• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Septiembre 11, 2025

Notificación vía mensajería instantánea. Nulidad procesal. Art. 169 CPCC. Art. 635 bis CPCC. Ley N.° 15.513. Procesos de familia. Tutela judicial efectiva. Principio de celeridad y eficacia.

Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Morón, Sala II, “M. R. C. C/ P. J. A. S/ MAT. A CATEG.”, 2 de septiembre de 2025

La Sala II de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Morón, integrada por los Dres. Gabriel Hernán Quadri y Laura Andrea Moro, resolvió confirmar la sentencia de primera instancia que había rechazado el planteo de nulidad introducido por el demandado en la causa “M. R. C. C. c/ P. J. A. s/ materia a categorizar”.

 

El recurrente había cuestionado la validez de la notificación cursada a través de mensajería instantánea, argumentando que dicha modalidad contrariaba las previsiones del Código Procesal Civil y Comercial. La Cámara, no obstante, sostuvo que el recurso carecía de fundamentos atendibles, dado que la notificación fue expresamente autorizada por el juzgado interviniente tras varios intentos fallidos de notificación por cédula, encontrándose actualmente prevista en el art. 635 bis del CPCC —introducido por la Ley n.° 15.513— para los procesos de alimentos.

 

El tribunal recordó que, conforme al art. 169 CPCC, la nulidad procesal solo procede cuando el vicio frustra la finalidad del acto y genera un perjuicio concreto. En el caso, el demandado no desconoció haber recibido la comunicación, limitando su agravio a cuestiones formales relativas a los adjuntos, lo que —en su caso— habría habilitado únicamente un pedido de suspensión de plazos y no la declaración de nulidad.

 

Asimismo, se valoró la adecuación de la medida a los principios de celeridad y eficacia en materia de tutela judicial efectiva (art. 15 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires), en consonancia con la tendencia jurisprudencial y doctrinaria que propicia el uso de herramientas digitales en los procesos de familia.

 

En consecuencia, la Cámara confirmó la resolución apelada, con costas al recurrente (art. 68 CPCC).

 

DESCARGAR SENTENCIA



Logo

Otras noticias destacadas

Amparo sindical. Reinstalación de cargos sindicales. Estatuto sindical. Recursos extraordinarios (nulidad e inaplicabilidad de ley). Preclusión procesal. Democracia sindical. Compensaciones adeudadas.
Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires, "L. M. O. Y otro/A C/ Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) S/ Amparo Sindical ", 17 de septiembre de 2025
Avellaneda: aprehendido por robo en un comercio de indumentaria
El 30 de septiembre de 2025, personal de la Unidad de Prevención de la Policía Local (UPPL) de Avellaneda aprehendió a un hombre de 48 años en el marco de un hecho de robo en comercio, ocurrido en la intersección de 9 de Julio y Av. Mitre.
Moreno: diez personas aprehendidas y secuestro de estupefacientes tras siete allanamientos
El 26 de septiembre de 2025, personal de la Comisaría 1.ª de Moreno, con la intervención de la UFI n.º 12 especializada en estupefacientes, a cargo de los Dres. Leandro Ventricelli y Ezequiel Freydier, llevó a cabo siete allanamientos simultáneos en esa jurisdicción, que culminaron con la aprehensión de diez personas y el secuestro de una importante cantidad de drogas, dinero y elementos vinculados al fraccionamiento y comercialización
Ley provincial n.° 8847. Recurso extraordinario federal. Arbitrariedad de sentencias. Fundamentación aparente. Excesivo rigor formal. Denegación de justicia. Defensa en juicio. Tutela judicial efectiva
Corte Suprema de Justicia de la Nación, "Recurso de hecho deducido por el actor en la causa Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC) c/ Club Floresta y otros s/ cobro", 30 de septiembre de 2025
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2025

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Septiembre 11, 2025

Notificación vía mensajería instantánea. Nulidad procesal. Art. 169 CPCC. Art. 635 bis CPCC. Ley N.° 15.513. Procesos de familia. Tutela judicial efectiva. Principio de celeridad y eficacia.

Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Morón, Sala II, “M. R. C. C/ P. J. A. S/ MAT. A CATEG.”, 2 de septiembre de 2025

La Sala II de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Morón, integrada por los Dres. Gabriel Hernán Quadri y Laura Andrea Moro, resolvió confirmar la sentencia de primera instancia que había rechazado el planteo de nulidad introducido por el demandado en la causa “M. R. C. C. c/ P. J. A. s/ materia a categorizar”.

 

El recurrente había cuestionado la validez de la notificación cursada a través de mensajería instantánea, argumentando que dicha modalidad contrariaba las previsiones del Código Procesal Civil y Comercial. La Cámara, no obstante, sostuvo que el recurso carecía de fundamentos atendibles, dado que la notificación fue expresamente autorizada por el juzgado interviniente tras varios intentos fallidos de notificación por cédula, encontrándose actualmente prevista en el art. 635 bis del CPCC —introducido por la Ley n.° 15.513— para los procesos de alimentos.

 

El tribunal recordó que, conforme al art. 169 CPCC, la nulidad procesal solo procede cuando el vicio frustra la finalidad del acto y genera un perjuicio concreto. En el caso, el demandado no desconoció haber recibido la comunicación, limitando su agravio a cuestiones formales relativas a los adjuntos, lo que —en su caso— habría habilitado únicamente un pedido de suspensión de plazos y no la declaración de nulidad.

 

Asimismo, se valoró la adecuación de la medida a los principios de celeridad y eficacia en materia de tutela judicial efectiva (art. 15 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires), en consonancia con la tendencia jurisprudencial y doctrinaria que propicia el uso de herramientas digitales en los procesos de familia.

 

En consecuencia, la Cámara confirmó la resolución apelada, con costas al recurrente (art. 68 CPCC).

 

DESCARGAR SENTENCIA



Logo

Otras noticias destacadas

Amparo sindical. Reinstalación de cargos sindicales. Estatuto sindical. Recursos extraordinarios (nulidad e inaplicabilidad de ley). Preclusión procesal. Democracia sindical. Compensaciones adeudadas.
Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires, "L. M. O. Y otro/A C/ Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) S/ Amparo Sindical ", 17 de septiembre de 2025
Avellaneda: aprehendido por robo en un comercio de indumentaria
El 30 de septiembre de 2025, personal de la Unidad de Prevención de la Policía Local (UPPL) de Avellaneda aprehendió a un hombre de 48 años en el marco de un hecho de robo en comercio, ocurrido en la intersección de 9 de Julio y Av. Mitre.
Moreno: diez personas aprehendidas y secuestro de estupefacientes tras siete allanamientos
El 26 de septiembre de 2025, personal de la Comisaría 1.ª de Moreno, con la intervención de la UFI n.º 12 especializada en estupefacientes, a cargo de los Dres. Leandro Ventricelli y Ezequiel Freydier, llevó a cabo siete allanamientos simultáneos en esa jurisdicción, que culminaron con la aprehensión de diez personas y el secuestro de una importante cantidad de drogas, dinero y elementos vinculados al fraccionamiento y comercialización
Ley provincial n.° 8847. Recurso extraordinario federal. Arbitrariedad de sentencias. Fundamentación aparente. Excesivo rigor formal. Denegación de justicia. Defensa en juicio. Tutela judicial efectiva
Corte Suprema de Justicia de la Nación, "Recurso de hecho deducido por el actor en la causa Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC) c/ Club Floresta y otros s/ cobro", 30 de septiembre de 2025

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar