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Octubre 29, 2018

DICTAMEN P 131370

"R., J. A. s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley"

El Procurador General consideró que la aplicación rigorista de las reglas formales debe ceder cuando se encuentran en juego garantías de la damnificada en su doble condición de víctima y niña.



FICHA TÉCNICA

DICTAMEN P. 131.370, "R., J. A. s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley"


ANTECEDENTES Y CURSO DE ACCIÓN LEGAL PROPUESTO

La Sala Cuarta del Tribunal de Casación Penal declaró procedente el recurso de casación interpuesto por la Asesora de Incapaces N° 2 del Departamento Judicial Necochea, Dra. María Silvina Besoin, a favor de la menor A. B. R., anulando el veredicto absolutorio dictado por el Tribunal en lo Criminal N° 1 de ese departamento judicial respecto de J. A. R. y en orden a los delitos de abuso sexual agravado y corrupción de menores, reenviando la causa a la instancia de origen para que, debidamente integrada, procediera a la celebración de un nuevo debate, con la premura que el caso amerita.


Contra esa decisión, el Defensor Adjunto ante el Tribunal de Casación Penal interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.


El Tribunal de Casación Penal concedió el recurso extraordinario deducido, remitiéndose las actuaciones en vista a esta Procuración General en los términos del art. 487 del C.P.P.


Esta entendió que el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido en autos por la defensa de J. A. R. no podía prosperar.


SUMARIOS:

Rigorismo formal. Apartamiento. Plena vigencia de garantías constitucionales. La plena vigencia de las garantías constitucionales admite el apartamiento de la aplicación estricta de las reglas formales tales como aquella que establece que se tendrá por notificadas a las partes del veredicto y sentencia a partir de su lectura en la fecha fijada al efecto, estuvieran o no presentes en ese acto. Este formalismo cede cuando el imputado manifestare su voluntad impugnativa. Y también, cuando se encuentran en juego una serie de garantías que asisten a la damnificada, en su doble condición de víctima del delito y niña, esto es cuando se trata de resguardar el el interés superior del niño víctima de un delito.

Recurso interpuesto fuera del plazo legal. La decisión atacada, que declara admisible el recurso, se apartó de lo dispuesto por el art. 374 in fine del C.P.P. y de la doctrina legal de la Suprema Corte de Justicia de la provincia que considera que el recurso interpuesto fuera del plazo legal debe ser declarado inadmisible, con la única salvedad de los casos en los que el imputado ha manifestado en término su voluntad de impugnar la sentencia.

Cuestión procesal. Ámbito de revisión extraordinario del art. 494 del C.P.P. La controversia generada en torno a la interpretación y aplicación del art. 374 del C.P.P. aparece como una cuestión de orden procesal que excede el acotado ámbito de revisión extraordinario que habilita el art. 494 del C.P.P.


Interés superior del niño víctima de delito: resguardo de derechos. Rigorismo formal. Cuando se trata de resguardar el interés superior del niño -en particular cuando se trata de un niño que aparece como víctima de un delito-, "atañe a los jueces buscar soluciones que se avengan con la urgencia y la naturaleza de las pretensiones, a encauzar los trámites por vías expeditivas y evitar que el rigor de las formas pueda conducir a la frustración de derechos que cuentan con particular tutela constitucional (conf., C.S.J.N., Fallos: 324: 122 y 327: 2413 y 5210 y, recientemente, M. 73. XLVII., de 26/IX/2012; O.C.- 17/02 del 28 de agosto, serie A, núm. 17, parágrafos 53, 54 y 60), (...) máxime cuando la eventual omisión de activar esos dispositivos puede acarrear responsabilidad internacional del Estado (CIDH, “Velásquez Rodríguez v./ Honduras, sent. 29-7-1988, párr. 166; CIDH, “González y otra (“Campo Algodonero”) vs. México”, sent. 16/11/2009, excepción preliminar, fondo, reparaciones y costas; “100 Reglas de Brasilia de Acceso a la Justicia de Personas Vulnerables”, Regla 3, 5, 10, 11 y 12)" (cfr. voto del juez De Lazzari en P. 118.953, res. del 11/10/2012).


Derecho al debido proceso de las víctimas del delito. La Ley N° 27.372 ha reconocido expresamente la plena vigencia del derecho al debido proceso que asiste a las víctimas del delito, destacando además la especial atención de aquellas que aparecen como particularmente vulnerables (cfr. arts. 3 inc. a y b, 5, 6 y cc. ley cit.).

Sistema de justicia. Desarrollo de un proceso adaptado a los niños y adolescentes. La Corte I.D.H. ha destacado expresamente en el caso "V.R.P, V.P.C y otros vs Nicaragua" sentencia del 8 de marzo de 2018, que los Estados parte de la C.A.D.H. tienen el deber de organizar su sistema de justicia, de forma tal que contemple "el desarrollo de un proceso adaptado a las niñas, niños y adolescentes", indicando que la protección especial derivada del artículo 19 de la Convención implica que la observancia por parte del Estado de las garantías de debido proceso se traduce en algunas garantías o componentes diferenciados en el caso de niñas, niños y adolescentes, que se fundan en el reconocimiento de que su participación en un proceso no se da en las mismas condiciones que un adulto (con cita de las Opiniones Consultivas 17/02 y 21/14). Expresamente indicó que el sistema de justicia adaptado a las niñas, niños y adolescentes "importará que exista una justicia accesible y apropiada a cada uno de ellos, que tome en consideración no solo el principio del interés superior, sino también su derecho a la participación con base en sus capacidades en constante evolución, conforme a su edad, grado de madurez y nivel de comprensión, sin discriminación alguna. En definitiva, tal y como lo ha sostenido anteriormente esta Corte, si bien el debido proceso y sus correlativas garantías son aplicables a todas las personas, en el caso de las niñas, niños y adolescentes, el ejercicio de aquéllos supone, por las condiciones especiales en las que se encuentran, la adopción de ciertas medidas específicas con el propósito de asegurar un acceso a la justicia en condiciones de igualdad, garantizar un efectivo debido proceso y velar por que el interés superior se erija en una consideración primordial en todas las decisiones administrativas o judiciales que se adopten" (párr. 158).

En la misma oportunidad la Corte I.D.H. recordó que "los Estados tienen el deber de facilitar la posibilidad de que la niña, niño o adolescente participe en todas y cada una de las diferentes etapas del proceso. A estos efectos, tendrá derecho a ser oído, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable (...), por la autoridad competente. Dicho derecho debe ser interpretado a la luz del artículo 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño, el cual contiene adecuadas previsiones, con el objeto de que la participación de la niña, niño o adolescente se ajuste a su condición y no redunde en perjuicio de su interés genuino" (párr. 159), para concluir que los Estados deben actuar con debida diligencia reforzada y aplicar una protección especial en las investigaciones y procesos penales por la violación sexual de una niña menor de edad para respetar sus derechos a la integridad personal, a las garantías judiciales, a la vida privada y familiar y a la protección judicial, reconocidos en los artículos 5.1, 5.2, 8.1, 11.2 y 25.1 de la Convención Americana, en relación con los artículos 1.1 y 19 del mismo instrumento y las obligaciones contenidas en el 7.b) de la Convención de Belém do Pará.

Legitimación de la Asesora de Menores. Naturaleza procesal de la cuestión. La legitimación de la Asesora de Incapaces para interponer, a instancias de la propia damnificada, el recurso de casación contra el veredicto absolutorio dictado en autos viene impuesta por el citado art. 12 de la C.I.D.N. y por los arts. 38, inc. 4 de la Ley N° 14.442 y 103 del Código Civil y Comercial de la Nación. Y se presenta como una vía procesal idónea para materializar el efectivo ejercicio de los derechos de la víctima garantizados legal y constitucionalmente.

Intervención del representante promiscuo de los menores de edad. La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha reconocido, desde antaño, la relevancia de la intervención del representante promiscuo de los menores de edad (cfr. Fallos 330:4498; 332:1115; 333:1152; 334:419 y causas "Recurso de Hecho deducido por la defensa oficial de M.S.M. c/ P.C. A", sent. de 26/6/2012 y S. D. c/R.L.M s/reintegro de hijo”, sent. de 27/12/2012), y la propia Corte I.D.H. ha destacado que si bien los derechos procesales y sus correlativas garantías procesales son aplicables a todas las personas, en el caso de los niños y las niñas el ejercicio de aquéllos supone, por las condiciones especiales en las que se encuentran los menores de edad, la adopción de ciertas medidas específicas con el propósito de que gocen efectivamente de dichos derechos y garantías, las que "...pueden incluir una representación directa o coadyuvante, según sea el caso, del menor de edad con el fin de reforzar la garantía del principio del interés superior del menor" y que en las circunstancias específicas de cada caso el Asesor de menores e incapaces puede constituir "una herramienta esencial para enfrentar la vulnerabilidad" del menor de edad y evitar que sean vulneradas las garantías judiciales establecidas en el artículo 8.1, en relación con los artículos 19 y 1.1, todos de la Convención Americana. (cfr. caso "Furan y familiares vs. Argentina", sent. de 31/8/2012, párrafos 242 y ss.).

Pretensión impugnativa de la menor. El intento de tener por satisfechas las exigencias del art. 12 de la C.I.D.N. con la intervención de la menor víctima durante el juicio -a través de su declaración en Cámara Gesell-, supone ignorar la concreta pretensión impugnativa manifestada por aquella y canalizada por la funcionaria del Ministerio Público a través del recurso de casación. Esta intervención resulta idónea para cumplir con las expresas exigencias convencionales impuestas en función de la especial condición de la niña víctima de un abuso sexual que pretende la revisión de una decisión jurisdiccional que involucra directamente sus intereses.

Quebrantamiento del ne bis in idem. El Tribunal de Casación Penal declaró procedente el recurso interpuesto por la Asesora de Incapaces y anuló el veredicto absolutorio dictado por el Tribunal en lo Criminal N° 1 del Departamento Judicial Necochea respecto de J. A. R., por considerar que las conclusiones a las que arribara el sentenciante de origen reposaban en una fundamentación aparente, que descalificaba al pronunciamiento como acto jurisdiccional válido, pues respondían a una consideración fragmentaria e incompleta de las pruebas producidas, disponiendo en consecuencia el reenvío de la causa a la instancia de mérito para que se proceda a la celebración de un nuevo debate. 


Exigencia de sentencia firme pasada en autoridad de cosa juzgada. La norma que consagra expresamente esa garantía (art. 8.4, CADH) exige la existencia de una sentencia firme pasada en autoridad de cosa juzgada, En este sentido, a Corte I.D.H. -máximo interprete convencional-, sostuvo en el caso "Mohamed vs. Argentina", sent. de 23/11/2012, que el principio de ne bis in ídem “...busca proteger los derechos de los individuos que han sido procesados por determinados hechos para que no vuelvan a ser enjuiciados por los mismos hechos. A diferencia de la fórmula utilizada por otros instrumentos internacionales de protección de derechos humanos (por ejemplo, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas, artículo 14.7, que se refiere al mismo ´delito´), la Convención americana utiliza la expresión ´los mismos hechos', que es un término más amplio en beneficio del inculpado o procesado" (párr. 121). Recordó también la Corte haber sostenido "...de manera reiterada que entre los elementos que conforman la situación regulada por el artículo 8.4 de la Convención, se encuentra la realización de un primer juicio que culmina en una sentencia firme de carácter absolutorio. El Tribunal también ha señalado que el proceso penal es uno solo a través de sus diversas etapas, incluyendo los recursos ordinarios que se interpongan contra la sentencia" (párr. 122). En síntesis, la Corte Interamericana sostuvo que un individuo no fue sometido a dos juicios o procesos judiciales distintos sustentados en los mismos hechos si la sentencia condenatoria que se pronunció a su respecto no se produjo en un nuevo juicio posterior a una sentencia firme que hubiera adquirido la autoridad de la cosa juzgada, sino que fue emitida en una etapa posterior de un mismo proceso judicial penal que no había concluido con el dictado de esa decisión final e inmutable, doctrina que ha sido especialmente considerada por esa Suprema Corte (cfr. P. 116.541, sent. de 7/6/2017 y P. 127.458, sent. de 4/7/2018).

Principio de inmediación, defensa en juicio y doble conforme. Si el veredicto absolutorio no podía reputarse firme y consentido por la víctima, que activó en la primera oportunidad con la que contó los mecanismos procesales pertinentes para canalizar su voluntad impugnativa, no se configura una violación a la garantía en cuestión, y el reenvío dispuesto para la realización de un nuevo debate no ha sido más que la natural consecuencia del progreso de esa impugnación, sumado a la necesidad de respetar el principio de inmediación y los derechos de defensa en juicio y doble conforme.

Decisión absolutoria anulada. Siguiendo la doctrina de esa Suprema Corte en la materia, la decisión absolutoria anulada -descalificada como acto jurisdiccional válido-, carece de efectos y mal podría afirmarse que su reedición implique juzgar dos veces el mismo hecho, pues como ha establecido la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en estos casos, hay solo un pronunciamiento que puede considerarse válido (Fallos: 312:597 y 326:1149, ya citados). Así, la regla general según la cual "no hay lugar para retrotraer un proceso penal a etapas ya superadas cuando éstas han sido cumplidas observando las formas sustanciales del proceso que la ley establece" (conf. Fallos: 297:486; 298:312; 305:913; 306:1705; 311:2205, considerando 5° de la disidencia parcial de los jueces Bacqué y Petracchi; y 312:597)" (CSJN "Alvarado", sent. de 7/5/1998, cons. 9 de la disidencia de los jueces Petracchi y Bossert; "Sandoval", sent. de 31/8/2010, cons. 6 del voto de la mayoría; P. 117.701, sent. de 15/7/2015 y P. 122.259, sent. de 2/12/2015), no resulta aplicable al caso, pues la anulación dispuesta de ningún modo retrotrae el proceso a una etapa ya superada (vgr. la investigación penal preparatoria) sino que ordena su reencauce por los motivos expuestos párrafos arriba.

Principios de preclusión y progresividad. Debe considerarse, además, que los principios de preclusión y progresividad tampoco son absolutos, pues solo pueden tenerse por precluidos los actos o etapas procesales cuando han sido cumplidos observando las formas que la ley establece, quedando a salvo los supuestos de nulidad (Fallos: 272:188; 305:1701; 306:1705 y 308:2044) y esto último es, precisamente, lo que ha ocurrido en el presente caso. En esta línea esa Suprema Corte ha descartado, invocando el criterio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la existencia de una doble persecución penal prohibida siempre que "...ello tenga lugar cuando la nulidad del juicio obedeció a la existencia de vicios esenciales" (doct. Fallos 312:597 -"Weissbrod"- y 326:1149 -"Verbeke"-), como en paridad acontece en el caso, toda vez que el tribunal intermedio dejó sin efecto el pronunciamiento adoptado en la instancia anterior por defectos en su fundamentación que lo tornaban insostenible como acto jurisdiccional válido (cfr. P. 120.756, sent. de 22/2/2017 y P. 129.069, sent. de 15/10/2017).

Retrogradación del juicio. “…no cualquier nulidad permite retrogradar el juicio, pero, como contracara, no toda anulación con reenvío a fin de enmendar los actos esenciales del juicio viciado importan un bis in idem prohibido" (P. 120.756).

Doble juzgamiento prohibido. Si el Tribunal de Casación Penal, al llevar adelante su específica actividad revisora promovida en el caso por la representante de la víctima, advirtió la existencia de déficits de tal magnitud en el pronunciamiento absolutorio de origen que le impedían considerarlo como acto jurisdiccional válido y no le cupo otra alternativa que disponer su anulación, esta circunstancia priva de efectos al acto procesal en cuestión e impide, conforme la doctrina antes citada, tener por configurado en el caso un doble juzgamiento prohibido.

Garantía contra la doble persecución penal. Asimismo, las cláusulas convencionales con jerarquía constitucional que reconocen expresamente la garantía contra la doble persecución penal son operativas cuando media una sentencia, absolutoria o condenatoria, firme, sobre un hecho y respecto de un sujeto determinado y eventualmente, conforme la doctrina de la Corte Suprema en "Mattei" y "Polak", en aquellos supuestos en los que el ejercicio de estas facultades atente claramente contra el derecho a ser juzgado en un plazo razonable, contra el derecho de defensa o contra la posibilidad de exigir el doble conforme por parte del imputado.




REFERENCIA NORMATIVA:

Arts. 374 in fine, 421, 422, 452, 482, 487, 494 y 495 del C.P.P.
Arts. 3, inc. a y b, 5, 6, Ley N° 27.372.
Arts. 17 y 33, CN.
Arts. 8.1, 8. 4,y 19 C.A.D.H.
Art. 12 de la C.I.D.N.
Arts. 38, inc. 4 de la Ley N° 14.442 y 103 del Código Civil y Comercial de la Nación.
Artículo 14.7, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas.



REFERENCIA JURISPRUDENCIAL:

C.S.J.N., Fallos: 324: 122 y 327: 2413 y 5210
(CIDH, “Velásquez Rodríguez v. Honduras, sent. 29-7-1988, párr. 166; CIDH, “González y otra (“Campo Algodonero”) vs. México”, sent. 16/11/2009.
Voto del juez De Lazzari en P. 118.953, res. del 11/10/2012.
Corte I.D.H., caso "V.R.P, V.P.C y otros vs Nicaragua" sentencia del 8 de marzo de 2018, Opiniones Consultivas 17/02 y 21/14.
Fallos 330:4498; 332:1115; 333:1152; 334:419 y causas "Recurso de Hecho deducido por la defensa oficial de M.S.M. c/ P.C. A", sent. de 26/6/2012 y "S. D. c/R.L.M s/reintegro de hijo”, sent. de 27/12/2012.
Corte I. D .H.. caso "Furan y familiares vs. Argentina", sent. de 31/8/2012, párrafos 242 y ss.; Corte I.D.H., caso "Mohamed vs. Argentina", sent. de 23/11/2012,
P. 116.541, sent. de 7/6/2017 y P. 127.458, sent. de 4/7/2018.
Fallos: 297:486; 298:312; 305:913; 306:1705; 311:2205, considerando 5° de la disidencia parcial de los jueces Bacqué y Petracchi; y 312:597
CSJN, "Alvarado", sent. de 7/5/1998, cons. 9 de la disidencia de los jueces Petracchi y Bossert; "Sandoval", sent. de 31/8/2010, cons. 6 del voto de la mayoría; P. 117.701, sent. de 15/7/2015 y P. 122.259, sent. de 2/12/2015.
Fallos: 272:188; 305:1701; 306:1705 y 308:2044). Fallos 312:597 -"Weissbrod"- y 326:1149 -"Verbeke"-).
P. 120.756, sent. de 22/2/2017 y P. 129.069, sent. de 15/10/2017, P. 128.455, sent. de 18/10/2017.



