El Tribunal Oral en lo Criminal n.° 2 del Departamento Judicial San Nicolás, integrado por la jueza María Belén Ocariz y un jurado popular, dictó el veredicto de culpabilidad contra un exjefe policial, hallándolo responsable de los delitos de asociación ilícita, comercialización de estupefacientes doblemente agravada, tenencia de arma de guerra sin autorización legal e incumplimiento de los deberes de funcionario público
Colaboración Axel Mauricio. Fiscalía San Nicolás.
El debate oral se desarrolló los días 29 y 30 de septiembre de 2025, bajo el sistema de juicio por jurados previsto en los artículos 338 bis a 371 quáter del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires. La acusación estuvo a cargo de la Fiscalía n.° 1 de San Nicolás, representada por la Dra. María Verónica Marcantonio, mientras que la defensa fue ejercida por el Dr. Jorge Ingrata.
Durante las dos jornadas del debate, se produjeron más de veinte declaraciones testimoniales, se exhibieron pruebas documentales, pericias y registros fílmicos que vincularon al acusado con maniobras de comercialización de estupefacientes y con la manipulación irregular de procedimientos policiales ocurridos entre diciembre de 2022 y enero de 2023.
Luego de las deliberaciones, el jurado integrado por doce ciudadanos y seis suplentes arribó al siguiente veredicto: Culpable por los delitos de asociación ilícita (en calidad de integrante), comercialización de estupefacientes doblemente agravada —por la intervención de tres o más personas y por tratarse de agentes de las fuerzas de seguridad—, tenencia de arma de guerra sin autorización legal e incumplimiento de los deberes de funcionario público y no culpable respecto de los hechos de hurto calificado, falsificación de documento público y hurto agravado en perjuicio de particulares.
La decisión fue adoptada por unanimidad en tres de los cuatro hechos, y por mayoría especial (10 votos) en el caso de la comercialización de estupefacientes.
La fiscal Marcantonio sostuvo que el imputado integró una estructura delictiva compuesta por funcionarios policiales, con un reparto de roles orientado al desvío y reventa de estupefacientes secuestrados en procedimientos oficiales.
Asimismo, subrayó que el accionar del condenado representó una grave violación a los deberes funcionales y un atentado contra la confianza pública en las instituciones encargadas de velar por la legalidad y la seguridad ciudadana.
Concluido el juicio, la jueza María Belén Ocariz dispuso la apertura de la etapa de cesura para la imposición de la pena, conforme a lo establecido en el artículo 371 quáter inciso 6º del CPP bonaerense.
El Tribunal Oral en lo Criminal n.° 2 del Departamento Judicial San Nicolás, integrado por la jueza María Belén Ocariz y un jurado popular, dictó el veredicto de culpabilidad contra un exjefe policial, hallándolo responsable de los delitos de asociación ilícita, comercialización de estupefacientes doblemente agravada, tenencia de arma de guerra sin autorización legal e incumplimiento de los deberes de funcionario público
El debate oral se desarrolló los días 29 y 30 de septiembre de 2025, bajo el sistema de juicio por jurados previsto en los artículos 338 bis a 371 quáter del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires. La acusación estuvo a cargo de la Fiscalía n.° 1 de San Nicolás, representada por la Dra. María Verónica Marcantonio, mientras que la defensa fue ejercida por el Dr. Jorge Ingrata.
Durante las dos jornadas del debate, se produjeron más de veinte declaraciones testimoniales, se exhibieron pruebas documentales, pericias y registros fílmicos que vincularon al acusado con maniobras de comercialización de estupefacientes y con la manipulación irregular de procedimientos policiales ocurridos entre diciembre de 2022 y enero de 2023.
Luego de las deliberaciones, el jurado integrado por doce ciudadanos y seis suplentes arribó al siguiente veredicto: Culpable por los delitos de asociación ilícita (en calidad de integrante), comercialización de estupefacientes doblemente agravada —por la intervención de tres o más personas y por tratarse de agentes de las fuerzas de seguridad—, tenencia de arma de guerra sin autorización legal e incumplimiento de los deberes de funcionario público y no culpable respecto de los hechos de hurto calificado, falsificación de documento público y hurto agravado en perjuicio de particulares.
La decisión fue adoptada por unanimidad en tres de los cuatro hechos, y por mayoría especial (10 votos) en el caso de la comercialización de estupefacientes.
La fiscal Marcantonio sostuvo que el imputado integró una estructura delictiva compuesta por funcionarios policiales, con un reparto de roles orientado al desvío y reventa de estupefacientes secuestrados en procedimientos oficiales.
Asimismo, subrayó que el accionar del condenado representó una grave violación a los deberes funcionales y un atentado contra la confianza pública en las instituciones encargadas de velar por la legalidad y la seguridad ciudadana.
Concluido el juicio, la jueza María Belén Ocariz dispuso la apertura de la etapa de cesura para la imposición de la pena, conforme a lo establecido en el artículo 371 quáter inciso 6º del CPP bonaerense.
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
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