• Inicio
  • Buscador
  • Noticias
    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos

    • Obras Jurídicas

  • Doctrina
  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto
Dictámenes Resoluciones
  • Noticias Jurídicas

    Logo
  • Volver

  • Inicio
  • Noticias Jurídicas
Julio 17, 2025

ANSES. Estabilidad del empleo público. Artículo 14 bis Constitución Nacional. Amparo. Vía de hecho. Concurso. Planta permanente. Convenio Colectivo n.° 305/98 “E”. Despido sin causa. Inconstitucionalidad.

Sala II de la Cámara Federal de La Plata, “Vitale García, Fausto Marcelo c/ ANSES s/ Amparo – Ley 16.986”, 10 de julio de 2025

La Sala II de la Cámara Federal de La Plata confirmó una sentencia que hizo lugar a una acción de amparo promovida por Fausto Marcelo Vitale García contra la ANSES y declaró la inconstitucionalidad del artículo 26 inciso c) del Convenio Colectivo de Trabajo n.° 305/98 “E”, en cuanto autoriza el despido sin invocación de causa de empleados de planta permanente mediante el pago de una indemnización.

 

El caso tuvo origen en la desvinculación del actor a partir del 18 de enero de 2024, formalizada por carta documento, tras el cese de funciones de la autoridad que lo había designado en un cargo jerárquico. Sin embargo, el actor había ingresado originalmente al organismo en 2020 y, tras aprobar un concurso interno, fue incorporado en planta permanente mediante la Resolución RESOL-2021-275-ANSES-ANSES.

 

La Cámara consideró que ANSES incurrió en una vía de hecho al prescindir de sus servicios sin emitir acto administrativo alguno y sin respetar la garantía constitucional de estabilidad propia del empleo público (art. 14 bis CN). 

 

En tal sentido, el Tribunal destacó que el actor poseía condición de planta permanente y que la cláusula convencional impugnada no constituye una reglamentación razonable del principio constitucional mencionado.

 

Asimismo, el fallo reafirma la doctrina sentada por la Corte Suprema en el precedente “Madorrán” (Fallos: 330:1989), al sostener que la estabilidad prevista en el artículo 14 bis implica la exclusión de la cesantía sin causa justificada y debido proceso, lo que torna inaplicable la normativa que habilita el distracto sin invocación de causa en el ámbito del empleo público.

 

En consecuencia, se ordenó la reincorporación del actor a su cargo de revista concursado, se confirmaron las costas a cargo de la demandada vencida y se mantuvo la regulación de honorarios a favor de la letrada patrocinante por el monto equivalente a 20 UMAs.


DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Operativo “Fuera de Línea III” en Vicente López, Tigre y Pilar: cinco detenidos por una red de pedofilia
El pasado 29 de octubre se realizaron nueve allanamientos simultáneos en Vicente López, Tigre y Pilar, en el marco de la "Operación Fuera de Línea III", con la incautación de numeroso material digital.
Homicidio con dolo eventual. Principio in dubio pro reo. Inaplicabilidad de ley. Nulidad. Artículo 491 y 494 CPP. Derecho de defensa. Recurso extraordinario. Recurso de queja.
Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, "T. L., P. G. s/ Queja en causa N° 129.637 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV", 21 de octubre de 2025
Condenan a 20 años de prisión a un empleado del Hospital Naval de Puerto Belgrano por drogar y abusar sexualmente de tres mujeres
El Tribunal Oral Criminal N.º 2 de Bahía Blanca, con la intervención de la jueza María Mercedes Rico, condenó a un hombre a la pena de veinte años de prisión por resultar autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal y hurto, cometidos en perjuicio de tres mujeres entre 2019 y 2023.
Pensión honorífica de veterano de guerra. ANSES. Decreto n.° 2364/90. Ley n.° 23.848. Control de constitucionalidad. Principio de igualdad. Facultades reglamentarias. Retroactividad. Derecho previsional. Categoría sospechosa.
Juzgado Federal en lo Civ., Com. y Cont. Adm. N.° 1 de San Martín, Secretaría n.° 1, Sala II, “E., F. D. c/ ANSES s/ Reajustes varios”, 2 de octubre de 2025.
  • Inicio

  • Buscador

  • Noticias

    • Jurídicas

    • Académicas

    • Institucionales

  • Biblioteca

    • Cuadernos temáticos 2025

    • Cuadernos temáticos 2024

    • Cuadernos temáticos 2023

    • Cuadernos temáticos 2022

    • Cuadernos temáticos 2021

    • Cuadernos temáticos 2020

  • Doctrina

  • Jurisprudencia
    • Contencioso Administrativa
      en Materia Disciplinaria

  • Contacto

  • Noticias Jurídicas

  • Logo
Julio 17, 2025

ANSES. Estabilidad del empleo público. Artículo 14 bis Constitución Nacional. Amparo. Vía de hecho. Concurso. Planta permanente. Convenio Colectivo n.° 305/98 “E”. Despido sin causa. Inconstitucionalidad.