ETIQUETAS:

Rigorismo formal. Apartamiento. Plena vigencia de garantías constitucionales. Recurso interpuesto fuera del plazo legal. Cuestión procesal. Ámbito de revisión extraordinario del art. 494 del C.P.P. Interés superior del niño víctima de delito: resguardo de derechos. Rigorismo formal. Derecho al debido proceso de las víctimas del delito. Sistema de justicia. Desarrollo de un proceso adaptado a los niños y adolescentes. Legitimación de la Asesora de Menores. Naturaleza procesal de la cuestión. Intervención del representante promiscuo de los menores de edad. Pretensión impugnativa de la menor. Quebrantamiento del ne bis in idem. Exigencia de sentencia firme pasada en autoridad de cosa juzgada. Principio de inmediación, defensa en juicio y doble conforme. Decisión absolutoria anulada. Principios de preclusión y progresividad. Retrogradación del juicio. Doble juzgamiento prohibido. Garantía contra la doble persecución penal.


FICHA TÉCNICA

DICTAMEN P. 131.370, "R., J. A. s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley"


ANTECEDENTES Y CURSO DE ACCIÓN LEGAL PROPUESTO

La Sala Cuarta del Tribunal de Casación Penal declaró procedente el recurso de casación interpuesto por la Asesora de Incapaces N° 2 del Departamento Judicial Necochea, Dra. María Silvina Besoin, a favor de la menor A. B. R., anulando el veredicto absolutorio dictado por el Tribunal en lo Criminal N° 1 de ese departamento judicial respecto de J. A. R. y en orden a los delitos de abuso sexual agravado y corrupción de menores, reenviando la causa a la instancia de origen para que, debidamente integrada, procediera a la celebración de un nuevo debate, con la premura que el caso amerita.


Contra esa decisión, el Defensor Adjunto ante el Tribunal de Casación Penal interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.


El Tribunal de Casación Penal concedió el recurso extraordinario deducido, remitiéndose las actuaciones en vista a esta Procuración General en los términos del art. 487 del C.P.P.


Esta entendió que el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido en autos por la defensa de J. A. R. no podía prosperar.


SUMARIOS:

Rigorismo formal. Apartamiento. Plena vigencia de garantías constitucionales. La plena vigencia de las garantías constitucionales admite el apartamiento de la aplicación estricta de las reglas formales tales como aquella que establece que se tendrá por notificadas a las partes del veredicto y sentencia a partir de su lectura en la fecha fijada al efecto, estuvieran o no presentes en ese acto. Este formalismo cede cuando el imputado manifestare su voluntad impugnativa. Y también, cuando se encuentran en juego una serie de garantías que asisten a la damnificada, en su doble condición de víctima del delito y niña, esto es cuando se trata de resguardar el el interés superior del niño víctima de un delito.

Recurso interpuesto fuera del plazo legal. La decisión atacada, que declara admisible el recurso, se apartó de lo dispuesto por el art. 374 in fine del C.P.P. y de la doctrina legal de la Suprema Corte de Justicia de la provincia que considera que el recurso interpuesto fuera del plazo legal debe ser declarado inadmisible, con la única salvedad de los casos en los que el imputado ha manifestado en término su voluntad de impugnar la sentencia.

Cuestión procesal. Ámbito de revisión extraordinario del art. 494 del C.P.P. La controversia generada en torno a la interpretación y aplicación del art. 374 del C.P.P. aparece como una cuestión de orden procesal que excede el acotado ámbito de revisión extraordinario que habilita el art. 494 del C.P.P.


Interés superior del niño víctima de delito: resguardo de derechos. Rigorismo formal. Cuando se trata de resguardar el interés superior del niño -en particular cuando se trata de un niño que aparece como víctima de un delito-, "atañe a los jueces buscar soluciones que se avengan con la urgencia y la naturaleza de las pretensiones, a encauzar los trámites por vías expeditivas y evitar que el rigor de las formas pueda conducir a la frustración de derechos que cuentan con particular tutela constitucional (conf., C.S.J.N., Fallos: 324: 122 y 327: 2413 y 5210 y, recientemente, M. 73. XLVII., de 26/IX/2012; O.C.- 17/02 del 28 de agosto, serie A, núm. 17, parágrafos 53, 54 y 60), (...) máxime cuando la eventual omisión de activar esos dispositivos puede acarrear responsabilidad internacional del Estado (CIDH, “Velásquez Rodríguez v./ Honduras, sent. 29-7-1988, párr. 166; CIDH, “González y otra (“Campo Algodonero”) vs. México”, sent. 16/11/2009, excepción preliminar, fondo, reparaciones y costas; “100 Reglas de Brasilia de Acceso a la Justicia de Personas Vulnerables”, Regla 3, 5, 10, 11 y 12)" (cfr. voto del juez De Lazzari en P. 118.953, res. del 11/10/2012).


Derecho al debido proceso de las víctimas del delito. La Ley N° 27.372 ha reconocido expresamente la plena vigencia del derecho al debido proceso que asiste a las víctimas del delito, destacando además la especial atención de aquellas que aparecen como particularmente vulnerables (cfr. arts. 3 inc. a y b, 5, 6 y cc. ley cit.).

Sistema de justicia. Desarrollo de un proceso adaptado a los niños y adolescentes. La Corte I.D.H. ha destacado expresamente en el caso "V.R.P, V.P.C y otros vs Nicaragua" sentencia del 8 de marzo de 2018, que los Estados parte de la C.A.D.H. tienen el deber de organizar su sistema de justicia, de forma tal que contemple "el desarrollo de un proceso adaptado a las niñas, niños y adolescentes", indicando que la protección especial derivada del artículo 19 de la Convención implica que la observancia por parte del Estado de las garantías de debido proceso se traduce en algunas garantías o componentes diferenciados en el caso de niñas, niños y adolescentes, que se fundan en el reconocimiento de que su participación en un proceso no se da en las mismas condiciones que un adulto (con cita de las Opiniones Consultivas 17/02 y 21/14). Expresamente indicó que el sistema de justicia adaptado a las niñas, niños y adolescentes "importará que exista una justicia accesible y apropiada a cada uno de ellos, que tome en consideración no solo el principio del interés superior, sino también su derecho a la participación con base en sus capacidades en constante evolución, conforme a su edad, grado de madurez y nivel de comprensión, sin discriminación alguna. En definitiva, tal y como lo ha sostenido anteriormente esta Corte, si bien el debido proceso y sus correlativas garantías son aplicables a todas las personas, en el caso de las niñas, niños y adolescentes, el ejercicio de aquéllos supone, por las condiciones especiales en las que se encuentran, la adopción de ciertas medidas específicas con el propósito de asegurar un acceso a la justicia en condiciones de igualdad, garantizar un efectivo debido proceso y velar por que el interés superior se erija en una consideración primordial en todas las decisiones administrativas o judiciales que se adopten" (párr. 158).

En la misma oportunidad la Corte I.D.H. recordó que "los Estados tienen el deber de facilitar la posibilidad de que la niña, niño o adolescente participe en todas y cada una de las diferentes etapas del proceso. A estos efectos, tendrá derecho a ser oído, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable (...), por la autoridad competente. Dicho derecho debe ser interpretado a la luz del artículo 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño, el cual contiene adecuadas previsiones, con el objeto de que la participación de la niña, niño o adolescente se ajuste a su condición y no redunde en perjuicio de su interés genuino" (párr. 159), para concluir que los Estados deben actuar con debida diligencia reforzada y aplicar una protección especial en las investigaciones y procesos penales por la violación sexual de una niña menor de edad para respetar sus derechos a la integridad personal, a las garantías judiciales, a la vida privada y familiar y a la protección judicial, reconocidos en los artículos 5.1, 5.2, 8.1, 11.2 y 25.1 de la Convención Americana, en relación con los artículos 1.1 y 19 del mismo instrumento y las obligaciones contenidas en el 7.b) de la Convención de Belém do Pará.

Legitimación de la Asesora de Menores. Naturaleza procesal de la cuestión. La legitimación de la Asesora de Incapaces para interponer, a instancias de la propia damnificada, el recurso de casación contra el veredicto absolutorio dictado en autos viene impuesta por el citado art. 12 de la C.I.D.N. y por los arts. 38, inc. 4 de la Ley N° 14.442 y 103 del Código Civil y Comercial de la Nación. Y se presenta como una vía procesal idónea para materializar el efectivo ejercicio de los derechos de la víctima garantizados legal y constitucionalmente.

Intervención del representante promiscuo de los menores de edad. La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha reconocido, desde antaño, la relevancia de la intervención del representante promiscuo de los menores de edad (cfr. Fallos 330:4498; 332:1115; 333:1152; 334:419 y causas "Recurso de Hecho deducido por la defensa oficial de M.S.M. c/ P.C. A", sent. de 26/6/2012 y S. D. c/R.L.M s/reintegro de hijo”, sent. de 27/12/2012), y la propia Corte I.D.H. ha destacado que si bien los derechos procesales y sus correlativas garantías procesales son aplicables a todas las personas, en el caso de los niños y las niñas el ejercicio de aquéllos supone, por las condiciones especiales en las que se encuentran los menores de edad, la adopción de ciertas medidas específicas con el propósito de que gocen efectivamente de dichos derechos y garantías, las que "...pueden incluir una representación directa o coadyuvante, según sea el caso, del menor de edad con el fin de reforzar la garantía del principio del interés superior del menor" y que en las circunstancias específicas de cada caso el Asesor de menores e incapaces puede constituir "una herramienta esencial para enfrentar la vulnerabilidad" del menor de edad y evitar que sean vulneradas las garantías judiciales establecidas en el artículo 8.1, en relación con los artículos 19 y 1.1, todos de la Convención Americana. (cfr. caso "Furan y familiares vs. Argentina", sent. de 31/8/2012, párrafos 242 y ss.).

