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Marzo 06, 2020

Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley. Absurdo. Daños y Perjuicios. Ley de Defensa del Consumidor. Fallecimiento de un menor. Responsabilidad. Inexistencia de causalidad adecuada entre la falta de habilitación del natatorio y el deceso

Dictamen del Procurador General, Expte. N.º C 123.487, “S., R.R. y otra c/ Ministerio de O. y S. P. Administración General de Vialidad y otros s/ daños y perjuicios ", 20 de diciembre de 2019

La Procuración General opinó que debían rechazarse los recursos extraordinarios de inaplicabilidad de ley interpuestos por el Club Universitario de La Plata y por el Fisco de la Provincia de Buenos Aires por su insuficiencia técnica, dado que no cumplían con las exigencias del artículo 279 del CPCC.

 

Respecto al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido por la Municipalidad de La Plata entendió que debía hacerse lugar a este; ello, toda vez que si bien en los actuados resultó acreditada la falta de habilitación del natatorio del Club Universitario, la muerte del hijo de los actores fue provocada por la impericia demostrada por quienes estaban al cuidado del menor. 

 

Señaló en tal sentido, que tal como surgía de la causa penal, el deceso del niño se produjo por asfixia de inmersión, recayendo la responsabilidad sobre las personas que debieron ejercer su vigilancia y el coordinador de la colonia. De tal suerte, la muerte del menor careció de relación causal con los incumplimientos a la referida Ordenanza municipal, en tanto estos no generaron el daño, no aumentaron el riesgo, ni coadyuvaron en su producción.

 

Desde esa atalaya, la Procuración concluyó que la parcela de la sentencia impugnada que hace extensiva la responsabilidad a la Municipalidad de La Plata adolecía del vicio de absurdo.

 

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Juicio por la verdad. Fuero penal juvenil. Prescripción de la acción penal. Sobreseimiento definitivo. Principio de legalidad. Principio acusatorio. Agravio irreparable. Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley. Derechos del niño y adolescente.
Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, “"G.G., N.A. s/ queja en causa n.° 128.503 del Tribunal de Casación Penal, Sala I" 3 de octubre de 2025
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En el marco de la IPP n.° 01-00-001222-25/00, la Agente Fiscal Dra. Paula Serrano, subrogante de la UFI n.° 6 del Departamento Judicial Azul, lleva adelante una investigación por una compleja maniobra de asociación ilícita, falsificación documental y estafas reiteradas en perjuicio de la Cooperativa Eléctrica de Azul Limitada (CEAL) y de 31 comerciantes locales, que habría generado un perjuicio estimado en 160 millones de pesos.
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