Sala II de la Cámara Federal de La Plata, “Vitale García, Fausto Marcelo c/ ANSES s/ Amparo – Ley 16.986”, 10 de julio de 2025

La Sala II de la Cámara Federal de La Plata confirmó una sentencia que hizo lugar a una acción de amparo promovida por Fausto Marcelo Vitale García contra la ANSES y declaró la inconstitucionalidad del artículo 26 inciso c) del Convenio Colectivo de Trabajo n.° 305/98 “E”, en cuanto autoriza el despido sin invocación de causa de empleados de planta permanente mediante el pago de una indemnización.

 

El caso tuvo origen en la desvinculación del actor a partir del 18 de enero de 2024, formalizada por carta documento, tras el cese de funciones de la autoridad que lo había designado en un cargo jerárquico. Sin embargo, el actor había ingresado originalmente al organismo en 2020 y, tras aprobar un concurso interno, fue incorporado en planta permanente mediante la Resolución RESOL-2021-275-ANSES-ANSES.

 

La Cámara consideró que ANSES incurrió en una vía de hecho al prescindir de sus servicios sin emitir acto administrativo alguno y sin respetar la garantía constitucional de estabilidad propia del empleo público (art. 14 bis CN). 

 

En tal sentido, el Tribunal destacó que el actor poseía condición de planta permanente y que la cláusula convencional impugnada no constituye una reglamentación razonable del principio constitucional mencionado.

 

Asimismo, el fallo reafirma la doctrina sentada por la Corte Suprema en el precedente “Madorrán” (Fallos: 330:1989), al sostener que la estabilidad prevista en el artículo 14 bis implica la exclusión de la cesantía sin causa justificada y debido proceso, lo que torna inaplicable la normativa que habilita el distracto sin invocación de causa en el ámbito del empleo público.

 

En consecuencia, se ordenó la reincorporación del actor a su cargo de revista concursado, se confirmaron las costas a cargo de la demandada vencida y se mantuvo la regulación de honorarios a favor de la letrada patrocinante por el monto equivalente a 20 UMAs.


DESCARGAR SENTENCIA

Logo

Otras noticias destacadas

Operativo “Fuera de Línea III” en Vicente López, Tigre y Pilar: cinco detenidos por una red de pedofilia
El pasado 29 de octubre se realizaron nueve allanamientos simultáneos en Vicente López, Tigre y Pilar, en el marco de la "Operación Fuera de Línea III", con la incautación de numeroso material digital.
Homicidio con dolo eventual. Principio in dubio pro reo. Inaplicabilidad de ley. Nulidad. Artículo 491 y 494 CPP. Derecho de defensa. Recurso extraordinario. Recurso de queja.
Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, "T. L., P. G. s/ Queja en causa N° 129.637 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV", 21 de octubre de 2025
Condenan a 20 años de prisión a un empleado del Hospital Naval de Puerto Belgrano por drogar y abusar sexualmente de tres mujeres
El Tribunal Oral Criminal N.º 2 de Bahía Blanca, con la intervención de la jueza María Mercedes Rico, condenó a un hombre a la pena de veinte años de prisión por resultar autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal y hurto, cometidos en perjuicio de tres mujeres entre 2019 y 2023.
Pensión honorífica de veterano de guerra. ANSES. Decreto n.° 2364/90. Ley n.° 23.848. Control de constitucionalidad. Principio de igualdad. Facultades reglamentarias. Retroactividad. Derecho previsional. Categoría sospechosa.
Juzgado Federal en lo Civ., Com. y Cont. Adm. N.° 1 de San Martín, Secretaría n.° 1, Sala II, “E., F. D. c/ ANSES s/ Reajustes varios”, 2 de octubre de 2025.

CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Jurídicas
Noticias Académicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en:
Jurisprudencia Nacional
Jurisprudencia Provincial
Actualidad en:
Normativa Nacional
Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Lejister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar



CIJur - Centro de Información Jurídica del MPBA

Noticias Académicas
Noticias Jurídicas
Noticias Institucionales
Doctrina
Actualidad en Jurisprudencia Nacional
Actualidad en Jurisprudencia Provincial
Actualidad en Normativa Nacional
Actualidad en Normativa Provincial
Resoluciones de Interés
Dictámenes de Interés
Cuadernos Temáticos
Búsqueda Avanzada
Legister

Contacto

cijur@mpba.gov.ar