Pretensión impugnativa de la menor. El intento de tener por satisfechas las exigencias del art. 12 de la C.I.D.N. con la intervención de la menor víctima durante el juicio -a través de su declaración en Cámara Gesell-, supone ignorar la concreta pretensión impugnativa manifestada por aquella y canalizada por la funcionaria del Ministerio Público a través del recurso de casación. Esta intervención resulta idónea para cumplir con las expresas exigencias convencionales impuestas en función de la especial condición de la niña víctima de un abuso sexual que pretende la revisión de una decisión jurisdiccional que involucra directamente sus intereses.

Quebrantamiento del ne bis in idem. El Tribunal de Casación Penal declaró procedente el recurso interpuesto por la Asesora de Incapaces y anuló el veredicto absolutorio dictado por el Tribunal en lo Criminal N° 1 del Departamento Judicial Necochea respecto de J. A. R., por considerar que las conclusiones a las que arribara el sentenciante de origen reposaban en una fundamentación aparente, que descalificaba al pronunciamiento como acto jurisdiccional válido, pues respondían a una consideración fragmentaria e incompleta de las pruebas producidas, disponiendo en consecuencia el reenvío de la causa a la instancia de mérito para que se proceda a la celebración de un nuevo debate. 


Exigencia de sentencia firme pasada en autoridad de cosa juzgada. La norma que consagra expresamente esa garantía (art. 8.4, CADH) exige la existencia de una sentencia firme pasada en autoridad de cosa juzgada, En este sentido, a Corte I.D.H. -máximo interprete convencional-, sostuvo en el caso "Mohamed vs. Argentina", sent. de 23/11/2012, que el principio de ne bis in ídem “...busca proteger los derechos de los individuos que han sido procesados por determinados hechos para que no vuelvan a ser enjuiciados por los mismos hechos. A diferencia de la fórmula utilizada por otros instrumentos internacionales de protección de derechos humanos (por ejemplo, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas, artículo 14.7, que se refiere al mismo ´delito´), la Convención americana utiliza la expresión ´los mismos hechos', que es un término más amplio en beneficio del inculpado o procesado" (párr. 121). Recordó también la Corte haber sostenido "...de manera reiterada que entre los elementos que conforman la situación regulada por el artículo 8.4 de la Convención, se encuentra la realización de un primer juicio que culmina en una sentencia firme de carácter absolutorio. El Tribunal también ha señalado que el proceso penal es uno solo a través de sus diversas etapas, incluyendo los recursos ordinarios que se interpongan contra la sentencia" (párr. 122). En síntesis, la Corte Interamericana sostuvo que un individuo no fue sometido a dos juicios o procesos judiciales distintos sustentados en los mismos hechos si la sentencia condenatoria que se pronunció a su respecto no se produjo en un nuevo juicio posterior a una sentencia firme que hubiera adquirido la autoridad de la cosa juzgada, sino que fue emitida en una etapa posterior de un mismo proceso judicial penal que no había concluido con el dictado de esa decisión final e inmutable, doctrina que ha sido especialmente considerada por esa Suprema Corte (cfr. P. 116.541, sent. de 7/6/2017 y P. 127.458, sent. de 4/7/2018).

Principio de inmediación, defensa en juicio y doble conforme. Si el veredicto absolutorio no podía reputarse firme y consentido por la víctima, que activó en la primera oportunidad con la que contó los mecanismos procesales pertinentes para canalizar su voluntad impugnativa, no se configura una violación a la garantía en cuestión, y el reenvío dispuesto para la realización de un nuevo debate no ha sido más que la natural consecuencia del progreso de esa impugnación, sumado a la necesidad de respetar el principio de inmediación y los derechos de defensa en juicio y doble conforme.

Decisión absolutoria anulada. Siguiendo la doctrina de esa Suprema Corte en la materia, la decisión absolutoria anulada -descalificada como acto jurisdiccional válido-, carece de efectos y mal podría afirmarse que su reedición implique juzgar dos veces el mismo hecho, pues como ha establecido la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en estos casos, hay solo un pronunciamiento que puede considerarse válido (Fallos: 312:597 y 326:1149, ya citados). Así, la regla general según la cual "no hay lugar para retrotraer un proceso penal a etapas ya superadas cuando éstas han sido cumplidas observando las formas sustanciales del proceso que la ley establece" (conf. Fallos: 297:486; 298:312; 305:913; 306:1705; 311:2205, considerando 5° de la disidencia parcial de los jueces Bacqué y Petracchi; y 312:597)" (CSJN "Alvarado", sent. de 7/5/1998, cons. 9 de la disidencia de los jueces Petracchi y Bossert; "Sandoval", sent. de 31/8/2010, cons. 6 del voto de la mayoría; P. 117.701, sent. de 15/7/2015 y P. 122.259, sent. de 2/12/2015), no resulta aplicable al caso, pues la anulación dispuesta de ningún modo retrotrae el proceso a una etapa ya superada (vgr. la investigación penal preparatoria) sino que ordena su reencauce por los motivos expuestos párrafos arriba.

Principios de preclusión y progresividad. Debe considerarse, además, que los principios de preclusión y progresividad tampoco son absolutos, pues solo pueden tenerse por precluidos los actos o etapas procesales cuando han sido cumplidos observando las formas que la ley establece, quedando a salvo los supuestos de nulidad (Fallos: 272:188; 305:1701; 306:1705 y 308:2044) y esto último es, precisamente, lo que ha ocurrido en el presente caso. En esta línea esa Suprema Corte ha descartado, invocando el criterio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la existencia de una doble persecución penal prohibida siempre que "...ello tenga lugar cuando la nulidad del juicio obedeció a la existencia de vicios esenciales" (doct. Fallos 312:597 -"Weissbrod"- y 326:1149 -"Verbeke"-), como en paridad acontece en el caso, toda vez que el tribunal intermedio dejó sin efecto el pronunciamiento adoptado en la instancia anterior por defectos en su fundamentación que lo tornaban insostenible como acto jurisdiccional válido (cfr. P. 120.756, sent. de 22/2/2017 y P. 129.069, sent. de 15/10/2017).

Retrogradación del juicio. “…no cualquier nulidad permite retrogradar el juicio, pero, como contracara, no toda anulación con reenvío a fin de enmendar los actos esenciales del juicio viciado importan un bis in idem prohibido" (P. 120.756).

Doble juzgamiento prohibido. Si el Tribunal de Casación Penal, al llevar adelante su específica actividad revisora promovida en el caso por la representante de la víctima, advirtió la existencia de déficits de tal magnitud en el pronunciamiento absolutorio de origen que le impedían considerarlo como acto jurisdiccional válido y no le cupo otra alternativa que disponer su anulación, esta circunstancia priva de efectos al acto procesal en cuestión e impide, conforme la doctrina antes citada, tener por configurado en el caso un doble juzgamiento prohibido.

Garantía contra la doble persecución penal. Asimismo, las cláusulas convencionales con jerarquía constitucional que reconocen expresamente la garantía contra la doble persecución penal son operativas cuando media una sentencia, absolutoria o condenatoria, firme, sobre un hecho y respecto de un sujeto determinado y eventualmente, conforme la doctrina de la Corte Suprema en "Mattei" y "Polak", en aquellos supuestos en los que el ejercicio de estas facultades atente claramente contra el derecho a ser juzgado en un plazo razonable, contra el derecho de defensa o contra la posibilidad de exigir el doble conforme por parte del imputado.




REFERENCIA NORMATIVA:

Arts. 374 in fine, 421, 422, 452, 482, 487, 494 y 495 del C.P.P.
Arts. 3, inc. a y b, 5, 6, Ley N° 27.372.
Arts. 17 y 33, CN.
Arts. 8.1, 8. 4,y 19 C.A.D.H.
Art. 12 de la C.I.D.N.
Arts. 38, inc. 4 de la Ley N° 14.442 y 103 del Código Civil y Comercial de la Nación.
Artículo 14.7, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas.



REFERENCIA JURISPRUDENCIAL:

C.S.J.N., Fallos: 324: 122 y 327: 2413 y 5210
(CIDH, “Velásquez Rodríguez v. Honduras, sent. 29-7-1988, párr. 166; CIDH, “González y otra (“Campo Algodonero”) vs. México”, sent. 16/11/2009.
Voto del juez De Lazzari en P. 118.953, res. del 11/10/2012.
Corte I.D.H., caso "V.R.P, V.P.C y otros vs Nicaragua" sentencia del 8 de marzo de 2018, Opiniones Consultivas 17/02 y 21/14.
Fallos 330:4498; 332:1115; 333:1152; 334:419 y causas "Recurso de Hecho deducido por la defensa oficial de M.S.M. c/ P.C. A", sent. de 26/6/2012 y "S. D. c/R.L.M s/reintegro de hijo”, sent. de 27/12/2012.
Corte I. D .H.. caso "Furan y familiares vs. Argentina", sent. de 31/8/2012, párrafos 242 y ss.; Corte I.D.H., caso "Mohamed vs. Argentina", sent. de 23/11/2012,
P. 116.541, sent. de 7/6/2017 y P. 127.458, sent. de 4/7/2018.
Fallos: 297:486; 298:312; 305:913; 306:1705; 311:2205, considerando 5° de la disidencia parcial de los jueces Bacqué y Petracchi; y 312:597
CSJN, "Alvarado", sent. de 7/5/1998, cons. 9 de la disidencia de los jueces Petracchi y Bossert; "Sandoval", sent. de 31/8/2010, cons. 6 del voto de la mayoría; P. 117.701, sent. de 15/7/2015 y P. 122.259, sent. de 2/12/2015.
Fallos: 272:188; 305:1701; 306:1705 y 308:2044). Fallos 312:597 -"Weissbrod"- y 326:1149 -"Verbeke"-).
P. 120.756, sent. de 22/2/2017 y P. 129.069, sent. de 15/10/2017, P. 128.455, sent. de 18/10/2017.



ETIQUETAS:

Rigorismo formal. Apartamiento. Plena vigencia de garantías constitucionales. Recurso interpuesto fuera del plazo legal. Cuestión procesal. Ámbito de revisión extraordinario del art. 494 del C.P.P. Interés superior del niño víctima de delito: resguardo de derechos. Rigorismo formal. Derecho al debido proceso de las víctimas del delito. Sistema de justicia. Desarrollo de un proceso adaptado a los niños y adolescentes. Legitimación de la Asesora de Menores. Naturaleza procesal de la cuestión. Intervención del representante promiscuo de los menores de edad. Pretensión impugnativa de la menor. Quebrantamiento del ne bis in idem. Exigencia de sentencia firme pasada en autoridad de cosa juzgada. Principio de inmediación, defensa en juicio y doble conforme. Decisión absolutoria anulada. Principios de preclusión y progresividad. Retrogradación del juicio. Doble juzgamiento prohibido. Garantía contra la doble persecución penal.


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I76734 (27/06/2023)

“M. , I. J. y otro c/ Provincia de Buenos Aires s/ Demanda originaria de inconstitucionalidad..."

A78620 (27/06/2023)

“T., C. S. c/ Instituto de Obra Médico Asistencial s/Amparo. Recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley”.

P136715 (26/06/2023)

"G., L. R.; L., S. E.; P., J. M.; y V., E. L. s/ Queja en causa n°81.167 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV".

L128022 (23/06/2023)

“A., J. R. c/ Federación Patronal Seguros S.A. s/ Accidente de Trabajo-Acción Especial”

P137267 (21/06/2023)

V. W., S. A. s/ Recurso Extraordinario de Nulidad Nº 115.404 del Tribunal de Casación Penal, Sala II"

C125494 (21/06/2023)

"F. F. J. c/ S. T. A. s/ Queja por apelación denegada".

I75226 (10/03/2023)

“F., C. E. y ots. c/ Prov. Bs. As. s/Inconstit. Ley N° 15008”

P136480 (28/02/2023)

"O., P. A. S/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa n° 101.096 del Tribunal de Casación Penal, Sala V".

A78113 (28/02/2023)

"T. A. A., IOMA S/ AMPARO - RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY”.

P135334 (24/02/2023)

C. , S. I. s/ recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa n° 89.812 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV"

I78392 (24/02/2023)

“R. C. M. C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ INCONSTITUCIONALIDAD ART. 3° INC. E, Ley 5177”

A78253 (24/02/2023)

"S., A. C/ INSTITUTO DE OBRA MEDICO ASISTENCIAL S/ AMPARO -RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY"

C125792 (14/02/2023)

"C. M. C. s/ Abrigo".

L128321 (14/02/2023)

“Materiales Basualdo S.A. c/ Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires s/ Apelación de Resolución Administrativa”

P136598 (09/02/2023)

"M., P. D. s/ recurso de inaplicabilidad de ley en causa N° 109.968 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV"

A78253 (14/01/2023)

"S., A. C/ INSTITUTO DE OBRA MEDICO ASISTENCIAL S/ AMPARO -RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY".

P135985 (13/01/2023)

"G. B., V. A. s/ Queja en causa n°100.834 y su acumulada 102.376 del Tribunal de Casación Penal, Sala I".

P136990 (12/01/2023)

"L. G., H. M. s/ recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa N° 108.814 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV"

P136445 (12/01/2023)

"A. B., F. J. s/ Recurso Extr. de Inaplicabilidad de Ley en causa Nº 107.677 del Tribunal de Casación Penal, Sala VI".

P135334 (11/01/2023)

"C. , S. I. s/ recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa n° 89.812 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV".

I78392 (11/01/2023)

“R. C. M. C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ INCONSTITUCIONALIDAD ART. 3° INC. E, Ley 5177”

P135666 (05/01/2023)

"M., J. L. s/ queja en causa n° 99.001 del Tribunal de Casación Penal, Sala II".

P136743 (03/01/2023)

"Vogliolo, Héctor Horacio -Fiscal General- s/ recurso extr. de inaplicabilidad de ley en causa n° 98.341 del Tribunal de Casación Penal, sala V, seguida a M. R. A.".

P135976 (03/01/2023)

"B. S., N. M. S/ Recurso extr. de inaplicabilidad de ley en causa n° 97.917 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV".

C124857 (06/12/2022)

" C. C. D. c/ G. S. B. y otro/a s/ Daños y perj. Autom. c/ Les. o muerte (Exc.Estado)".

P135822 (27/10/2022)

"L., J. A. s/ recurso extraordinario de nulidad en causa n° 100.452 y acum. n° 100.759 del Tribunal de Casación Penal, Sala I"

L129319 (26/10/2022)

"Tostex S.A. c/D. M., J. A. s/Exclusión Tutela Sindical"

L127708 (25/10/2022)

"M., O. c/ T., J. s/Despido"

C124556 (25/10/2022)

"O. P. H. y otro/a c/ B. A. I. s/ Nulidad de contrato"

C124965 (21/10/2022)

A. J. Y. y otros s/ Abrigo

L129023 (18/10/2022)

"A. W. F. c/ La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. s/ Acción de Revisión. Res. Comisión Médica Jurisdiccional Ley 15.057".

P136067 (17/10/2022)

"C., H. C. s/ Recurso Extraordinario de Nulidad en causa Nº 100.522 del Tribunal de Casación Penal, Sala II"

P135753 (17/10/2022)

"L., J. C. s/ recurso extr. de inaplicabilidad de ley en causa nº 77.277 del Tribunal de Casación Penal, Sala V”

C125011 (11/10/2022)

"V. R. c/ Guspamar S.A. y otros s/Vicios Redhibitorios".

P134816 (07/10/2022)

"P., C. A. s/ Queja en causa n° 101.708 del Tribunal de Casación Penal, sala I"

I73795 (04/10/2022)

“Falco, Juan C. c/ Provincia de Buenos Aires s/ Inconstitucionalidad de Ley 14714”.

C125322 (04/10/2022)

"P. B. I., B. Y. s/ Materia a Categorizar(declaración judicial de situación de Adoptabilidad)"

C125322 (03/10/2022)

"P. B. I., B. Y. s/ Materia a Categorizar(declaración judicial de situación de Adoptabilidad)"

A78121 (29/09/2022)

“A., L. B. Y OTRO/OTRA C/ INSTITUTO DE OBRA MEDICO ASISTENCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ AMPARO”.

P135668 (29/09/2022)

"G., O. D. S/Queja en causa n° 102.813 del Tribunal de Casación Penal, Sala II"

A78259 (28/09/2022)

"R. L. D. C/ Instituto de Obra Médico Asistencial S/ amparo”

C125371 (26/09/2022)

"V., J. J. A. s/ Abrigo""V., J. J. A. s/ Abrigo"

A77862 (23/09/2022)

“L. M. Y. Y L. I. c/ I.O.M.A. s/ AMPARO".

C124587 (16/09/2022)

“B. M. c/ C. U. s/ Protección contra la violencia familiar”.

C124085 (15/09/2022)

“S. L. E. c/ U., D. s/ derecho de comunicación”

L128457 (14/09/2022)

"L. S. A. c/ CONSCA S.A. s/ Reinstalación"

C124384 (13/09/2022)

Arduino Marta Beatriz c/ Coto C.I.C.S.A. s/ Daños y Perjuicios. Incumplimiento Contractual.

P135918 (09/09/2022)

"Y. S., M. A. s/ recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa n° 96.840 del Tribunal de Casación Penal, Sala II".

P135535 (09/09/2022)

"Moretti, Alejandra -Fiscal Adjunta- s/ Queja en causa n° 104.013 del Tribunal de Casación Penal, sala I, seguida a B., R. S."

P135832 (05/09/2022)

"G., P. D. s/ recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa n° 91.444 del Tribunal de Casación Penal, Sala II"

P135376 (05/09/2022)

"O., M. A. y A. R. M. s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa N° 101.587 del Tribunal de Casación Penal, Sala I"

A78072 (02/09/2022)

“Tallarico, Nilda Clara y Otro/A C/ Fisco de la Provincia de Buenos Aires y Otros s/ Pretensión restablecimiento o reconocimiento de derechos”.

P135101 (30/08/2022)

"S., M. A. s/ queja en causa n° 98.478 del Tribunal de Casación Penal, sala V"

I77461 (30/08/2022)

“Municipalidad de Monte Hermoso c/Provincia de Buenos Aires s/Pretensión Declarativa de Certeza. Otros Juicios. Cuestión de competencia”.

P135807 (29/08/2022)

"F. y G., B. J. J. S/ Recurso extr. de inaplicabilidad de ley en Causa N° 99.464 del Tribunal de Casación Penal, Sala V"

A78050 (25/08/2022)

“Fernández Urricelqui, Fabricio c/ Aguas Bonaerenses SA y otros s/ amparo”.

