A partir del día 1° de enero de 2025 ha entrado en vigencia el reglamento establecido por el Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires mediante la Resolución PG N.° 2099/24, estableciendo un nuevo régimen disciplinario aplicable a magistrados, funcionarios y empleados de la institución.
El Señor Procurador General de la Suprema Corte de Justicia, en uso de sus atribuciones resolvió aprobar el “Procedimiento de Responsabilidad administrativa funcional del Ministerio Público de la provincia de Buenos Aires” disponiendo su entrada en vigencia a partir del día 1° de enero de 2025 y su aplicación para la tramitación de actuaciones iniciadas a partir de esa fecha.
El nuevo procedimiento, impulsado por la Secretaría de Control Disciplinario y Enjuiciamiento de Magistrados, ha reforzado el principio de tutela administrativa efectiva y el debido proceso en la materia al incorporar el dictamen previo, el alegato como acto de defensa del sumariado y plazos administrativos.
Considera al procedimiento disciplinario en tanto régimen especial respecto del procedimiento general que rige el orden jurídico institucional, como una regulación establecida en una norma específica que describe el trámite administrativo a seguir en la materia en particular que se trate, sus etapas, la participación de los interesados, recursos administrativos específicos que se prevean, entre otras cuestiones.
Ello así, en el Anexo Único incluye principios tales como la utilización de medios tecnológicos para la tramitación de las actuaciones, la determinación de plazos, formalidades, notificaciones, formas y el abordaje con perspectiva de género que en conjunto garantizan la tutela administrativa efectiva.
Establece las sanciones y faltas disciplinarias, las medidas preventivas y detalla el procedimiento, desde la denuncia hasta los recursos procedentes.
Indica que serán de aplicación supletoria, en cuanto sean compatibles con las prescripciones del mismo, las normas contenidas en la Ley de Procedimiento Administrativo de la provincia de Buenos Aires y el Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires.
Este régimen refuerza la transparencia y la eficiencia en la gestión disciplinaria del Ministerio Público, asegurando un tratamiento íntegro y equitativo de las conductas cometidas por los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones que permita promover buenas prácticas y garantizar una justicia eficiente y de calidad.
A partir del día 1° de enero de 2025 ha entrado en vigencia el reglamento establecido por el Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires mediante la Resolución PG N.° 2099/24, estableciendo un nuevo régimen disciplinario aplicable a magistrados, funcionarios y empleados de la institución.
El Señor Procurador General de la Suprema Corte de Justicia, en uso de sus atribuciones resolvió aprobar el “Procedimiento de Responsabilidad administrativa funcional del Ministerio Público de la provincia de Buenos Aires” disponiendo su entrada en vigencia a partir del día 1° de enero de 2025 y su aplicación para la tramitación de actuaciones iniciadas a partir de esa fecha.
El nuevo procedimiento, impulsado por la Secretaría de Control Disciplinario y Enjuiciamiento de Magistrados, ha reforzado el principio de tutela administrativa efectiva y el debido proceso en la materia al incorporar el dictamen previo, el alegato como acto de defensa del sumariado y plazos administrativos.
Considera al procedimiento disciplinario en tanto régimen especial respecto del procedimiento general que rige el orden jurídico institucional, como una regulación establecida en una norma específica que describe el trámite administrativo a seguir en la materia en particular que se trate, sus etapas, la participación de los interesados, recursos administrativos específicos que se prevean, entre otras cuestiones.
Ello así, en el Anexo Único incluye principios tales como la utilización de medios tecnológicos para la tramitación de las actuaciones, la determinación de plazos, formalidades, notificaciones, formas y el abordaje con perspectiva de género que en conjunto garantizan la tutela administrativa efectiva.
Establece las sanciones y faltas disciplinarias, las medidas preventivas y detalla el procedimiento, desde la denuncia hasta los recursos procedentes.
Indica que serán de aplicación supletoria, en cuanto sean compatibles con las prescripciones del mismo, las normas contenidas en la Ley de Procedimiento Administrativo de la provincia de Buenos Aires y el Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires.
Este régimen refuerza la transparencia y la eficiencia en la gestión disciplinaria del Ministerio Público, asegurando un tratamiento íntegro y equitativo de las conductas cometidas por los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones que permita promover buenas prácticas y garantizar una justicia eficiente y de calidad.
CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA
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