Resolución de Presidencia N.° SDH 57/2020, 12 de junio de 2020.
La presidencia de la Suprema Corte de Justicia, ante el contenido de presentaciones efectuadas por el Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires recordó que es atribución de los jueces competentes evaluar y discernir en vista de las actuales circunstancias, con arreglo a cada situación y al orden jurídico vigente, la adopción de medida alternativas, morigeradoras, u otras pertinentes, respecto de los jóvenes en conflicto con la ley penal privados de su libertad (conf. Res. N.º 50/20 SDH). Entre otras medidas, reiteró a los magistrados intervinientes; a los Comités Permanentes de Seguimiento Departamentales; y al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, la rotunda proscripción de alojamiento de los jóvenes adolescentes en conflicto con la ley penal en Seccionales Policiales.
Se tramita la provisión de computadora de escritorio para todas las dependencias del Ministerio Público
Se aprueba el trámite de aduisición de vehículos tipo sedán y tipo utiitarios destinados a los Institutos de la Dirección Gral. de Policía Judicial.
Dispone que los profesionales individualizados en el listado que, como Anexo Único forma parte de la presente, han aprobado la capacitación implementada para la actualización de contenidos de los cursos de Ayudante Fiscal.
Declara de interés las XXXVII Jornadas Nacionales del Foro Federal del Consejo de la Magistratura y Jurados de Enjuiciamiento de la República Argentina (FOFECMA), que se llevarán a cabo los días 23 y 24 de octubre en la ciudad de La Plata.
Declara de interés las “II Jornadas Conjuntas del Ministerio Público”, que se llevarán a cabo el día 25 de octubre del corriente año, en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Mar del Plata.
Resolución de Presidencia N.° SDH 57/2020, 12 de junio de 2020.
La presidencia de la Suprema Corte de Justicia, ante el contenido de presentaciones efectuadas por el Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires recordó que es atribución de los jueces competentes evaluar y discernir en vista de las actuales circunstancias, con arreglo a cada situación y al orden jurídico vigente, la adopción de medida alternativas, morigeradoras, u otras pertinentes, respecto de los jóvenes en conflicto con la ley penal privados de su libertad (conf. Res. N.º 50/20 SDH). Entre otras medidas, reiteró a los magistrados intervinientes; a los Comités Permanentes de Seguimiento Departamentales; y al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, la rotunda proscripción de alojamiento de los jóvenes adolescentes en conflicto con la ley penal en Seccionales Policiales.
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
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