C125525 (15/07/2022)

"T. J. L. c/ Caja de Seguros S.A s/ Daños y Perjuicios. Incumplimiento contractual"

C125099 (15/07/2022)

C., L. D. c/ La Emilia S.A. s/ Daños y Perj. Autom. c/ Les. o muerte (Exc. Estado)

P134758 (12/07/2022)

M., R. D. y R., P. A. S/ QUEJA EN CAUSA N° 56.496 Y SU ACUM. N° 56.498 DEL TRIBUNAL DE CASACION PENAL, SALA I.

P135163 (11/07/2022)

S., J. M. S/QUEJA EN CAUSA N° 94.105 DEL TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL, SALA I

P129409 (07/07/2022)

Altuve, Carlos Arturo - Agente Fiscal- s/ quejaAltuve, Carlos Arturo - Agente Fiscal- s/ queja

P132751 (05/07/2022)

Altuve, Carlos Arturo -Fiscal ante el Tribunal de Casación Penal- s/ recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa seguida a C., N. M. y C., N. E.

B78093 (04/07/2022)

JUZGADO DE PAZ LETRADO DE GENERAL PAZ C/JUZGADO DE FALTAS DE GENERAL PAZ S/CONFLICTO ART. 196 CONSTITUCIÓN PROVINCIAL (EN AUTOS: BORDA, ADRIAN ANIBAL S/ DENUNCIA- INFRACCION LEY 14.107

C121879 (04/07/2022)

B., M. V. c/ Z., A. D. s/ restitución internacional de menores

C121879 (04/07/2022)

B., M. V. c/ Z., A. D. s/ restitución internacional de menores

C121958 (04/07/2022)

R. L., M. L. c/ E., L. A. s/ Restitución internacional de menores

A77837 (01/07/2022)

GENNARO MARTA LILIAN Y OTROS C/ MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON S/ PRETENSION ANULATORIA

A77392 (30/06/2022)

V. D. N. Y OTRO C/ AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD Y OTRO S/ AMPARO

B77439 (28/06/2022)

JUZGADO DE PAZ LETRADO DE GENERAL PAZ C/JUZGADO DE FALTAS DE GENERAL PAZ S/CONFLICTO ART. 196 CONSTITUCIÓN PROVINCIAL (EN AUTOS: "CANALES, CARLOS ALBERTO S/ INF. ART. 74 INC. "D" D/L 8031")

P134483 (28/06/2022)

"P., D. A. S/Queja en causa N ° 92.011 del Tribunal de Casación Penal -Sala III"

P131370 (21/06/2022)

R., J. A. S/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley

C123763 (16/06/2022)

"I. H. J. E. c/D. R. P. s/Cobro Ejecutivo" C. 123.763 Suprema Corte"

P128556 (06/06/2022)

G., G. -particular damnificada- s/ recurso de queja

C124698 (06/06/2022)

A. N. I. c/ Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados s/ Daños y Perjuicios Incump.Contractual (Exc. Est.)

P135354 (03/06/2022)

B. C. C. S/ RECURSO EXTRAORDINARIO DE NULIDAD EN CAUSA N° 94.849 DEL TRIBUNAL DE CASACIÓN, SALA II

P135670 (02/06/2022)

D. F., R. B. s/ Recurso Extr. de Inaplicabilidad de Ley en causa N° 99.081 y su acum. N° 99.077 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV.

P135659 (02/06/2022)

D'Gregorio, María Laura -Fiscal de Casación Adjunta- S/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa N° 102.233 del Tribunal de Casación Penal, Sala II seguida a P., J. A.

P135670 (01/06/2022)

D. F., R. B. s/ Recurso Extr. de Inaplicabilidad de Ley en causa N° 99.081 y su acum. N° 99.077 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV.

C125580 (17/05/2022)

F. M. C. R. C/ G. A. J. M. S/ restitución internacional de menores

L125727 (16/05/2022)

Alifraco, Anahí c/ Traficaño S.A. s/ Despido

C124950 (13/05/2022)

Kozakiewicz, Alfredo c/ Contreras, Carlos Alberto s/ Incidente de revisión

P134002 (10/05/2022)

A., P. J. s/ queja en causa N° 89.732 del Tribunal de Casación Penal, Sala III.

P135145 (06/05/2022)

O., R. A. s/ Recurso extr. de inaplicabilidad de ley en causa N° 97.115 del Tribunal de Casación Penal, Sala III

L121955 (06/05/2022)

Carrizo, María Ester C/ Fisco de la Provincia de Buenos Aires s/ Accidente in-itinere

P135042 (04/05/2022)

Cermelo Mazán, Sebastián Ariel s/ Recurso Extr. de Inaplicabilidad de Ley en Causa Nº 94.784 del Tribunal de Casación Penal, Sala I

C125167 (29/04/2022)

Antúnez, Eliana Ayelén c/ Di Bastiani, Rubén Darío y otros s/Daños y perj. Autom. c/Les. o Muerte (Exc. Estado)

C125122 (29/04/2022)

Pieruzzi, Mario Darío c/ Caja de Seguros S.A. s/ Daños y Perjuicios. Incumplimiento contractual

P134660 (26/04/2022)

Cano, Brian Jonathan Nahuel y Landoni, Luis Alberto s/ recurso extraordinrio de inaplicabilidad de ley en causa N° 92.524 del Tribunal de Casación Penal, Sala II.

L127515 (25/04/2022)

Ruiz, Dafne Lidia c/ Monente, Diego Julián y otros s/ Enfermedad Accidente.

L128071 (25/04/2022)

Dictamen Diaz Lucas Emanuel c/ Fisco de la Provincia de Buenos Aires s/ Accidente de Trabajo-Acción Especial.

P134598 (22/04/2022)

M. D. J. s/Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa N° 92.008 del Tribunal de Casación Penal, Sala V

P135316 (22/04/2022)

T. D.S. s/ recurso extraordinario de nulidad en causa N° 98.138 del Tribunal de Casación Penal, Sala III

P135301 (18/04/2022)

"A., M. N. s/ recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa N° 92.215 del Tribunal de Casación Penal, Sala V"

C122120 (18/04/2022)

C.G.A. y otros c/ A.N.D. y otros s/ Daños y Perjuicios

P134403 (18/04/2022)

P., J. N. s/ recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa N° 96.491 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV

L128094 (13/04/2022)

Sueldo Cecilia Beatriz c/ Pastor Andrés Cipriano y otro/a s/ Despido

L120906 (13/04/2022)

1. Sindicato de Luz y Fuerza Gral. Pueyrredón c/ Centrales de la Costa Atlántica S.A. s/ Amparo Sindical (16-03-2022) 2. Sindicato de Luz y Fuerza Gral. Pueyrredón c/ Centrales de la Costa Atlántica S.A. s/ Amparo Sindical (26-03-2018)

L120987 (13/04/2022)

D´Agostino, Alicia Noemí c/ Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires s/ Daños y Perjuicios

C124250 (11/04/2022)

S., A. s/ Abrigo

L127837 (11/04/2022)

Monrroy, Margarita Liduvina c/ Gestam Argentina S.A s/ Diferencias salariales

C124607 (11/04/2022)

L., C. F. s/ Determinación de la Capacidad Jurídica

P134496 (22/03/2022)

P., C. H. s/ Recursos Extraordinarios de Nulidad e Inaplicabilidad de Ley en Causa Nº 93.680 del Tribunal de Casación Penal, Sala II.

P135529 (18/03/2022)

D. L., E. D. y M. , G. A. s/ recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley en causa nº 19.344 de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Bahía Blanca, Sala II.

L127302 (16/03/2022)

Ruidia, Silvia Viviana c/ Prevención ART S.A. s/ Diferencia Indemnización

L127722 (11/03/2022)

Soarez, Graciela Azucena c/ Fisco de la Provincia de Buenos Aires s/ Accidente de Trabajo- Acción Especial

C124891 (11/03/2022)

F. A. M. s/ Abrigo

L127247 (09/03/2022)

Bordón, Diego Adrián c/ Provincia ART S.A. s/ Accidente de Trabajo- Acción Especial

P134959 (08/03/2022)

Martín, Emiliano Leonel s/ recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa N° 93.214 del Tribunal de Casación Penal, Sala II

C124482 (08/03/2022)

I. G. s/ Abrigo (Protectorio)

P135254 (16/02/2022)

P., V. s/ recurso extr. de inaplicabilida de ley en causa N° 90.603 del Tribunal de Casación Penal, Sala III

P135229 (18/12/2021)

L. C., N. o C. C. A. L. s/ recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en N°94.963 del Tribunal de Casación Penal, Sala II

C125154 (01/12/2021)

B. B., L. c/ C. , S. J. s/ Restitución Internacional de Menores.

C123691 (25/11/2021)

Orange 1923 S.A. c/ Medina, Susana Ester s/ Cobro Ejecutivo.

Dictamen L127183 (10/11/2021)

Prieto Sosa, Fidencio c/ Omint ART S.A. s/ Recurso contra decisión Comisión Médica Jurisdiccional Ley 14.997

Dictamen L127451 (10/11/2021)

Olmedo, Gloria Soledad c/ Fisco de la Provincia de Buenos Aires s/ Accidente de trabajo- Acción especial.

A77129 (29/10/2021)

S., N. T. c/ Ministerio de Salud s/ Amparo

C124147 (29/10/2021)

Toyota Compañía Financiera de Argentina S.A. s/ Propedo, Sebastián Ezequiel s/Acción de Secuestro (art. 39 Ley 12.962).

I77127 (26/10/2021)

Blans, Susana Beatriz c/ Provincia de Buenos Aires s/ Inconstitucionalidad art. 57 Inc. "e" Ley 10.579

P135436 (21/10/2021)

Galán, Fernando Luis -Fiscal ante el Tribunal de Casación Penal- s/ Queja en causa N° 103.806 del Tribunal de Casación Penal, sala IV, seguida a M., J. P.

I73532 (13/10/2021)

ASOCIACIÓN CIVIL USUARIOS Y CONSUMIDORES UNIDOS C/ MUNICIPALIDAD DE VICENTE LÓPEZ S/ INCONSTITUCIONALIDAD DE LAS ORDENANZAS N° 32.257/13, 23.687/13 Y 32.961/13

P134651 (13/10/2021)

N. L., L. Á. s/ Queja en causa 101.313 del Tribunal de Casacion Penal, Sala I

P133820 (06/10/2021)

G., C. G. s/ Recurso de queja en causa N° 88.937 del Tribunal de Casación Penal, Sala III.

Dictamen P133814 (02/10/2021)

P. C., M. M. s/ Recurso de Queja en causa N.° 92.465 del Tribunal de Casación Penal, Sala I.

Dictamen P134794 (21/09/2021)

O., M. G. s/ recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa N° 90.785 del Tribunal de Casación Penal, Sala V.

Dictamen P134058 (11/09/2021)

Rodríguez, Daniel César s/ Queja en causa N° 93.409 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV.

Dictamen P134158 (11/09/2021)

S., E. E. s/ recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa N° 99.501 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV.

Dictamen P133483 (02/09/2021)

P., K. -Particular Damnificada- s/ recurso extr. de inaplicabilidad de ley en causa N° 76.292 del Tribunal de Casación Penal, Sala V

Dictamen P135231 (31/08/2021)

G. y L., S. G. s/ Recurso Extr. de Inaplicabilidad de Ley en causa N° 96.842 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV

Dictamen P134446 (26/08/2021)

R. E., G. G. S/ QUEJA EN CAUSA N° 101.760 DEL TRIBUNAL DE CASACION PENAL, SALA I

Dictamen I74052 (13/08/2021)

Bergaglio, Juan Ignacio c/ Provincia de Buenos Aires s/ Inconstitucionalidad artículo 3°, Ley 5177

Dictamen Q76646 (11/08/2021)

ARATA FACUNDO Y OTROS C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ AUTOSATISFACTIVA

Dictamen C124337 (04/08/2021)

M. C., C. d. l. A. s/ Determinación de la Capacidad Jurídica

Dictamen C124337 (04/08/2021)

M. C., C. d. l. A. s/ Determinación de la Capacidad Jurídica

Dictamen P133030 (16/07/2021)

Altuve, Carlos Arturo -Fiscal ante el Tribunal de Casación Penal- s/ Queja en causa del Tribunal de Casación Penal, Sala IV; seguida a V. M. M. y R. J. S.

Dictamen P134766 (16/07/2021)

M. L. P. R. s/ Recurso Extraordinario de Inaplicablidad de Ley en causa del Tribunal de Casación Penal, Sala II

Dictamen P133916 (09/07/2021)

O., C. A. s/ Queja en causa del Tribunal de Casación Penal, Sala I.

Dictamen P133826 (06/07/2021)

Altuve, Carlos Arturo -Fiscal- s/ Queja en causa del Tribunal de Casación Penal, Sala IV, seguida a K. M. A

Dictamen P134544 (03/07/2021)

Altuve, Carlos Arturo -Fiscal- s/ RIL en causa N° 101.384 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV, seguida a B., L. E

Dictamen A76214 (02/07/2021)

G. M. T. c/ Provincia de Buenos Aires s/ Pretensión Indemnizatoria

Dictamen C124144 (19/06/2021)

B. B. N. s/ abrigo

A76925 (09/04/2021)

BANCO DE SERVICIOS Y TRANSACCIONES S.A. C/ MUNICIPALIDAD DE GENERAL SAN MARTÍN S/ PROCESO SUMARIO DE ILEGITIMIDAD

P-133891-1 (26/03/2021)

Procuración General de la Provincia de Buenos Aires, Expte. N.º P-133891-1, ""Barbaria, Juan Pablo s/Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley en causa N.° 88.760 del Tribunal de Casación, Sala V", 10 de marzo de 2021. Recurso de inaplicabilidad de Ley. Homicidio doblemente calificado por criminis causae y alevosía. Estafa en grado de tentativa. Robo. Amenazas coactivas. Reincidente. Cuestiones federales. Arbitrariedad. Principio del beneficio de la duda. Garantías de debido proceso. Principio de inocencia. Arbitrariedad no demostrada

P-132078-1 (26/03/2021)

Procuración General de la Provincia de Buenos Aires, Expte. N.º P-132078-1, “A., S. L. s/ Queja en causa N.° 76.997 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV”, 24 de febrero de 2021. Recurso de Queja. Recurso de inaplicabilidad de la ley. Supuesta violación de los arts. 1, 210 y 373 del Código Procesal Penal. Privación ilegal de la libertad. Concurso real con homicidio agravado con premeditación. Arbitrariedad y absurdo no demostrados

P-132462-1 (26/03/2021)

Dictamen del Procurador General, Expte. N.º P-132462-1, “Zenteno Vejares, Gonzalo Rodrigo s/Queja en causa N.° 87.855 del Tribunal de Casación Penal, Sala I”, 22 de febrero de 2021. Recurso de Queja. Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley. Derecho al doble conforme. Precedente “Casal” de la Corte Federal. Alcance de los arts. 8.2.h de la CADH y 14.5 del P.I.D.C.P. Revisión integral de la condena. Inaplicabilidad al caso. Declaración de prescripción de oficio

P 133.661 (23/02/2021)

Procuración General de la Provincia de Buenos Aires, Expte. N.º P 133.661, "Altuve, Carlos Arturo -Fiscal- s/ Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley en causa N.° 94.039 del Tribunal de Casación Penal, Sala I, seguida a O, O. A.", 2 de febrero de 2021

L 126.555 (22/02/2021)

Procuración General de la Provincia de Buenos Aires, Expte. N.º L. 126.555, “Obregón, Nahuel Gustavo c/ Omint Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. s/ Accidente de Trabajo - Acción Especial”, 11 de febrero de 2021

L-125823-1 (12/02/2021)

Procurador General, Expte. N.º L-125823-1, “Ruiz Maximiliano Francisco y otros c/ Moliendas del Sur S.A. s/ Despido”, 25 de noviembre de 2020

P-133289-1 (28/01/2021)

Procuración General de la Provincia de Buenos Aires, Expte. N.º P-133289-1, “Gumucio, Claudio Matías Alexander s/ Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley en causa N° 87.538 del Tribunal de Casación Penal, Sala II”, 23 de diciembre de 2020

P-133549-1 (27/01/2021)

Procurador General, Expte. N.º P-133549-1, “Rivarola, Ricardo Daniel s/Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley en causa N.° 92.730 del Tribunal de Casación Penal, Sala V”, 2 de diciembre de 2020

L 125919 (22/01/2021)

Dictamen del Procurador General, Expte. N.º L. 125.919, “Martínez, Rosana Soledad c/ Asociación Mutual del Personal Policial (A MU PE PO) s/ Despido”, 4 de diciembre de 2020

L 125758 (22/01/2021)

Procuración General de la Provincia de Buenos Aires, Expte. N.º L 125.758, “Saravia, Yanina E. c/ Blandamuro, José L. s/ Despido”, 18 de noviembre de 2020

P 134008-1 (25/11/2020)

Dictamen del Procurador General, Expte. N.º P-134008-1, “Miño, Alejandro Ezequiel s/ recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa N.° 91.009 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV”, 8 de octubre de 2020

I 72.691-1 (11/11/2020)

Dictamen del Procurador General, Expte. N. º I 72.691-1, “Feniral S:A: c/ Municipalidad de Pinamar s/ inconstitucionalidad Ordenanza N.° 4239/2013 y Decreto N.° 540/2013”, 23 de octubre de 2020

A 76335 (15/10/2020)

Dictamen del Procurador General, Expte. N.º A 76335, “M., M. F. c/ Ministerio de Seguridad s/ pretensión restablecimiento o reconocimiento de derechos”, 21 de septiembre de 2020

A 75831 (15/10/2020)

Dictamen del Procurador General, Expte. N.º A 75.831, “Fisco de la Provincia de Buenos Aires c/ ENOD S.A. y otros s/ Apremio provincial”, 22 de septiembre de 2020

A 76587-1 (15/10/2020)

Dictamen del Procurador General, Expte. N. º A-76587-1, “INC SA (CARREFOUR) c/ Municipalidad de General San Martín s/ Proceso sumario de ilegitimidad”, 9 de septiembre de 2020

L 125044 (11/09/2020)

Recurso extraordinario de nulidad. Accidente laboral. Enfermedad accidente producida en el tiempo debido al desempeño laboral. Reclamo resarcitorio. Cuestiones esenciales. Arts. 168 y 171 de la Constitución de la Provincia.

A 75584 (11/09/2020)

Pretensión anulatoria. Municipalidad de Quilmes. Decreto N.° 6.292/06. Inobservancia del artículo 168 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires. Mayorías necesarias.

Dictamen I 76490 (19/08/2020)

Maccario, Susana Margarita c/ Provincia de Buenos Aires s/ Inconstitucionalidad dec. ley 9020/1980

C 123580 (12/08/2020)

R. , L. M. s/ Abrigo

Dictamen I 75278 (06/08/2020)

Asociación para la Protección de Consumidores del Mercado Común de Sur (Proconsumer) c/ Municipalidad de San Isidro s/ Inconstitucionalidad decreto 401/2017

Dictamen C123304 (06/08/2020)

V. S. B. s/ Abrigo

Dictamen L125199 (04/08/2020)

Coronel, Alberto Francisco c/ OMINT ART S.A. s/ Accidente de Trabajo - Acción Especial

A 76427 (31/07/2020)

Taquima S.A. c/ Fisco de la Provincia de Buenos Aires s/ Expropiación inversa - Otros juicios

P 133029 (30/07/2020)

Altuve, Carlos Arturo -Fiscal de Casación- y G., M. -particular damnficada- s/ Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley

L 124766-1 (21/07/2020)

Siestra, Víctor Ismael c/Mapfre Argentina A.R.T. S.A. s/Enfermedad profesional

A 74310 (16/07/2020)

Vela, Darío René y Otros c/ Massuh SA s/ Legajo de Apelación- Incidente epidemiológico

A 76400 (26/06/2020)

Telecom Argentina S.A. c/ Municipalidad de San Isidro s/ Proceso sumario de ilegitimidad

P 133242 (24/06/2020)

G., M. V. s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley

P 131523 (23/06/2020)

Altuve, Carlos Arturo -Fiscal de Casación- s/ Recurso de queja

Dictamen P132967 (20/06/2020)

Altuve, Carlos Arturo -Fiscal ante el Tribunal de Casación Penal- s/ Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley.

Dictamen P132978 (19/06/2020)

Altuve, Carlos Arturo -Fiscal ante el Tribunal de Casación Penal- s/ Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley

P 133682-Q (07/05/2020)

“Altuve, Carlos Arturo – Fiscal ante el Tribunal de Casación Penal s/Queja en causa N.º 102.555 (Hábeas Corpus Colectivo y Correctivo) y su acumulada N.º 102.558, Habeas Corpus Colectivo y Correctivo) del Tribunal de Casación Penal",

P 131523 (06/05/2020)

“Altuve, Carlos -Agente Fiscal s/ recurso de queja"

I 70036 (06/05/2020)

“ADESIP Y CEMURPO c/ Pcia. de Buenos Aires s/ inconstitucionalidad Ley 13.929"

C 121973 (12/03/2020)

Centro de Orientación y Educación del Consumidor -CODEC- c/ Banco de la Provincia de Buenos Aires s/ Nulidad de Contrato

C 122635 (02/03/2020)

"Sotelo, Mirta Haydeé c/ Pera, Carlos Javier y otros s/Nulidad de Testamento"

B 75523 (07/02/2020)

"C., M. J. c/ Concejo Deliberante Municipalidad de C. s/ conflicto art. 196, Constitución Provincial y 261 y sgtes., LOM”

A 76257 (26/12/2019)

"Banco Santander Río SA c/ Municipalidad de General San Martín s/ Proceso sumario de ilegitimidad"

I 74802 (11/12/2019)

“Cerratto Ovidio Oscar c/ Provincia de Bs. As. s/ Inconstitucionalidad dec. Ley 9020/78"

DICTAMEN I 72546 (09/12/2019)

“Gutiérrez Alberto Luis y Otros c/ Municipalidad de Pinamar s/ Inconstitucionalidad de la Ordenanza 4239/2013".

L 123717 (28/10/2019)

"González Jara Alfredo c/ Omint Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. s/ Accidente de Trabajo - Acción Especial"

C 123330 (02/10/2019)

"Luis Blanco S.A. c/ Castell Hnos. S.A. y otros s/ Cobro Ejecutivo"

L 123290 (13/09/2019)

"Gallano Walter Daniel c/ Provincia A.R.T. S.A. s/ Accidente In-Itinere"

A 75051 (03/09/2019)

"Goycochea Rosa Margarita c/ Griguoli de Campana María I. s/ Amparo"

I 74802 (29/08/2019)

"Cerratto Ovidio Oscar c/ Provincia de Bs. As.s/ Inconstitucionalidad dec. ley 9020/78"

L 122374 (29/08/2019)

"Romero Ricardo Antonio c/ Buenos Aires Bus S.A. s/ Enfermedad Accidente"

L 122346 (29/08/2019)

"Arnaya María Liliana c/ Aseguradora de Riesgos de Trabajo Interacción S.A si Accidente de trabajo - Acción Especial"

I 70697 (13/08/2019)

"Pagola, Ricardo E. y Ots. c/ Provincia de Buenos Aires s/ Inconstitucionalidad Ley 5109"

P 131745 (12/08/2019)

“Villafañe, Antonio Ariel y otro s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley”

P 130488 (12/08/2019)

“Altuve, Carlos Arturo-Agente Fiscal- s/ Recurso de Queja”

P 132304 (12/08/2019)

"Meneses, Mauricio José s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley"

C 123322 (12/08/2019)

"A. G .L. I. c/ R. M. G. H.s/ restitución internacional de menores"

A 75746 (12/08/2019)

"Grudny, Norma Edith c/ Fisco de la Provincia de Buenos Aires s/ Pretensión restablecimiento o reconocimiento de derechos"

B 76036 (12/08/2019)

" Juzgado de Faltas Municipal -Juzgado de Paz Letrado de Tapalqué s/ Conflicto de Poderes (Art. 161, inc. 2do. Constitución provincial). En autos "Dotti, Fabián Ernesto... "

L 123056 (12/08/2019)

“García, Alberto Andrés c/ Casa Alberto Lucaioli S.A. s/ Diferencia Indemnización”

Q 75760 (18/07/2019)

"Matoso César Abel c/ Colegio de Abogados de Lomas de Zamora s/ Amparo. Recurso de queja por denegación del recurso extraordinario de inaplicabilidad"

L 123333 (18/07/2019)

"S. O. R. c/ Asociart SA, ART. s/ daños y perjuicios"

DICTAMEN L 121872 (11/07/2019)

"Rinaldi, Paola Irene c/ Intercomgi Argentina S.R.L. s/ Despido"

DICTAMEN L 122785 (05/07/2019)

"Barreiro, José Luis c/ Víctor Masson Transportes Cruz del Sur S.A.y otra s/ Indemnización por Accidente Laboral y otro"

DICTAMEN I 73005 (28/06/2019)

"Colegio de Ingenieros de la Provincia de Bs. As. c/ Provincia de Bs. As. s/ Inconstitucionalidad de Ley 14.471. Tercero: Consejo Profesional de Agrimensura de la Provincia de Bs. As."

DICTAMEN L 123052 (18/06/2019)

“Susso, Carlos Alberto c/ Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires s/ Daños y Perjuicios”

DICTAMEN C 122925 (27/05/2019)

“R. M. L. s/ abrigo R. S. I. s/abrigo, Legajo art. 250"

DICTAMEN B 75662 (13/05/2019)

“Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de General Pueyrredón c/ Concejo Deliberante de la Municipalidad de General Pueyrredón s/ Conflicto art. 196, Constitución provincial”

DICTAMEN C 122771 (27/04/2019)

“L.M. s/abrigo”

DICTAMEN C 122976 (14/04/2019)

"Buchet, Claudia Matilde c/ Transporte El Águila de Junín s/ Reclamo c/ Actos de Particulares (Sumario)"

DICTAMEN C 122586 (03/04/2019)

"Pardo S.A. c/ Martínez Verónica Cecilia s/ Cobro Ejecutivo"

DICTAMEN A 75503 (31/03/2019)

“Asociación por los Derechos Civiles c/ Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires s/ Pretensión anulatoria”

DICTAMEN C 122449 (27/03/2019)

"Registro Notarial N° 100, Partido de Gral. Pueyrredón, Figlas, Alfonso Oscar- Juzgado Notarial de La Plata"

DICTAMEN A 75414 (26/03/2019)

"Mancuso Antonio Fortunato c/ Municipalidad de San Antonio de Areco s/ Amparo”

Dictamen P 13194 (15/03/2019)

"Navarrete, Braian Emanuel s/ recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley"

DICTAMEN P 131775 (12/03/2019)

"Veliz, Ezequiel Braian s/ recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley"

DICTAMEN C 122977 (07/03/2019)

"A. M. V. s/ guarda de personas", 6 de febrero de 2019.

DICTAMEN P 131716 (06/03/2019)

"Pizzano, José Ignacio s/recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley”

DICTAMEN P-129807 (01/03/2019)

“Alvarez, Juan Ezequiel s/Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley"

DICTAMEN P 131614 (23/02/2019)

“González, Fabio Felipe s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley"

DICTAMEN A 74951 (20/02/2019)

“Pereyra Germán y otros c/ Aguas Bonaerenses Sociedad Anónima –ABSA- s/ amparo colectivo“

DICTAMEN B74696 (30/12/2018)

"Fiscal de Estado c/ Juzgado de Faltas N° 2 de Defensa del Consumidor en autos: `Barletta Valeria Gisela s/ Denuncia c/ IOMA`, arts. 161, inc. 2° y 196, Constitución Provincial"

DICTAMEN P 131370 (29/10/2018)

"R., J. A. s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley"

DICTAMEN I 74030 (30/07/2018)

"Asociación de Concesionarios . Unidades Turísticas de Pinamar s/Inconstitucionalidad, Ley 14.798/15"

DICTAMEN C 120091-1 (29/06/2018)

"Álvarez, Alberto Guillermo y otro/a c/ Álvarez, Guillermo Alejandro Miguel s/ Nulidad de Acto Jurídico"

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