimiento a la estabilidad del personal. Respecto del art. 74, que subordina las decisiones del personal del INTI a la discrecionalidad de la Secretaría de Industria y Comercio, entendió que vulnera el principio de estabilidad, así como los derechos laborales y sindicales reconocidos a los trabajadores estatales, al sustraerlos del ámbito de protección de las Convenciones Colectivas de Trabajo vigentes. 

 

En relación a la medida de no innovar solicitada, el Juzgado consideró que -dentro del limitado marco de conocimiento que admite el pronunciamiento cautelar- se encontraban reunidos los presupuestos de admisibilidad previstos en las normas procesales para su procedencia. 

 

Por ello, resolvió que “teniendo en cuenta que en esta etapa preliminar del proceso se verifican circunstancias graves y objetivas, se justifica el dictado de una medida cautelar de no innovar, a fin de evitar perjuicios irreparables y preservar el statu quo hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo. Finalmente, en cuanto a lo demás solicitado por la actora, y en orden a la inconstitucionalidad de los art. 46 a 52 del Decreto PEN N°462/2025, y de los arts. 1, 2 y 3 de la ley 27.742, cabe señalar que la misma remite al análisis de cuestiones de índole fáctico-jurídico que imponen un estudio mucho más complejo y profundo, con amplio debate y prueba, que en modo alguno podrían resolverse con los elementos hasta ahora incorporados”.

 

DESCARGAR SENTENCIA





Logo

Otras noticias destacadas

Tres detenidos por robo calificado de motocicletas en San Antonio de Areco
Entre los días 26 y 27 de agosto, se logró la aprehensión y posterior detención de tres individuos con antecedentes penales, sindicados de haber cometido diversos hechos contra la propiedad en la localidad de San Antonio de Areco.
Avellaneda: enfrentamiento armado tras robo agravado en CABA
En la madrugada del 22 de agosto personal del Comando de Patrullas de Avellaneda logró la aprehensión de dos hombres mayores de edad, quienes resultaron heridos tras un enfrentamiento armado, en el marco de un procedimiento vinculado a un robo agravado cometido previamente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Avellaneda: tres menores aprehendidos por robo agravado con utilización de réplicas de arma de fuego
En la jornada del 22 de agosto, personal de la Unidad de Policía de Prevención Local (UPPL) de Avellaneda logró la aprehensión de tres menores de edad acusados de participar en un hecho de robo agravado, en cuyo poder se incautaron dos réplicas de armas de fuego y tres teléfonos celulares.
Avellaneda: allanamientos por comercialización de estupefacientes con una mujer aprehendida
El día 24 de agosto se concretaron dos allanamientos en la localidad de Dock Sud, en el marco de una investigación por infracción a la Ley n.° 23.737, obteniéndose como resultado la aprehensión de una mujer mayor de edad y el secuestro de cocaína fraccionada para su comercialización, un teléfono celular y dinero en efectivo.

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar